In re Rosenbaum

189 P.R. 115
CourtSupreme Court of Puerto Rico
DecidedJune 28, 2013
DocketNúmero: TS-3201
StatusPublished

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In re Rosenbaum, 189 P.R. 115 (prsupreme 2013).

Opinion

Per Curiam:

Hoy nos encontramos ante el incumpli-miento de un notario con su deber de custodiar celosa-mente los Protocolos que le pertenecen al Estado, los cua-les, por motivo de su negligencia, no se podrán reconstruir. Como consecuencia de tal omisión, este Tribunal se ve en la obligación de suspenderlo inmediatamente del ejercicio de la notaría.

I

El Ledo. Ronald L. Rosenbaum fue admitido al ejercicio de la abogacía el 13 de diciembre de 1968 y al de la práctica de la notaría el 21 de febrero de 1969.

[117]*117Tan reciente como el 13 de febrero de 2012, el letrado nos informó que extravió los Tomos 7 del Protocolo del 2005 (Escrituras 355 a 418) y los Tomos 14, 15 y 16 del Protocolo del 2006 (Escrituras 198 a 305), por lo que solicitó autori-zación para comenzar la reconstrucción de éstos. La misma fue autorizada por este Tribunal.

Durante el trámite de rigor, la Oficina de Inspección de Notarías (ODIN) informó, a su vez, que las Escrituras 17 y 18 del año 2005 adolecían de las últimas páginas. Así las cosas, mediante Resolución de 12 de abril de 2012, le con-cedimos al licenciado Rosenbaum un término de noventa días para reconstruir los documentos extraviados.

Posteriormente, el 31 de julio de 2012, el licenciado Ro-senbaum nos informó que está mayormente retirado y pasa gran parte del tiempo en su residencia en el estado de la Florida. Además, indicó los trámites realizados para la reconstrucción de la obra notarial y que cerró sus oficinas debido a la pérdida de varios de sus clientes. En cumpli-miento con nuestras órdenes, el letrado compareció nueva-mente el 19 de marzo de 2013 y detalló el resto de las gestiones realizadas para la reconstrucción de la obra notarial.

En síntesis, el licenciado Rosenbaum expuso que no tiene la mayoría de los expedientes, las llamadas realiza-das a los clientes y a las entidades que representaba, e indica que no posee copia de los documentos. De igual forma, señaló que las gestiones realizadas han sido infructuosas.

En cumplimiento con lo ordenado por este Tribunal, ODIN presentó el 28 de junio de 2013 la Moción en Cum-plimiento de Resolución y Solicitando Auxilio del Tribunal para Incautación de Obra Notarial. Mediante la Moción en Cumplimiento de Orden de 12 de agosto de 2013, el letrado nos informa que no ha podido reconstruir ninguna de las [118]*118escrituras o páginas extraviadas para 2005, 2006 y 2008.

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