Pueblo v. Colón García

89 P.R. Dec. 239
CourtSupreme Court of Puerto Rico
DecidedOctober 10, 1963
DocketNúmero: 17453
StatusPublished

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Pueblo v. Colón García, 89 P.R. Dec. 239 (prsupreme 1963).

Opinion

El Juez Asociado Señor Belaval

emitió la opinión del Tribunal.

El apelante fue acusado de una infracción al Art. 260 del Código Penal de Puerto Rico porque “allá para el día 29 de septiembre de 1959 y en Santurce, P.R. que forma parte del Tribunal Superior de Puerto Rico, Sala de San Juan, ilegal, voluntaria y maliciosamente cometió un acto impúdico y lascivo, que allí y entonces únicamente constituía una Inf. al [240]*240Art. 260 del Código Penal y ningún otro delito, con la niña menor de ocho años nombrada M.C.A., con la intención de despertar, incitar y satisfacer la impudicia, pasiones y deseos sexuales del propio acusado y de dicha niña . .

El acusado fue declarado culpable por un jurado y con-denado a cumplir una sentencia indeterminada de 1 a 10 años de presidio con trabajos forzados. No estando conforme con la declaración de culpabilidad, apela y señala los siguientes errores:

1. El veredicto se obtuvo “por indebida presión moral e insólita coacción psicológica sobre el jurado” ejercida por el Juez que presidía el proceso.

2. Porque el Juez que presidía el proceso le permitió al Fiscal de la Sala de San Juan someter instrucciones adiciona-les después del caso estar sometido al jurado, haber deliberado el jurado por un largo tiempo y haberle informado a la Sala que no podía llegar a un acuerdo.

3. Por ser el veredicto contrario a la Ley, y a los hechos, ya que la prueba era contradictoria.

1 — En cuanto al primer error, la transcripción de la evidencia demuestra lo siguiente:

“(A las 5:50 P.M. suena el timbre del salón de deliberaciones)
Hon. Juez:
Está presénte el acusado, su abogado y el Señor Fiscal. Márshal. . .
El Márshal:
Señor Juez, ha sonado el timbre del salón donde se encuentran deliberando los señores del jurado.
Hon. Juez:
Vaya, traiga el jurado.
(Baja el jurado)
Hon. Juez:
Se admite que el jurado es el mismo y está completo?
Las Partes :
Sí, señor Juez.
[241]*241Hon. Juez:
Sr. Presidente del Jurado, anunciaron ustedes al Tribunal su deseo de comparecer a Sala y en consonancia con ello di instruc-ciones al Márshal para que los trajera a Sala. ¿Señor Presidente, han llegado ustedes a un veredicto ?
Señor Presidente:
No, Señor Juez. No hemos podido ponernos de acuerdo, ni creo que haya posibilidad de ponemos de acuerdo. La opinión está dividida.
Hon. Juez:
¿Cree el Sr. Presidente que es cuestión de instrucciones adicionales o de un repaso a las instrucciones ya dadas?
Sr. Presidente:
Creo que es cuestión de criterio de cada uno de los miembros del jurado, que tiene ya su criterio formado sobre el asunto. Hemos hecho cuatro o cinco balotajes, siempre con el mismo resultado.
Hon. Juez:
Si es cuestión de alguna duda sobre la prueba, que entendieran las damas y los caballeros del jurado que leyéndoseles cualquier testimonio o parte [sic] de testimonio de los testigos, si creen que eso pudiera darles luz para llegar a un acuerdo, el Tribunal lo hará con muchísimo gusto. ¿ No es esa la situación ?
Señor Presidente:
No es ésa la situación, Señor Juez, porque ninguno de los señores o damas del jurado han hecho esa manifestación.
Hon. Juez:
Entonces debemos entender nosotros que de las instrucciones dadas no hay duda alguna, que no tienen duda del testimonio o parte del testimonio de cualquiera de los testigos y que con la lectura de ese testimonio pudiera refrescarse la mente de alguno de los señores del jurado ?
Sr. Presidente:
No, señor.
Hon. Juez:
Sin embargo, es un caso de una prueba sencillamente corta. Dos testigos del Pueblo de Puerto Rico, tres o cuatro testigos de la defensa, prueba que desfiló durante todo el día de hoy. ¿No [242]*242cree el Señor Presidente que haciendo un esfuerzo adicional. pudieran ponerse de acuerdo en un sentido o en otro?
Señor Presidente:
Pudiera ser; pero hasta este momento mi opinión es que difícilmente sería; es muy difícil que pudiera ser; pero también pudiera ser que hubiera una reacción distinta ...
Hon. Juez:
Señor Alguacil, tenga la bondad de pasar el Jurado a mi oficina y estar con ellos, que se mantengan juntos hasta que yo vuelva a llamarlos. No se pueden separar y les hago las mismas advertencias que les he venido haciendo durante el proceso.
(El Jurado pasa con el Sr. Alguacil al despacho del Hon. Juez)”
“(Vuelve el jurado a Sala)
Hon. Juez:
¿Las partes admiten que el jurado es el mismo y está completo ?
Las Partes :
Sí, señor Juez.
Hon. Juez:
Señor Presidente, yo voy a formular una pregunta, que la oigan bien y la entiendan bien, porque no quiero que me contesten cómo es que está el jurado dividido. Yo no quiero saber quiénes puedan estar en favor de una cosa y quiénes puedan estar a favor de otra, porque eso no lo permite la Ley. Sencillamente quiero que me digan numéricamente, sin decir cuántos a favor ni cuántos en contra, cómo está el jurado.
Señor Presidente del Jurado:
Seis a seis, Señor Juez.
Hon. Juez:
Pregunto otra vez a los señores del jurado, ¿hay alguna posibilidad de que con instrucciones adicionales alrededor de este delito que se imputa al acusado, o con un repaso de las ya dadas, que se varíe el estado actual del jurado y que pudiera haber un veredicto en uno u otro sentido ?
Sr. Presidente:
Bueno, pudiera, verdad, que quizás recibiendo nuevas instruc-ciones algún jurado cambie de opinión. Allí no se expuso ese [243]*243motivo por parte de ninguno de los miembros. Yo no podría dar eso en contestación, porque allí ninguno de los miembros de este jurado pidió que se le diera nuevas instrucciones o que tenía duda en relación con la prueba.
(Durante este incidente compareció a Sala el Hon. Fiscal Zoilo Dueño. Durante todo el proceso anterior a este incidente actuó sólo en representación del Ministerio Público, el Hon. Fiscal Mangual. Donde quiera que anteriormente se dice ‘Hon. Fiscal’. Entiéndase Hon. Fiscal Mangual. Ahora interviene el Hon. Fiscal Dueño.)

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