Mercantile Investment Corp. v. Financial Credit Corp.

94 P.R. Dec. 400, 1967 PR Sup. LEXIS 234
CourtSupreme Court of Puerto Rico
DecidedMay 3, 1967
DocketNúmero: R-66-148
StatusPublished

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Mercantile Investment Corp. v. Financial Credit Corp., 94 P.R. Dec. 400, 1967 PR Sup. LEXIS 234 (prsupreme 1967).

Opinion

El Juez Asociado Señor Pérez Pimentel

emitió la opinión del Tribunal.

La Mercantile Investment Corp. interpuso ante el Tribunal Superior, Sala de San Juan, una acción contra Financial Credit Corporation, en reclamación de daños y per-juicios ocasionados por un alegado embargo ilegal de varios vehículos de motor propiedad de la demandante.

Después de contestada la demanda el caso fue señalado para juicio en nueve ocasiones, habiéndose suspendido en ocho de ellas a solicitud de la demandante unas veces, a soli-citud de ambas partes en otras ocasiones y también a soli-citud de la demandada.

El primer señalamiento se hizo para marzo 2 de 1962. Fue suspendido a solicitud de la demandante porque el Ledo. Richard H. Francis, testigo principal y accionista de dicha demandante se encontraba ausente de Puerto Rico cursando estudios en la Universidad de Harvard.

[402]*402Se transfirió la vista para el día 18 de junio de 1962 y por la misma razón fue suspendida a pedido de la deman-dante.

Se hace un tercer señalamiento para el día 5 de septiem-bre de 1962 y se suspende nuevamente la vista a solicitud de la demandante por el fundamento de que en dicho día el Ledo. Francis estaría interviniendo en la negociación de un contrato colectivo de trabajo entre la Esso Standard Oil Co. y una unión obrera.

Se señala el caso para el día 19 de febrero de 1963. En esta ocasión se suspende a solicitud de la demandada por el fundamento de que su abogado el Ledo. Juan Enrique Géigel se encontraba ausente de Puerto Rico. Se transfiere para el día 21 de mayo de 1963 y volvió a suspenderse también a soli-citud de la demandada y por la misma razón de que su abo-gado estaba fuera de Puerto Rico.

Se señala para el día primero de abril de 1964 y se sus-pendió a solicitud de la demandante porque en esa fecha sus abogados estarían ocupados en la vista del caso, Civil Núm. 183-62 ante la Corte Federal.

El nuevo señalamiento es para el 15 de septiembre de 1965. Se suspende a petición de ambas partes porque el abo-gado de la demandada no podía comparecer ese día al juicio, ni tampoco podía comparecer un testigo esencial de la deman-dante. Se señala nuevamente para el día 20 de octubre de 1965 y a solicitud de ambas partes se deja sin efecto el señalamiento. Ese mismo día 20 de octubre la demandante solicitó señalamiento para la vista del caso. Fue señalado para el 15 de marzo de 1966.

En noviembre 3 de 1965 la demandada había radicado unos interrogatorios dirigidos a la demandante y en marzo 10 de 1966 solicitó dicha demandada la suspensión del caso señalado para el día 15 del mismo mes y año y además solicitó se dictara una orden para compeler a la demandante a contestar los interrogatorios.

[403]*403El día 15 de marzo, fecha señalada para la vista del caso compareció ante el Tribunal la demandada y no así la de-mandante. Ese mismo día el Tribunal declaró sin lugar la moción de suspensión presentada por la demandada y dictó sentencia desestimando la demanda. Dice la minuta de ese día:

“A la vista de este caso comparece el Ledo. Juan E. Géigel en representación de la parte demandada, no comparece la parte demandante ni su abogado.
“A la Moción de Suspensión radicada por la parte demandada el Tribunal la declara sin lugar. En vista de la incomparecencia de la parte demandante en el día de hoy sin haber notificado en forma alguna al Tribunal y por las innumerables suspensiones que obran en autos el Tribunal dicta Sentencia desestimando la demanda por incomparecencia y falta de interés de la parte demandante decretándose además el archivo del caso.
“Regístrese y Notifíquese.”

La notificación de dicha sentencia se archivó en autos el día 28 de abril de 1966.

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