EN EL TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO
In re: 2013 TSPR 46 Comisión Especial para Revisar el Funcionamiento del Programa de 188 DPR ____ Educación Jurídica Continua
Número del Caso: EN-2012-02
Fecha: 22 de abril de 2013
Este documento constituye un documento oficial del Tribunal Supremo que está sujeto a los cambios y correcciones del proceso de compilación y publicación oficial de las decisiones del Tribunal. Su distribución electrónica se hace como un servicio público a la comunidad. EN EL TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO
In Re:
Comisión Especial para Revisar el Funcionamiento del EN-2012-02 Programa de Educación Jurídica Continua
RESOLUCIÓN
En San Juan, Puerto Rico, a 22 de abril de 2013.
A la “Moción informativa y designación de representantes nombrados por la Procuradora General” en la que ésta nos informa que unilateralmente relevó y sustituyó dos miembros de una comisión de este Tribunal, no ha lugar. La composición de la Comisión Especial para Revisar el Funcionamiento del Programa de Educación Jurídica Continua sigue inalterada y las Lcdas. Vanessa Sánchez Mendiola y Jeannette Collazo Ortiz no han sido sustituidas. Una vez nombradas estas últimas a esa comisión especial de este Tribunal, el Procurador General cumplió su encomienda y cesó así su injerencia. Solo este Tribunal puede sustituir los integrantes de sus comisiones.
Nótese que la participación de los empleados públicos, como parte del proceso amplio de discusión promovido por este Tribunal, no puede afectarse por cambios de administraciones de ramas ajenas al Tribunal Supremo. Mucho menos puede catalogarse esa encomienda en la Comisión Especial como una que se llevará a cabo mientras goce de la confianza de la Oficina del Procurador General. Es decir, esa oficina solamente tuvo la encomienda de referirnos In re: Comisión Especial para Revisar el Funcionamiento del Programa de Educación Jurídica Continua 2
los dos representantes del sector público, no representantes de la confianza de la Procuradora General. Ante esa realidad, erró la Procuradora General en su apreciación y sus acciones dirigidas a reconfigurar una Comisión Especial creada por el Tribunal Supremo de Puerto Rico.
Lo acordó el Tribunal y certifica la Secretaria del Tribunal Supremo. El Juez Presidente señor Hernández Denton emitió un voto particular disidente a la cual se unieron la Jueza Asociada señora Fiol Matta y la Juez Asociada señora Rodríguez Rodríguez.
Aida Ileana Oquendo Graulau Secretaria Tribunal Supremo EN EL TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO
In re: Comisión Especial para Revisar el Funcionamiento del Programa de Educación Jurídica Continua EN-2012-2
Voto Particular Disidente emitido por el Juez Presidente señor HERNÁNDEZ DENTON, al cual se unen las Juezas Asociadas señora FIOL MATTA y señora RODRÍGUEZ RODRÍGUEZ
San Juan, Puerto Rico, a 22 de abril de 2013.
Por entender que no debemos enmendar
implícitamente el esquema de designación de
representantes establecido para la Comisión
Especial para Revisar el Funcionamiento del
Programa de Educación Jurídica Continua
(Comisión Especial), disentimos. En cambio,
por los fundamentos expuestos a continuación,
declararíamos con lugar la Moción Informativa
y Designación de Representantes Nombrados…
presentada por la Procuradora General.
I.
El 8 de abril de 2005, en virtud de
nuestro poder inherente de reglamentar la
profesión jurídica en Puerto Rico, aprobamos
el Reglamento del Programa de Educación
Jurídica In re: Comisión Especial para Revisar el Funcionamiento del Programa de Educación Jurídica Continua 2
Continua (PEJC). In re Aprobación del Reglamento del
Programa de Educación Jurídica Continua, 164 D.P.R. 555 (2005).
Tras varios años de su implementación, el 13 de febrero de 2012
este Tribunal emitió la Resolución In re: Comisión Especial
para Revisar el Funcionamiento del Programa de Educación
Jurídica Continua, 184 D.P.R. 538 (2012), en la cual se creó la
Comisión Especial para realizar un estudio sobre el manejo y
funcionamiento del PEJC. En esta Resolución, claramente se
dispuso que la Comisión Especial estaría compuesta por:
(1) un representante del Colegio de Abogados de Puerto Rico, (2) un representante de la Asociación de Abogados de Puerto Rico (Puerto Rico Lawyers' Association),(3) un representante del Federal Bar Association, Capítulo de Puerto Rico, (4) dos abogados que trabajen en el sector público, a quienes nombrará el Procurador General, y (5) cuatro abogados que trabajen en el sector privado. (Énfasis suplido). Íd., pág. 539.
Evidentemente, el propósito de este esquema es
proveer la mayor participación de los diferentes sectores
de la profesión a través de las entidades que los
representan. Esto, mediante los nombramientos hechos por
cada entidad.
En la misma Resolución concedimos un término de diez
días a las diferentes organizaciones y al entonces
Procurador General para que remitieran “los nombres de sus
respectivos representantes”. (Énfasis suplido). Íd., pág.
540. También, nombramos los cuatro abogados representantes
del sector privado, a saber: Lcdo. Héctor Ramos Díaz como
Presidente, Lcdo. José L. Miranda de Hostos, Lcda.
Ivelisse Moyano Ares y Lcdo. Edwin Ramos Rivera. In re: Comisión Especial para Revisar el Funcionamiento del Programa de Educación Jurídica Continua 3
Por su parte, el Colegio de Abogados de Puerto Rico
presentó una Moción Informativa designando como su
representante al Lcdo. Eduardo Villanueva Muñoz. La
Asociación de Abogados de Puerto Rico presentó una carta
en la cual escogió al Lcdo. Rafael Sánchez Hernández como
su representante. El entonces Procurador General, Lcdo.
Luis R. Román Negrón, compareció mediante Escrito en
Cumplimiento de Resolución para nombrar a la Lcda.
Jeannette M. Collazo Ortiz y a la Lcda. Vanessa Sánchez
Mendiola. Así las cosas, el 24 de febrero de 2012,
emitimos la Resolución EN-2012-3 en la que nos dimos por
enterados de los escritos mencionados “en los que se
designan a los siguientes miembros de la Comisión
Especial…”. Es decir, aceptamos todos los nombramientos
según propuestos.
Posteriormente, la Federal Bar Association compareció
mediante Moción Informativa sobre Representante del FBA
para informar que el Lcdo. Roberto A. Cámara Fuertes era
el designado para representarla. Igualmente, emitimos la
Resolución EN-2012-7 en la que aceptamos la designación
hecha por esa institución.
De esta manera, quedó constituida la Comisión
Especial de acuerdo a las designaciones hechas por cada
grupo. Luego, el licenciado Ramos Díaz presentó una carta
en la que expresó que “tanto el Procurador General como
las organizaciones mencionadas cumplieron con esta
disposición y designaron los representantes
correspondientes” y solicitó que se convocara a la In re: Comisión Especial para Revisar el Funcionamiento del Programa de Educación Jurídica Continua 4
Comisión Especial para su primera reunión.1 (Énfasis
suplido.)
La Comisión comenzó sus labores investigativas a
partir de la primera reunión celebrada el 14 de junio de
2012. No obstante, mediante la Resolución EN-2012-3
emitida el 2 de julio de 2012, aceptamos una solicitud de
cambio de representante sometida por el Colegio de
Abogados de Puerto Rico. Una vez más, le reconocimos esa
facultad de nombramiento a la organización.
Ahora bien, el 5 de abril de 2013 la Procuradora
General, Hon.
Free access — add to your briefcase to read the full text and ask questions with AI
EN EL TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO
In re: 2013 TSPR 46 Comisión Especial para Revisar el Funcionamiento del Programa de 188 DPR ____ Educación Jurídica Continua
Número del Caso: EN-2012-02
Fecha: 22 de abril de 2013
Este documento constituye un documento oficial del Tribunal Supremo que está sujeto a los cambios y correcciones del proceso de compilación y publicación oficial de las decisiones del Tribunal. Su distribución electrónica se hace como un servicio público a la comunidad. EN EL TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO
In Re:
Comisión Especial para Revisar el Funcionamiento del EN-2012-02 Programa de Educación Jurídica Continua
RESOLUCIÓN
En San Juan, Puerto Rico, a 22 de abril de 2013.
A la “Moción informativa y designación de representantes nombrados por la Procuradora General” en la que ésta nos informa que unilateralmente relevó y sustituyó dos miembros de una comisión de este Tribunal, no ha lugar. La composición de la Comisión Especial para Revisar el Funcionamiento del Programa de Educación Jurídica Continua sigue inalterada y las Lcdas. Vanessa Sánchez Mendiola y Jeannette Collazo Ortiz no han sido sustituidas. Una vez nombradas estas últimas a esa comisión especial de este Tribunal, el Procurador General cumplió su encomienda y cesó así su injerencia. Solo este Tribunal puede sustituir los integrantes de sus comisiones.
Nótese que la participación de los empleados públicos, como parte del proceso amplio de discusión promovido por este Tribunal, no puede afectarse por cambios de administraciones de ramas ajenas al Tribunal Supremo. Mucho menos puede catalogarse esa encomienda en la Comisión Especial como una que se llevará a cabo mientras goce de la confianza de la Oficina del Procurador General. Es decir, esa oficina solamente tuvo la encomienda de referirnos In re: Comisión Especial para Revisar el Funcionamiento del Programa de Educación Jurídica Continua 2
los dos representantes del sector público, no representantes de la confianza de la Procuradora General. Ante esa realidad, erró la Procuradora General en su apreciación y sus acciones dirigidas a reconfigurar una Comisión Especial creada por el Tribunal Supremo de Puerto Rico.
Lo acordó el Tribunal y certifica la Secretaria del Tribunal Supremo. El Juez Presidente señor Hernández Denton emitió un voto particular disidente a la cual se unieron la Jueza Asociada señora Fiol Matta y la Juez Asociada señora Rodríguez Rodríguez.
Aida Ileana Oquendo Graulau Secretaria Tribunal Supremo EN EL TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO
In re: Comisión Especial para Revisar el Funcionamiento del Programa de Educación Jurídica Continua EN-2012-2
Voto Particular Disidente emitido por el Juez Presidente señor HERNÁNDEZ DENTON, al cual se unen las Juezas Asociadas señora FIOL MATTA y señora RODRÍGUEZ RODRÍGUEZ
San Juan, Puerto Rico, a 22 de abril de 2013.
Por entender que no debemos enmendar
implícitamente el esquema de designación de
representantes establecido para la Comisión
Especial para Revisar el Funcionamiento del
Programa de Educación Jurídica Continua
(Comisión Especial), disentimos. En cambio,
por los fundamentos expuestos a continuación,
declararíamos con lugar la Moción Informativa
y Designación de Representantes Nombrados…
presentada por la Procuradora General.
I.
El 8 de abril de 2005, en virtud de
nuestro poder inherente de reglamentar la
profesión jurídica en Puerto Rico, aprobamos
el Reglamento del Programa de Educación
Jurídica In re: Comisión Especial para Revisar el Funcionamiento del Programa de Educación Jurídica Continua 2
Continua (PEJC). In re Aprobación del Reglamento del
Programa de Educación Jurídica Continua, 164 D.P.R. 555 (2005).
Tras varios años de su implementación, el 13 de febrero de 2012
este Tribunal emitió la Resolución In re: Comisión Especial
para Revisar el Funcionamiento del Programa de Educación
Jurídica Continua, 184 D.P.R. 538 (2012), en la cual se creó la
Comisión Especial para realizar un estudio sobre el manejo y
funcionamiento del PEJC. En esta Resolución, claramente se
dispuso que la Comisión Especial estaría compuesta por:
(1) un representante del Colegio de Abogados de Puerto Rico, (2) un representante de la Asociación de Abogados de Puerto Rico (Puerto Rico Lawyers' Association),(3) un representante del Federal Bar Association, Capítulo de Puerto Rico, (4) dos abogados que trabajen en el sector público, a quienes nombrará el Procurador General, y (5) cuatro abogados que trabajen en el sector privado. (Énfasis suplido). Íd., pág. 539.
Evidentemente, el propósito de este esquema es
proveer la mayor participación de los diferentes sectores
de la profesión a través de las entidades que los
representan. Esto, mediante los nombramientos hechos por
cada entidad.
En la misma Resolución concedimos un término de diez
días a las diferentes organizaciones y al entonces
Procurador General para que remitieran “los nombres de sus
respectivos representantes”. (Énfasis suplido). Íd., pág.
540. También, nombramos los cuatro abogados representantes
del sector privado, a saber: Lcdo. Héctor Ramos Díaz como
Presidente, Lcdo. José L. Miranda de Hostos, Lcda.
Ivelisse Moyano Ares y Lcdo. Edwin Ramos Rivera. In re: Comisión Especial para Revisar el Funcionamiento del Programa de Educación Jurídica Continua 3
Por su parte, el Colegio de Abogados de Puerto Rico
presentó una Moción Informativa designando como su
representante al Lcdo. Eduardo Villanueva Muñoz. La
Asociación de Abogados de Puerto Rico presentó una carta
en la cual escogió al Lcdo. Rafael Sánchez Hernández como
su representante. El entonces Procurador General, Lcdo.
Luis R. Román Negrón, compareció mediante Escrito en
Cumplimiento de Resolución para nombrar a la Lcda.
Jeannette M. Collazo Ortiz y a la Lcda. Vanessa Sánchez
Mendiola. Así las cosas, el 24 de febrero de 2012,
emitimos la Resolución EN-2012-3 en la que nos dimos por
enterados de los escritos mencionados “en los que se
designan a los siguientes miembros de la Comisión
Especial…”. Es decir, aceptamos todos los nombramientos
según propuestos.
Posteriormente, la Federal Bar Association compareció
mediante Moción Informativa sobre Representante del FBA
para informar que el Lcdo. Roberto A. Cámara Fuertes era
el designado para representarla. Igualmente, emitimos la
Resolución EN-2012-7 en la que aceptamos la designación
hecha por esa institución.
De esta manera, quedó constituida la Comisión
Especial de acuerdo a las designaciones hechas por cada
grupo. Luego, el licenciado Ramos Díaz presentó una carta
en la que expresó que “tanto el Procurador General como
las organizaciones mencionadas cumplieron con esta
disposición y designaron los representantes
correspondientes” y solicitó que se convocara a la In re: Comisión Especial para Revisar el Funcionamiento del Programa de Educación Jurídica Continua 4
Comisión Especial para su primera reunión.1 (Énfasis
suplido.)
La Comisión comenzó sus labores investigativas a
partir de la primera reunión celebrada el 14 de junio de
2012. No obstante, mediante la Resolución EN-2012-3
emitida el 2 de julio de 2012, aceptamos una solicitud de
cambio de representante sometida por el Colegio de
Abogados de Puerto Rico. Una vez más, le reconocimos esa
facultad de nombramiento a la organización.
Ahora bien, el 5 de abril de 2013 la Procuradora
General, Hon. Margarita Mercado Echegaray, presentó la
moción en cuestión designando como sus representantes a la
Lcda. Karla Pacheco Álvarez y al Lcdo. Jesús Alvarado
Rivera. Solicitó que releváramos a las licenciadas Collazo
Ortiz y Sánchez Mendiola de sus labores y aceptáramos el
nombramiento de los nuevos representantes del sector
público. Sin embargo, una mayoría de este Tribunal deniega
esta solicitud a pesar de lo dispuesto en In re: Comisión
Especial para Revisar el Funcionamiento del Programa de
Educación Jurídica Continua, supra, y del proceso seguido
por este Tribunal para aceptar los nombramientos y
sustituciones anteriores.
Hasta este momento, la Comisión Especial creada hace
apenas un año ha funcionado sin reparos sobre su
composición o sobre los cambios realizados. Desde su
creación, dispusimos que la entidad nominadora es quien
1 Carta dirigida al Juez Presidente de parte del Lcdo. Héctor R. Ramos Díaz. In re: Comisión Especial para Revisar el Funcionamiento del Programa de Educación Jurídica Continua 5
tiene la discreción de nombrar y escoger sus
representantes ante la Comisión Especial. No establecimos
excepciones a esta norma. Por esto, tras un cambio en la
Oficina del Procurador General, es lógico que esta entidad
desee sustituir sus representantes ante la Comisión
Especial. De esta forma se mantiene la representatividad
del sector público. No obstante, al denegar la moción ante
nos, una mayoría de este Tribunal está enmendando
implícitamente la Resolución emitida por este Tribunal
cuando creó la Comisión Especial. Consideramos que no se
justifica este cambio y que procede aceptar la petición,
precisamente, en aras de asegurar la mayor participación y
representatividad de los diversos sectores de la
profesión.
Por otro lado, estando pendiente esta moción,
compareció el licenciado Ramos Díaz en nombre de los
miembros que componen la Comisión Especial, excepto el
representante del Colegio de Abogados de Puerto Rico, para
exponer que la sustitución de los representantes del
Procurador General causaría “un retraso en los trabajos de
la Comisión Especial que están a punto de culminar”.2
Añadió que tampoco sería justo esperar que una persona que
entrara a la Comisión en esta etapa, independientemente de
sus capacidades, pueda asimilar el producto del trabajo
realizado. Asimismo, indica que el 10 de enero de 2013
2 Comparecencia con Relación a Moción Informativa y Designación de Representantes Nombrados por la Procuradora General. In re: Comisión Especial para Revisar el Funcionamiento del Programa de Educación Jurídica Continua 6
presentaron un informe sobre las labores realizadas por la
Comisión Especial en el cual se adelantó que se estaban
discutiendo sus hallazgos y deliberando sobre el contenido
del informe que deben presentar como resultado de la
investigación.
En reacción a la posición del licenciado Ramos Díaz,
el Colegio de Abogados de Puerto Rico, por conducto de su
Presidenta, la Lcda. Ana Irma Rivera Lassén y de su
representante en la Comisión Especial, licenciado Reyes
López, compareció para exponer que la etapa en la que se
encuentra la investigación permite la incorporación de los
nuevos representantes del sector público. Sostuvo que
denegar la sustitución solicitada por la Procuradora
General sería una desautorización del poder que le
delegamos mediante la Resolución que compuso la Comisión
Especial y que pone en duda la capacidad de la Procuradora
General de designar y la capacidad de los comisionados de
integrarse a los trabajos en marcha.
En específico, sobre el estado de la investigación
explicó que lo que existe es un borrador inicial de diez
páginas que se utiliza como herramienta de trabajo, que
aún está pendiente una entrevista a la Junta de Educación
Jurídica Continua y que todos los trabajos se han
transcrito de forma que cualquier persona pueda tener la
información completa sobre la investigación. Además,
señaló que uno de los comisionados ha tenido un grave
problema de ausentismo a las reuniones y vistas públicas,
por lo que existe una presunción de que este se está In re: Comisión Especial para Revisar el Funcionamiento del Programa de Educación Jurídica Continua 7
beneficiando de la documentación recopilada y de las
transcripciones para poder asumir su rol como
representante.3 Ello quiere decir que un nuevo integrante
también podría beneficiarse de esta información.
En este sentido, todos los miembros de la Comisión
Especial coinciden en que todavía están investigando y que
no han culminado los procesos deliberativos. Nos complace
que el Presidente de la Comisión Especial entienda que las
labores están muy adelantadas, pues ello pudiera querer
decir que podríamos esperar el informe final en las
próximas dos o tres semanas. No obstante, la realidad
reflejada por el propio Presidente es que no han terminado
con los hallazgos y las recomendaciones que nos
presentarán. Por ello, en estos momentos, una sustitución
en los representantes del sector público no provocará un
disloque que afecte los trabajos de la Comisión Especial.
En fin, no debemos intervenir con la facultad
delegada a los diferentes sectores de la profesión de
designar sus respectivos representantes. No podemos
utilizar como pretexto para cambiar el esquema de la
Comisión Especial la supuesta etapa adelantada de la
investigación o que se trate de una sustitución o renuncia
de uno de sus miembros. Así fue establecido mediante la
Resolución emitida y, como hemos hecho hasta ahora, debe
continuar respetándose la voluntad de cada sector.
3 Reacción del Colegio de Abogados de Puerto Rico a Comparecencia con Relación a Moción Informativa y Designación de Representantes Nombrados por la Honorable Procuradora General de Puerto Rico. In re: Comisión Especial para Revisar el Funcionamiento del Programa de Educación Jurídica Continua 8
Por todo lo anterior, disentimos del proceder de una
mayoría de este Tribunal y aceptaríamos los nombramientos
de la licenciada Pacheco Álvarez y del licenciado Alvarado
Rivera como representantes del sector público.
Federico Hernández Denton Juez Presidente |