Fidalgo Colón v. Administración del Derecho al Trabajo

112 P.R. Dec. 1
Supreme Court of Puerto Rico·Decided January 19, 1982·No. Número: O-79-521·Published·Cited by 3 cases

Opinion

El Juez Asociado Señor Martín

emitió la opinión del Tribunal.

Este caso plantea un aspecto de la transición entre la Ley de Personal de 1947, Ley Núm. 345 de 12 de mayo, y la nueva Ley de Personal, la Núm. 5 de 14 de octubre de 1975: si un empleado regular de una agencia totalmente comprendida dentro del Servicio Exento bajo la Ley de 1947 que fue ascendido como empleado regular a un puesto en el cual prestaba servicios directamente al jefe de la [2]*2agencia, tiene derecho, al entrar en vigor la nueva Ley de 1975 y convertirse el puesto que tenía en uno de confianza, a ser reubicado en un puesto de carrera reteniendo el sueldo del puesto anterior.

El 13 de junio de 1973 la recurrida Belén Fidalgo Colón comenzó a trabajar en la Administración del Derecho al Trabajo (A.D.T.) como Técnico de Planificación V. Con-forme la ley especial que creó la A.D.T., Ley Núm. 115 de 21 de junio de 1968, todo el personal de dicha agencia per-tenecía al Servicio Exento comprendido bajo la Ley de Personal de 1947, pero estaba protegido por los principios del sistema de mérito.

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Fidalgo Colón v. Administración del Derecho al Trabajo, 112 P.R. Dec. 1 (prsupreme 1982).

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