Pagan Salellas, Valerie v. Madaqui, Inc

CourtTribunal De Apelaciones De Puerto Rico/Court of Appeals of Puerto Rico
DecidedOctober 18, 2024
DocketKLAN202400721
StatusPublished

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Pagan Salellas, Valerie v. Madaqui, Inc, (prapp 2024).

Opinion

Estado Libre Asociado de Puerto Rico TRIBUNAL DE APELACIONES PANEL V

VALERIE PAGÁN Apelación SALELLAS Procedente del Tribunal de Primera Instancia, Apelante Sala de HUMACAO KLAN202400721 v. Caso Núm.: HU2023CV00787 MADAQUÍ, INC.; MAPFRE-PRAICO Sobre: INSURANCE COMPANY; Daños y Perjuicios JINIYENDALIRIS LORENZO SUÁREZ, MADAQUÍ, INC. (h/n/c MERODEA) Y OTROS

Apelada

Panel integrado por su presidente el Juez Hernández Sánchez, el Juez Bonilla Ortiz y la Jueza Mateu Meléndez.

Mateu Meléndez, Jueza Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 18 de octubre de 2024.

El 29 de julio de 2024, Valerie Pagán Salellas (en adelante la apelante)

compareció ante este Tribunal de Apelaciones mediante Apelación Civil en

la cual nos solicita la revocación de la Sentencia Parcial emitida en el pleito

de epígrafe el 10 de junio de 2024, notificada el día 11. Mediante el aludido

dictamen, el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Humacao (en

adelante, TPI o foro primario) decretó la desestimación de la causa de

acción instada por ella contra Mapfre-Praico, Insurance (en adelante,

MAPFRE).

Frente a la sentencia dictada, la apelante sometió Moción de

Reconsideración. Esta fue denegada vía Resolución del 27 de junio de 2024,

notificada el 28.

Evaluado el legajo apelativo, y por las razones que más adelante

consignamos, resolvemos confirmar el dictamen apelado.

Número Identificador

SEN2024 _________________ KLAN202400721 2

-I-

El caso de autos trata de una Demanda presentada por la apelante

contra Madaqui, Inc.; Wyndham Puerto Rico Partners, LLC; MAPFRE y

varios demandados designados con nombres ficticios. Allí, se alegó que el

11 de junio de 2022, la codemandada Madaqui, Inc. y el Hotel Wyndham de

Palmas del Mar celebraron el evento “Me, Myself and I” abierto al público

en general. En dicha fecha, según alegó la apelante, esta participó y se

registró en la actividad Gravity Fit, que consistía en el uso de un trampolín

de salto en la modalidad de “zumba”. La apelante alegó que la referida

actividad no contó con una instrucción adecuada que protegiera al público

o los invitados de peligro sobre su integridad corporal.

Según la apelante reclamó, a consecuencia de esta falta de

instrucciones, sufrió un accidente que le causó fractura de la tibia, ruptura

del menisco, desgarre de ligamento con consecuente reemplazo, herida,

golpes, fractura y contusión. Igualmente, tuvo que ser intervenida

quirúrgicamente, sobrellevó y sobrelleva tratamiento médico e

inmovilización de una extremidad por tiempo significativo y no recuperará

su movilidad óptima. Por estos daños y otros allí alegados, se reclamó

compensación económica.

Habiéndose enmendado la demanda en dos ocasiones, el 23 de

octubre de 2023, MAPFRE contestó la segunda demanda enmendada.

Posteriormente, específicamente el 25 de abril de 2024, sometió Moción de

Desestimación y/o Sentencia Sumaria. En este documento, reclamó que

procedía la desestimación de la causa de acción en su contra, puesto que la

póliza que emitió para el evento de “Me, Myself & I” contiene un endoso

que excluye de la cubierta ““reclamaciones que surjan por “lesión

corporal”, “lesión personal” o “daño a la propiedad” sufrida por un

“espectador” o “participante” mientras este participa o practica en un

evento, juego, deporte, demostración, exhibición, carrera o espectáculo KLAN202400721 3

cubierto por la póliza.”” Así pues, planteó que, a los fines particulares de

su escrito, no existía controversia genuina sobre los siguientes hechos:

a. El 28 de septiembre de 2023 se radicó la Demanda Enmendada de epígrafe, donde se incluye como codemandado a MAPFRE PRAICO Insurance Company, entre otros, por entenderse que es la compañía de seguros que debe responder en daños y perjuicios a la Sra. Valerie Pagan Salellas por las alegadas acciones llevadas a cabo por MADAQUI, Inc., el 11 de junio de 2022. (Véase, SUMAC 15 ¶ 49).

b. MADAQUI, Inc., es una corporación organizada bajo las leyes de Puerto Rico y su número de registro en el Departamento de Estado es el 321243. MADAQUI, Inc., también hace negocios bajo el nombre corporativo Merodea. (Véase SUMAC 15 ¶ 8, y SUMAC 40 ¶ 8).

c. El 11 de junio de 2022, en el Hotel Wyndham Palmas del Mar Beach & Golf Resort se celebró la actividad “Me, Myself & I” organizada y patrocinada por MADAQUI, Inc., haciendo negocios como Merodea. (Véase SUMAC 15 ¶ 20, SUMAC 40 ¶ 21).

d. El evento “Me, Myself & I” incluyó una serie de actividades y eventos de ejercicios, entre estas, una clase de “zumba en trampolín” o “rebote en trampolín” consistente en, entre otras cosas, saltar en dicho trampolín. (Véase SUMAC 15 ¶ ¶ 23-25).

e. El 11 de junio de 2022, la Sra. Valerie Pagán Salellas se registró en el evento “Me, Myself & I” y, en particular se registró en la clase de “zumba en trampolín” o “rebote en trampolín”. (Véase SUMAC 15 ¶ 26).

f. Poco después de comenzar la actividad la demandante sintió dolor en su rodilla y vio cómo la misma hizo movimientos no naturales. La demandante tuvo que abandonar la actividad para buscar atención médica. (Véase SUMAC 15 ¶ 27).

g. La demandante sufrió una fractura de la tibia, ruptura del menisco y rotura de ligamento en la rodilla afectada. (Véase SUMAC 15 ¶ 50).

h. La demandante alega que los organizadores de la actividad “Me, Myself & I” fueron negligentes en no dar instrucciones a los participantes de la actividad de Zumba en trampolín sobre dicha actividad, ni en el uso o manejo del trampolín durante la actividad. (Véase SUMAC 15 ¶ ¶ 30 – 49)

i. La demandante alega que los organizadores del evento no instruyeron o indicaron a los participantes sobre que hacía falta hacer estiramientos o calentamiento previo a la actividad y que los entrenadores no realizaron una evaluación inicial sobre la capacidad de los participantes previo a su participación en dicha actividad atlética. (Véase, SUMAC 15 ¶ ¶ 30 – 49).

j. MAPFRE expidió la póliza 1100228005701 con efectividad del 9 de junio de 2022 al 12 de junio de 2022 a favor de MADAQUI Inc. (Véase, Anejo I, Copia Certificada de la Póliza 1100228005701). KLAN202400721 4

k. La póliza 1100228005701 tiene cubierta de Responsabilidad Comercial General (“Comercial General Liability”) y fue expedida en específico para proveer cubierta para el evento “Me, Myself & I” de meditación / yoga/ karma/ spinning/ “wellness” con fecha de sábado 11 de junio y domingo 12 de junio de 2022. Hora del sábado: 10:00 am a 4:00 pm, hora del domingo 7:00 am a 12:00 pm en el Wyndham Hotel, Palmas del Mar. (Véase, Anejo I, Copia Certificada de la Póliza 1100228005701 página 3 y 4).

l. La póliza 1100228005701 contiene el endoso A 06/22 el cual modifica la póliza y excluye de cubierta los daños causados a participantes como consecuencia de la participación de cualquier persona en competencias, eventos, juegos, deportes, demostraciones, exhibiciones, carreras o espectáculos que estuviesen cubiertos por la póliza. A esos efectos, la póliza dispone lo siguiente:

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