Lugo Rodriguez, Herbert Jafet v. Mansión Del Sol Homeowners Association

Tribunal De Apelaciones De Puerto Rico/Court of Appeals of Puerto Rico·Decided June 30, 2026·No. KLAN202401072·Published

Opinion

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE APELACIONES PANEL ESPECIAL

HERBERT JAFET LUGO Apelación RODRÍGUEZ, RUTH ESTHER procedente del GÓMEZ ARIAS Y LA Tribunal de SOCIEDAD LEGAL DE Primera Instancia GANANCIALES COMPUESTA Sala de Bayamón POR AMBOS Caso Núm. Apelados BY2023CV05367

KLAN202401072 Materia: v. Sentencia Declaratoria

Asunto: Apelación de MANSIÓN DEL SOL Sentencia Sumaria HOMEOWNERS declarando con lugar ASSOCIATION, INC. causa de acción por Sentencia Declaratoria Apelante

Panel integrado por su presidenta, la Jueza Álvarez Esnard, la Jueza Prats Palerm y el Juez Sánchez Báez1

Sánchez Báez, Juez Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 30 de junio de 2026.

Compareció Mansión del Sol Homeowners Association, Inc. (en

adelante, “Asociación” o “parte demandada-apelante”) mediante recurso de

Apelación presentado el 2 de diciembre de 2024. Nos solicita que

revoquemos la Sentencia Sumaria que emitió el Tribunal de Primera

Instancia, Sala de Bayamón, el 21 de octubre de 2024. En el referido

dictamen, el Foro Primario declaró Ha Lugar la Moción de Sentencia

Sumaria presentada por Herbert J. Lugo Rodríguez, Ruth E. Gómez Arias

y la Sociedad Legal de Gananciales compuesta por ambos (en adelante,

“parte demandante-apelada”).

1 Mediante la Orden Administrativa OATA-2025-002, emitida el 9 de enero de 2025, se

designó al Juez Isaías Sánchez Báez en sustitución de la Hon. Maritere Brignoni Mártir.

Número Identificador SEN2026______________ KLAN202401072 2

Por los fundamentos que esbozamos a continuación, se modifica en

parte la Sentencia Sumaria y, así modificada, se confirma el dictamen

apelado.

-I-

El caso de epígrafe tuvo su génesis el 26 de septiembre de 2023,

cuando el señor Lugo Rodríguez, la señora Gómez Arias y la Sociedad Legal

de Gananciales compuesta por ambos, presentaron la Demanda de epígrafe

en contra de Mansión del Sol Homeowners Association, Inc.2 En síntesis,

alegaron que adquirieron su residencia en la Urbanización Mansión del Sol

en el año 2000 y que, desde entonces, estacionaron dentro de su propiedad

dos vehículos comerciales tipo “step-van” utilizados en su negocio de venta

de herramientas. Sostuvieron que, durante más de veintitrés (23) años, la

parte demandada-apelante no objetó dicha práctica ni les requirió el

cumplimiento de las restricciones voluntarias que posteriormente

pretendió hacer valer. No obstante, alegaron que, en el año 2023, la parte

demandada-apelante les requirió remover los referidos vehículos por

entender que su estacionamiento infringía las restricciones voluntarias

aplicables a la urbanización. A tenor con ello, plantearon que cualquier

restricción relacionada con el estacionamiento de dichos vehículos había

quedado extinguida por renuncia o abandono. Por lo anterior, solicitaron

que el Tribunal de Primera Instancia dictara sentencia declaratoria y

determinara que las referidas restricciones voluntarias no les eran

oponibles en cuanto al estacionamiento de los vehículos en cuestión.

Luego, el 29 de noviembre de 2023, la Asociación instó una

Contestación a Demanda y Reconvención.3 En esta, negó las alegaciones

formuladas en su contra y sostuvo que la Urbanización Mansión del Sol

estaba gravada por unas restricciones voluntarias constituidas mediante

la Escritura Núm. 366 titulada Deed of Declaration of Covenants and

2 Sistema Unificado de Manejo y Administración de Casos del Tribunal de Primera Instancia (en adelante, “SUMAC-TPI”), Entrada Núm. 1, págs. 1-6. 3 SUMAC-TPI, Entrada Núm. 8, págs. 1-11. KLAN202401072 3

Restrictions for Mansion del Sol.4 Alegó que dichas restricciones voluntarias

limitaban el uso de los lotes a fines estrictamente residenciales, prohibían

la utilización de las unidades para propósitos comerciales y disponían que

los vehículos comerciales solo podían estacionarse dentro de los garajes de

los residentes. Asimismo, sostuvo que los demandantes estacionaban

vehículos comerciales identificados con el nombre “Snap-On Tools” y

admitió que estos habían mantenido vehículos tipo step-van en el lote

objeto de controversia.

En cuanto a la Reconvención, la parte demandada-apelante alegó que

las restricciones voluntarias que gravaban la urbanización eran válidas,

razonables y exigibles a todos los titulares, y que la parte demandante-

apelada las había infringido al utilizar su residencia para actividades

comerciales y estacionar vehículos comerciales en el lote y en las calles de

la urbanización. Sostuvo que tales actuaciones afectaban el carácter

residencial de la comunidad y contravenían las restricciones voluntarias

impuestas por el urbanizador. Por ello, solicitó la expedición de los

remedios interdictales correspondientes, la remoción de los vehículos

comerciales y que se declarara que las actuaciones de los demandantes-

reconvenidos infringían las restricciones voluntarias aplicables a la

urbanización.

Posteriormente, el 15 de diciembre de 2023, la parte demandante-

apelada presentó una Réplica a Reconvención.5 En síntesis, negó que la

parte demandada-apelante estuviera facultada para exigir el cumplimiento

de las restricciones voluntarias invocadas y sostuvo que las defensas en

equidad impedían su aplicación en su contra. Alegaron que los vehículos

objeto de controversia permanecían estacionados dentro de su propiedad y

que no operaban negocio alguno desde la residencia. Asimismo, plantearon

que la corporación originalmente autorizada para velar por el cumplimiento

4 Íd., Anejo 1. 5 SUMAC-TPI, Entrada Núm. 10, págs. 1-7. KLAN202401072 4

de las restricciones voluntarias ya no existía, que la parte demandada-

apelante carecía de legitimación para hacerlas valer y que esta había

renunciado o abandonado dichas restricciones tras haber permitido por

años el estacionamiento de los referidos vehículos. Además, sostuvieron

que la aplicación de las restricciones era arbitraria y selectiva. Por ello,

solicitaron que se declarara con lugar la sentencia declaratoria interesada

en la Demanda y que se decretara que la parte demandada-apelante estaba

impedida de hacer cumplir las restricciones voluntarias en su contra.

Luego de varias incidencias procesales, el 29 de julio de 2024, la

parte demandante-apelada presentó una Moción de Sentencia Sumaria.6 En

suma, planteó que no existía controversia real sobre hechos materiales y

que procedía dictar sentencia a su favor. Entre otros fundamentos, alegó

que las gestiones relacionadas con la franquicia “Snap-on Tools” se

realizaban de manera ambulante, por lo que su residencia nunca fue

utilizada como centro de operaciones ni para desarrollar actividad

comercial alguna en contravención a las restricciones voluntarias.

Asimismo, sostuvo que, previo a adquirir la propiedad, verificó junto con la

vendedora del proyecto residencial que el lote contara con espacio

suficiente para estacionar los dos (2) vehículos comerciales, circunstancia

que afirmó fue determinante para concretar la compraventa. Añadió que,

una vez adquirida la propiedad, la Asociación permitió durante más de

veintitrés (23) años que dichos vehículos permanecieran estacionados en el

lugar, sin requerir su remoción ni realizar gestión alguna para exigir el

cumplimiento de las restricciones voluntarias. Incluso, señaló que esa

Free access — add to your briefcase to read the full text and ask questions with AI

Lugo Rodriguez, Herbert Jafet v. Mansión Del Sol Homeowners Association, (prapp 2026).

Lugo Rodriguez, Herbert Jafet v. Mansión Del Sol Homeowners Association (Lugo Rodriguez, Herbert Jafet v. Mansión Del Sol Homeowners Association) — published by Counsel Stack Legal Research, free access to 12M+ legal documents.

Related

Asociación de Vecinos de Villa Caparra, Inc. v. Iglesia Católica
117 P.R. Dec. 346 (Supreme Court of Puerto Rico, 1986)
Residentes Parkville Sur v. Díaz Luciano
159 P.R. Dec. 374 (Supreme Court of Puerto Rico, 2003)
Rodríguez Méndez v. Laser Eye Surgery Management
195 P.R. Dec. 769 (Supreme Court of Puerto Rico, 2016)