In Re: Comisión Especial Para Revisar El Funcionamiento Del Programa De Educación Jurídica Continua
Opinion
EN EL TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO
In re:
2013 TSPR 46
Comisión Especial para Revisar el Funcionamiento del Programa de 188 DPR ____ Educación Jurídica Continua
Número del Caso: EN-2012-02
Fecha: 22 de abril de 2013
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EN EL TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO
In Re:
Comisión Especial para Revisar el Funcionamiento del EN-2012-02
Programa de Educación Jurídica Continua
RESOLUCIÓN
En San Juan, Puerto Rico, a 22 de abril de 2013.
A la “Moción informativa y designación de representantes nombrados por la Procuradora General”
en la que ésta nos informa que unilateralmente relevó y sustituyó dos miembros de una comisión de este Tribunal, no ha lugar. La composición de la Comisión Especial para Revisar el Funcionamiento del Programa de Educación Jurídica Continua sigue inalterada y las Lcdas. Vanessa Sánchez Mendiola y Jeannette Collazo Ortiz no han sido sustituidas. Una vez nombradas estas últimas a esa comisión especial de este Tribunal, el Procurador General cumplió su encomienda y cesó así su injerencia. Solo este Tribunal puede sustituir los integrantes de sus comisiones.
Nótese que la participación de los empleados públicos, como parte del proceso amplio de discusión promovido por este Tribunal, no puede afectarse por cambios de administraciones de ramas ajenas al Tribunal Supremo. Mucho menos puede catalogarse esa encomienda en la Comisión Especial como una que se llevará a cabo mientras goce de la confianza de la Oficina del Procurador General. Es decir, esa oficina solamente tuvo la encomienda de referirnos
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los dos representantes del sector público, no representantes de la confianza de la Procuradora General. Ante esa realidad, erró la Procuradora General en su apreciación y sus acciones dirigidas a reconfigurar una Comisión Especial creada por el Tribunal Supremo de Puerto Rico.
Lo acordó el Tribunal y certifica la Secretaria del Tribunal Supremo. El Juez Presidente señor Hernández Denton emitió un voto particular disidente a la cual se unieron la Jueza Asociada señora Fiol Matta y la Juez Asociada señora Rodríguez Rodríguez.
Aida Ileana Oquendo Graulau Secretaria Tribunal Supremo
EN EL TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO
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Voto Particular Disidente emitido por el Juez Presidente señor HERNÁNDEZ DENTON, al cual se unen las Juezas Asociadas señora FIOL MATTA y señora RODRÍGUEZ RODRÍGUEZ
San Juan, Puerto Rico, a 22 de abril de 2013.
Por entender que no debemos enmendar implícitamente el esquema de designación de representantes establecido para la Comisión Especial para Revisar el Funcionamiento del Programa de Educación Jurídica Continua (Comisión Especial), disentimos. En cambio, por los fundamentos expuestos a continuación, declararíamos con lugar la Moción Informativa y Designación de Representantes Nombrados… presentada por la Procuradora General.
I.
El 8 de abril de 2005, en virtud de nuestro poder inherente de reglamentar la profesión jurídica en Puerto Rico, aprobamos el Reglamento del Programa de Educación Jurídica
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Continua (PEJC). In re Aprobación del Reglamento del Programa de Educación Jurídica Continua, 164 D.P.R. 555 (2005). Tras varios años de su implementación, el 13 de febrero de 2012 este Tribunal emitió la Resolución In re: Comisión Especial para Revisar el Funcionamiento del Programa de Educación Jurídica Continua, 184 D.P.R. 538 (2012), en la cual se creó la Comisión Especial para realizar un estudio sobre el manejo y funcionamiento del PEJC. En esta Resolución, claramente se dispuso que la Comisión Especial estaría compuesta por:
(1) un representante del Colegio de Abogados de Puerto Rico, (2) un representante de la Asociación de Abogados de Puerto Rico (Puerto Rico Lawyers'
Association),(3) un representante del Federal Bar Association, Capítulo de Puerto Rico, (4) dos abogados que trabajen en el sector público, a quienes nombrará el Procurador General, y (5) cuatro abogados que trabajen en el sector privado. (Énfasis suplido). Íd., pág. 539.
Evidentemente, el propósito de este esquema es proveer la mayor participación de los diferentes sectores de la profesión a través de las entidades que los representan. Esto, mediante los nombramientos hechos por cada entidad.
En la misma Resolución concedimos un término de diez días a las diferentes organizaciones y al entonces Procurador General para que remitieran “los nombres de sus respectivos representantes”. (Énfasis suplido). Íd., pág. 540. También, nombramos los cuatro abogados representantes del sector privado, a saber: Lcdo. Héctor Ramos Díaz como Presidente, Lcdo. José L. Miranda de Hostos, Lcda. Ivelisse Moyano Ares y Lcdo. Edwin Ramos Rivera.
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Por su parte, el Colegio de Abogados de Puerto Rico presentó una Moción Informativa designando como su representante al Lcdo. Eduardo Villanueva Muñoz. La Asociación de Abogados de Puerto Rico presentó una carta en la cual escogió al Lcdo. Rafael Sánchez Hernández como su representante. El entonces Procurador General, Lcdo. Luis R. Román Negrón, compareció mediante Escrito en Cumplimiento de Resolución para nombrar a la Lcda. Jeannette M. Collazo Ortiz y a la Lcda. Vanessa Sánchez Mendiola. Así las cosas, el 24 de febrero de 2012, emitimos la Resolución EN-2012-3 en la que nos dimos por enterados de los escritos mencionados “en los que se designan a los siguientes miembros de la Comisión Especial…”. Es decir, aceptamos todos los nombramientos según propuestos.
Posteriormente, la Federal Bar Association compareció mediante Moción Informativa sobre Representante del FBA para informar que el Lcdo. Roberto A. Cámara Fuertes era el designado para representarla. Igualmente, emitimos la Resolución EN-2012-7 en la que aceptamos la designación hecha por esa institución.
De esta manera, quedó constituida la Comisión Especial de acuerdo a las designaciones hechas por cada grupo. Luego, el licenciado Ramos Díaz presentó una carta en la que expresó que “tanto el Procurador General como las organizaciones mencionadas cumplieron con esta disposición y designaron los representantes correspondientes” y solicitó que se convocara a la
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Comisión Especial para su primera reunión.1 (Énfasis suplido.)
La Comisión comenzó sus labores investigativas a partir de la primera reunión celebrada el 14 de junio de 2012. No obstante, mediante la Resolución EN-2012-3 emitida el 2 de julio de 2012, aceptamos una solicitud de cambio de representante sometida por el Colegio de Abogados de Puerto Rico. Una vez más, le reconocimos esa facultad de nombramiento a la organización.
Ahora bien, el 5 de abril de 2013 la Procuradora General, Hon. Margarita Mercado Echegaray, presentó la moción en cuestión designando como sus representantes a la Lcda. Karla Pacheco Álvarez y al Lcdo. Jesús Alvarado Rivera. Solicitó que releváramos a las licenciadas Collazo Ortiz y Sánchez Mendiola de sus labores y aceptáramos el nombramiento de los nuevos representantes del sector público. Sin embargo, una mayoría de este Tribunal deniega esta solicitud a pesar de lo dispuesto en In re: Comisión Especial para Revisar el Funcionamiento del Programa de Educación Jurídica Continua, supra, y del proceso seguido por este Tribunal para aceptar los nombramientos y sustituciones anteriores.
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