Multinational Life Insurance Company v. Benítez Rivera Y Otros

2015 TSPR 63
Supreme Court of Puerto Rico·Decided May 18, 2015·No. CC-2014-306·Published

Opinion

EN EL TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO

Multinational Life Insurance Company Peticionaria

v.

Certiorari

Carlos M. Benítez Rivera y otros Recurridos 2015 TSPR 63

v. 193 DPR ____

Tobías Carrero Nácar y otros Terceros Demandados

Número del Caso: CC-2014-306

Fecha: 18 de mayo de 2015

Tribunal de Apelaciones:

Región Judicial de San Juan

Abogados de la Parte Peticionaria:

Lcdo. Ramón Rosario Cortés Lcdo. Carlos E. Díaz Olivo Lcdo. Erick Rosado Pérez

Abogados de la Parte Recurrida:

Lcdo. Jesús M. Del Valle

Lcdo. Carlos R. Ríos Gautier Lcda. Gladys M. Míguez Corujo

Materia: Corporaciones – Legitimación activa de la corporación y de los accionistas, respectivamente, para instar acciones;

indemnización a exdirectores y oficiales por gastos y honorarios de abogados por pleitos instados en su contra.

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EN EL TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO

Multinational Life Insurance Company Certiorari

Peticionaria v. CC-2014-306

Carlos M. Benítez Rivera y otros

Recurridos v.

Tobías Carrero Nácar y otros Terceros Demandados

Opinión del Tribunal emitida por la Jueza Asociada señora Pabón Charneco

En San Juan, Puerto Rico, a 18 de mayo de 2015.

Comparece ante nos Multinational Life Insurance Company (en adelante, “Multinational Life” o la “peticionaria”) y solicita que revoquemos una Sentencia emitida por el Tribunal de Apelaciones. Mediante esta se confirmó una Sentencia del Tribunal de Primera Instancia que desestimó varias causas de acción presentadas por Multinational Life contra varios ex directores y oficiales que fungían en tal capacidad mientras la corporación operaba bajo el nombre de National Life Insurance Company (en adelante, “NALIC”).

CC-2014-306 2

En esta ocasión tenemos la oportunidad de expresarnos en cuanto a la aplicabilidad de la norma en equidad establecida por el Tribunal Supremo de los Estados Unidos en el caso Bangor Punta Operations, Inc. v. Bangor & A.R. Co., 417 US 703 (1974), ante una acción civil instada por una corporación contra sus pasados directores y oficiales por alegados actos fraudulentos y violaciones de ley. Ello, a su vez, nos permite delimitar las diferencias entre la legitimación activa de una corporación para vindicar sus propios intereses y la legitimación activa de los accionistas para instar acciones derivativas a nombre de la corporación. Además, la controversia que hoy atendemos nos brinda la oportunidad de aclarar cuándo una corporación debe indemnizar a sus ex directores y oficiales por gastos y honorarios de abogados por pleitos instados en su contra, conforme a las disposiciones de la Ley Núm. 164-2009, conocida como Ley General de Corporaciones, 14 LPRA sec. 3501 et seq.

Veamos los antecedentes de hechos que dieron génesis a la controversia de autos.

I

Multinational Life comenzó a operar bajo el nombre de NALIC como una compañía aseguradora incorporada bajo las leyes del Gobierno de Puerto Rico y cuyas operaciones datan desde el año 1969. La mencionada compañía aseguradora se dedicaba a la venta de seguros de vida e incapacidad y era miembro de un grupo de aseguradoras

(insurance holding company system) 1 cuya compañía matriz era National Promoters & Service, Inc. (en adelante, “National Promoters”), que a su vez estaba compuesta de doce (12) empresas que eran dueñas entre sí, se prestaban servicios las unas a las otras y eran subsidiarias de un fideicomiso.

Para el 31 de diciembre de 2010, National Promoters era dueña del cuarenta y seis punto sesenta y cuatro por ciento (46.64%) de las acciones de capital de NALIC. De otra parte, la compañía aseguradora National Insurance Company (en adelante, “NIC”), quien formaba parte del grupo de aseguradoras antes mencionado, era dueña del cuarenta y ocho punto ochenta y uno por ciento (48.81%) de las acciones de capital de NALIC. El resto de las acciones de capital de NALIC pertenecían a varios directores y oficiales de dicha compañía y otras terceras personas.2 Tras una serie de degradaciones de la clasificación financiera de NIC por parte de la agencia acreditadora correspondiente, durante el año 2011 la Oficina del Comisionado de Seguros de Puerto Rico (en adelante, el “Comisionado de Seguros”) inició un proceso de rehabilitación de NIC conforme a las disposiciones del

1 La Asociación Nacional de Comisionados de Seguros define insurance holding company system como un grupo de dos (2) o más personas afiliadas entre sí, entre las cuales (1) o más personas se trata de una compañía aseguradora. Insurance Holding Company System Regulatory Act, Sec. 1(D). 2 Por su parte, NALIC era dueña del dieciocho punto noventa por ciento (18.90%) de las acciones de capital de NIC, mientras que National Promoters era la dueña del restante de NIC con un total de ochenta y uno punto diez por ciento (81.10%) de las acciones de capital.

Código de Seguros de Puerto Rico, 26 LPRA sec. 101 et seq., que culminó en su liquidación.

El 8 de octubre de 2011, la compañía Aseguradora Ancón, S.A. (en adelante, “Ancón’), una corporación de Panamá debidamente autorizada a hacer negocios en Puerto Rico, adquirió de accionistas privados varias acciones de capital de NALIC. Posteriormente, el 2 de noviembre de 2011, Ancón adquirió del Comisionado de Seguros ciertos activos de NIC como parte del proceso de liquidación antes mencionado, los cuales incluían el cuarenta y ocho punto ochenta y uno por ciento (48.81%) de las acciones de capital de NALIC. Así las cosas, Ancón advino propietario del cincuenta por ciento (50%) de las acciones de capital de NALIC. Finalmente, el 10 de noviembre de 2011, Ancón compró el cuarenta y siete punto setenta y nueve por ciento (47.79%) de las acciones de capital de NALIC a varios accionistas privados, entre los que se encuentran las corporaciones National Promoters and Service Corporation, Eagle Star Professional Service, Inc., y CMB, Inc. Por motivo de lo anterior, Ancón se convirtió en el propietario del noventa y ocho punto ochenta y tres por ciento (98.83%) de las acciones de capital de NALIC. Es importante destacar que durante el mes de diciembre de 2011, fecha posterior a que Ancón se convirtiera en su accionista mayoritario, NALIC cambió su nombre corporativo a Multinational Life.

El 27 de marzo de 2012, Multinational Life presentó una Demanda sobre violaciones de deberes de fiducia, cobro de dinero, incumplimiento contractual y daños contra los señores Carlos M. Benítez Rivera (en adelante, “señor Benítez Rivera”), Edgardo Van Rhyn Soler (en adelante, “señor Van Rhyn Soler”) y Edgar Rodríguez Gómez (en adelante, “señor Rodríguez Gómez”), quienes son ex directores y oficiales de dicha corporación mientras esta operaba bajo el nombre de NALIC. (en conjunto, los “recurridos”). 3 En síntesis, Multinational Life alegó, mediante nueve (9) causas de acción, que mientras fungían como administradores de NALIC, los recurridos habían incurrido en varios actos fraudulentos y contrarios al Código de Seguros de Puerto Rico, infra, y otros estatutos, los cuales le continúan causando daños a la empresa al día de hoy.

Luego de varios trámites procesales, el 16 de enero de 2013, el señor Van Rhyn Soler y su esposa presentaron una Moción de Sentencia Sumaria, alegando que les asistía el derecho al adelanto o indemnización de costas, gastos y honorarios relacionados a la controversia de autos. Conforme a las alegaciones en dicha solicitud, procedía dicho adelanto o indemnización al amparo de los estatutos

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Multinational Life Insurance Company v. Benítez Rivera Y Otros, 2015 TSPR 63 (prsupreme 2015).

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