In re Vélez Lugo
Opinion
En esta ocasión, nos corresponde atender nue-vamente una situación en la que un miembro de nuestra profesión desatiende las órdenes de este Tribunal y asume una conducta de extrema indiferencia durante el trámite de un proceso ético-disciplinario en su contra. En particular, sancionamos a un abogado que hizo caso omiso a las resoluciones de este Tribunal y violó así las disposiciones de nuestro Canon 9 de Ética Profesional, 4 LPRA Ap. IX. De esta forma reiteramos, sin ambages de clase alguna, que no dudaremos en suspender de la profesión jurídica a aquellos letrados que falten al deber de diligencia y respeto hacia este Tribunal.
I
El Lcdo. Nelson Vélez Lugo fue admitido al ejercicio de la abogacía el 6 de junio de 1983 y prestó juramento como notario el 23 de junio de 1983.
Footnotes
195 P.R. Dec. 550 (In re Vélez Lugo) — published by Counsel Stack Legal Research, free access to 12M+ legal documents.