Mirabal Pargas, Carlos v. Rivera Fernandez, Francisco J

CourtTribunal De Apelaciones De Puerto Rico/Court of Appeals of Puerto Rico
DecidedJune 25, 2025
DocketKLCE202500598
StatusPublished

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Mirabal Pargas, Carlos v. Rivera Fernandez, Francisco J, (prapp 2025).

Opinion

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE APELACIONES PANEL X

CARLOS MIRABAL CERTIORARI PARGAS, AIDA MIRABAL procedente del Tribunal DELGADO, sociedad legal de Primera Instancia, de gananciales MIRABAL- Sala Superior de DELGADO, e Bayamón. INSTITUTIONAL SETTLEMENTS GROUP, LLC, KLCE202500598 Civil núm.: SJ2024CV08126 Recurrida,

v. Sobre: incumplimiento de FRANCISCO J. RIVERA contrato y cobro de FERNÁNDEZ; THE dinero. PHOENIX FUND,

Peticionaria.

Panel integrado por su presidenta, la juez Lebrón Nieves, la jueza Romero García y el juez Rivera Torres.

Romero García, jueza ponente.

RESOLUCIÓN

En San Juan, Puerto Rico, a 25 de junio de 2025.

El señor Francisco J. Rivera Fernández (señor Rivera) instó el

presente recurso de certiorari el 2 de junio de 2025. En él, nos solicita la

revisión de la Resolución emitida por el Tribunal de Primera Instancia, Sala

Superior de Bayamón, el 4 de abril de 2025. Mediante esta, el foro primario

declaró sin lugar la moción de desestimación presentada por la parte

peticionaria el 6 de diciembre de 2024.

Examinada la petición de certiorari, así como la oposición al auto

presentada por la parte recurrida del título, denegamos la expedición del

auto.

I

El 3 de septiembre de 2024, los señores Carlos Mirabal Pargas, Aida

Mirabal Pargas y la sociedad legal de bienes gananciales compuesta por

ambos, e Institutional Settlements Group, LLC (ISG, y, en conjunto, la parte

recurrida), presentaron una demanda1 por incumplimiento de contrato en

1 Véase, apéndice del recurso, a las págs. 1-7.

Número identificador

RES2025__________________ KLCE202500598 2

contra del señor Rivera y The Phoenix Fund2. En ella, adujeron que, el 30

de marzo de 2022, ISG, representada por el señor Mirabal, suscribió un

Business Agreement con el señor Rivera en su carácter personal y como

representante de The Phoenix Fund. Señalaron que, como parte de los

acuerdos pactados, el señor Mirabal le proveería información confidencial

al señor Rivera sobre la venta de pagos de anualidades estructuradas

(structured settlement annuity). Indicaron que, a cambio de ello, el señor

Rivera se había obligado a, entre otros: (i) crear una entidad con propósito

especial, para recaudar el capital necesario para financiar el negocio; (ii)

entregar el cuarenta por ciento (40%) de los ingresos brutos de la entidad

con propósito especial al señor Mirabal; (iii) realizar un pago mensual de

veinte mil dólares ($20,000.00) al señor Mirabal por un periodo de seis (6)

meses, para un total de ciento veinte mil dórales ($120,000.00); y, (iv) emitir

un pago a favor del señor Mirabal por un monto de entre doscientos

cincuenta mil dólares ($250,000.00) y cuatrocientos mil dólares

($400,000.00), ajustado al saldo pendiente de una deuda hipotecaria que

este mantenía.

No obstante, la parte recurrida sostuvo que el señor Rivera había

incumplido con el acuerdo, limitándose a realizar un único pago de

doscientos cincuenta mil dólares ($250,000.00), y obviando los pagos

mensuales y el porcentaje de ganancias pactados. A esos efectos, esta

reclamó el pago del cuarenta por ciento (40%) de los ingresos devengados

por la entidad con propósito especial, los pagos estipulados en el contrato,

y una partida por daños y perjuicios, entre otros.

Así las cosas, el 6 de diciembre de 2024, el señor Rivera compareció

por primera vez en el pleito mediante una moción de desestimación3. A

través de esta, indicó que la parte recurrida carecía de una causa de acción

en su contra. Precisó que, previo al Business Agreement, las partes habían

2 La causa de acción contra The Phoenix Fund fue desestimada por el foro recurrido

mediante sentencia parcial dictada el 2 de abril de 2024, notificada el 4 de abril del mismo año. Véase, apéndice del recurso, a las págs. 119-125.

3 Véase, apéndice del recurso, a las págs. 8-29. KLCE202500598 3

suscrito un documento intitulado Settlement and General Release

Agreement (General Release), mediante el cual el señor Mirabal había

renunciado a cualquier reclamación pasada, presente o futura en su contra

y en contra de sus compañías, Pariter Wealth Management Group, LLC,

Pariter Risk Management, Inc., Pariter Securities, LLC (en conjunto,

Pariter). En detalle, adujo que el General Release contenía una cláusula

que lee como sigue:

2. Agreement Not to Sue: MIRABAL agrees that he will never file or accept anything of value from a lawsuit concerning any claim, issue, or matter relating to or arising out of his relationship with the Company, or the compensation or benefits payable in connection with his business relationship with the Company. MIRABAL further agrees that he will not file or institute any complaint or change against the Company with any local, state or federal agency. The Company, for those known matters included herein, waives its right to pursue any legal or administrative procedures against MIRABAL, provided however, should MIRABAL violate any aspect of this Agreement, the Company will then pursue any legal and administrative remedy, included, but not limited to, the rights mentioned in Section 6, and MIRABAL agrees: to pay costs, expenses, and damages incurred by and to the Company in responding to or as a result of any breach to this Agreement, including, without limitation, reasonable attorneys’ fees; and provided, however, that if MIRABAL violates this Agreement by suing the Company for any claim or if he violates it in any other respect, the Company shall be relieved of its obligations to him under this Agreement and will have the option to pursue a complete legal and administrative procedures. For those unknown matters or related known matters not included herein, the Company will not waive its right and will pursue any legal and administrative remedies without any notification in the eventual breach of any of MIRABAL’s obligation herein agreed.

(Énfasis en el original)4.

Adicionalmente, indicó que el General Release había sido suscrito

como requisito previo para dar inicio a conversaciones encaminadas a la

celebración del nuevo negocio, y así había sido reconocido en el Business

Agreement. Sobre ello, precisó que este último disponía lo siguiente:

WHEREAS, MIRABAL and FJR have agreed to voluntarily memorialize and settle all previous business relationships and have executed a General Release and Settlement Agreement to that effect under a separate document, hereinafter (“Release Agreement”), in consideration to enter into this new Business Opportunity.

4 Véase, apéndice del recurso, a la pág. 20. KLCE202500598 4

(Énfasis nuestro).

El señor Rivera indicó que ambos documentos debían interpretarse

de manera conjunta.

El 24 de enero de 2025, la parte recurrida se opuso5. En su escrito,

adujo que el Business Agreement no estaba cubierto por las disposiciones

del General Release. Detalló que el primero establecía con claridad la

aplicación exclusiva del General Release a las relaciones comerciales

previas entre el señor Rivera y el señor Mirabal. Es decir, que el General

Release no guardaba relación con el negocio pactado mediante el Business

Agreement.

El 18 de febrero de 2025, el señor Rivera replicó al escrito en

oposición6. A grandes rasgos, insistió en que el General Release formaba

parte del Business Agreement. Añadió que el Artículo IV de este último, en

su sección 4.17, también reconocía al General Release como un requisito

previo para concretar el Business Agreement.

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