Pueblo v. Bonilla Peña

183 P.R. 335
Supreme Court of Puerto Rico·Decided November 3, 2011·No. Número: CC-2011-240·Published

Opinion

El Juez Presidente Señor Hernández Denton

emitió la opi-nión del Tribunal.

Nos corresponde resolver, por primera vez, si no tomar el juramento definitivo a uno de los integrantes de un Ju-rado es causa suficiente para anular un juicio criminal y ordenar la celebración de un nuevo proceso. Para ello de-bemos analizar qué tipo de error se cometió cuando no se tomó el juramento definitivo a un Jurado y si este error podía impugnarse con objeciones oportunas de la defensa, de modo que se preserve el asunto en el expediente para la fase apelativa.

[338]*338Por otro lado, una segunda controversia que debemos atender es si la pena que impuso el juez del Tribunal de Primera Instancia, quien consideró factores agravantes no analizados por el Jurado y se excedió de la pena fija dis-puesta por el estatuto penal, es contrario a lo resuelto por el Tribunal Supremo federal en Apprendi v. New Jersey, 530 U.S. 466 (2000), y por este Tribunal en Pueblo v. Santana Vélez, 177 D.P.R. 61 (2009).

I

Por hechos ocurridos en Santa Isabel en 2002, el Minis-terio Público acusó a cinco hombres —los aquí peticiona-rios— de asesinato en primer grado y varias violaciones a la Ley de Armas de Puerto Rico (Ley de Armas), Ley Núm. 404-2000, según enmendada, 25 L.P.R.A. sec. 455 et seq. Al quinteto se le acusó, específicamente, de abordar un vehí-culo alquilado con cuatro revólveres calibre .38, una pistola calibre .45 y una escopeta de cañón recortado, y disparar repetidas veces contra Alexis Conde Torres, con premedita-ción y deliberadamente, hasta causarle la muerte. Los cinco acusados —Miguel Bonilla Peña, Pedro Maldonado Matos, José Rodríguez Berrios, Francisco Rodríguez Herrera y Angel Pérez Rodríguez— ejercieron su derecho constitucional a ser juzgados por un Jurado compuesto por sus pares.

Tras el juicio celebrado en octubre de 2007, el Jurado, en votación nueve a tres, halló culpables a los cinco acusados por los cargos de asesinato en primer grado, tipificado en el Art. 83 del Código Penal de 1974 (33 L.P.R.A. ant. sec. 3001 et seq.).

Free access — add to your briefcase to read the full text and ask questions with AI

Pueblo v. Bonilla Peña, 183 P.R. 335 (prsupreme 2011).

183 P.R. 335 (Pueblo v. Bonilla Peña) — published by Counsel Stack Legal Research, free access to 12M+ legal documents.

Related

Yakus v. United States
321 U.S. 414 (Supreme Court, 1944)
Fahy v. Connecticut
375 U.S. 85 (Supreme Court, 1963)
Chapman v. California
386 U.S. 18 (Supreme Court, 1967)
United States v. Olano
507 U.S. 725 (Supreme Court, 1993)
Johnson v. United States
520 U.S. 461 (Supreme Court, 1997)
Apprendi v. New Jersey
530 U.S. 466 (Supreme Court, 2000)
Blakely v. Washington
542 U.S. 296 (Supreme Court, 2004)
United States v. Arvil Sutton Hopkins
458 F.2d 1353 (Fifth Circuit, 1972)
State v. Apodaca
735 P.2d 1156 (New Mexico Court of Appeals, 1987)
State v. Roberge
582 A.2d 142 (Supreme Court of Vermont, 1990)
People v. Morales
168 A.D.2d 85 (Appellate Division of the Supreme Court of New York, 1991)
Pueblo v. Echevarría Rodríguez
128 P.R. Dec. 299 (Supreme Court of Puerto Rico, 1991)