García v. Rexach

65 P.R. Dec. 526
CourtSupreme Court of Puerto Rico
DecidedDecember 19, 1945
DocketNúm. 9142
StatusPublished
Cited by4 cases

This text of 65 P.R. Dec. 526 (García v. Rexach) is published on Counsel Stack Legal Research, covering Supreme Court of Puerto Rico primary law. Counsel Stack provides free access to over 12 million legal documents including statutes, case law, regulations, and constitutions.

Bluebook
García v. Rexach, 65 P.R. Dec. 526 (prsupreme 1945).

Opinion

El Juez Asociado Señou De Jesús

emitió la opinión del tribunal.

José E. Rexach, estando casado con la demandada Sofía Rexach, llevó relaciones ilícitas con la demandante. En el curso de esas relaciones allá para el año 1932, Rexach en-tregó a la demandante nn sobre lacrado el cnal contenía nn documento aparentemente suscrito y firmado por él, qne dice así:

“En la ciudad de San Juan, Puerto Rico. Hoy fecha agosto catorce de mil novecientos treinta y dos escribo de mi puño y letra esta disposición testamentaria que deposito bajo la custodia del abogado notario Luis Sánchez Vahamonde para ser abierto después de mi muerte.
“Por esta voluntad declaro que lego a Dolores García Añé la cantidad de diez mil pesos oro americano cuya suma le será satis-fecha con el importe de una póliza de seguro por la cantidad de diez mil pesos que tengo en la Jefferson Standard Life no afecta a responsabilidad alguna.
“Y es mi voluntad que mis legítimos herederos cumplan esta obligación que les dejo sin examinar los motivos que la ocasionan.
“Agosto catorce de mil novecientos treinta y dos.
“Firmado
“José A. Rexach
“fechado 14 agosto 1932
“enmendado catorce vale.”

Al entregar a la demandante el sobre lacrado Rexach le dijo que lo entregase a un abogado quince o veinte días des-pués de su muerte y que tendrían que darle a ella lo que decía el documento. Posteriormente, el 3Q de enero de 1943, Rexach otorgó un testamento abierto el cual, entre otras disposiciones, contenía la siguiente:

"QuiNTO: Por el presente revoco todo testamento anterior, es-pecialmente el otorgado ante el Notario don Rafael Palacios Rodrí-guez en diez y siete de julio de mil novecientos veinte y ocho y el de fecha primero de julio del año mil 'novecientos cuarenta otorgado ante el notario, Luis Sánchez Vahamonde.”

[528]*528Rexach falleció el 10 de febrero de 1944 bajo el testa-mento de 30 de enero' de 1943 y la demandante, quien había conservado el sobre, siguiendo las instrucciones de Rexach, Lo entregó al abogado Hipólito Marcano, quien lo abrió y extrajo el alegado testamento el cual no ha sido' protocoli-zado.

Basándose en el referido documento la demandante instó este pleito contra la demandada, la viuda de Rexach, la cual había cobrado dos pólizas por $10,000 cada una expedidas por la Jefferson Standard Life sobre la vida de José R. Rexach, en las cuales figuraba la demandada como beneficia-rla. Bajo la teoría de que el documento de 14 de agosto de 1932 es un testamento ológrafo y que la disposición que el mismo contiene a favor de la demandante es un fideicomiso, en el cual la demandante es la fideicomisaria y la demandada la fiduciaria, la demandante instó este pleito en cobro de la cantidad de $10,000 importe de la póliza mencionada en el documento, con intereses y daños.

La corte inferior considerando el caso en sus méritos, llegó a la conclusión de que no existe el alegado fideicomiso y que aunque hubiera existido, quedó sin efecto por haberse constituido en un testamento que fue expresamente revocado, el cual, por no haber sido protocolizado, no era válido. Be conformidad con esa conclusión dictó sentencia declarando sin lugar la demanda.

Con arreglo al art. 835 del Código Civil, en un testamento puede constituirse un fideicomiso para tener efecto después de la muerte del fideieomitente.

Aparentemente

Free access — add to your briefcase to read the full text and ask questions with AI

Related

Transamerica Occidental Life Insurance v. Febles Gordián
170 P.R. 804 (Supreme Court of Puerto Rico, 2007)
Quiñones Arroyo v. Escalera Irizarry
99 P.R. Dec. 962 (Supreme Court of Puerto Rico, 1971)
Luperena v. Autoridad de Transporte de Puerto Rico
79 P.R. Dec. 464 (Supreme Court of Puerto Rico, 1956)
Delgado Rodríguez v. Registrador de la Propiedad de Guayama
79 P.R. Dec. 40 (Supreme Court of Puerto Rico, 1956)

Cite This Page — Counsel Stack

Bluebook (online)
65 P.R. Dec. 526, Counsel Stack Legal Research, https://law.counselstack.com/opinion/garcia-v-rexach-prsupreme-1945.