El Pueblo De Puerto Rico v. Santiago Oyola, Andres

Tribunal De Apelaciones De Puerto Rico/Court of Appeals of Puerto Rico·Decided July 24, 2025·No. KLAN202400848·Published

Opinion

Estado Libre Asociado de Puerto Rico TRIBUNAL DE APELACIONES

PANEL ESPECIAL

EL PUEBLO DE PUERTO Apelación RICO procedente del Tribunal de

Apelado Primera Instancia, Sala

KLAN202400848 Superior de v. Caguas

Caso Núm.:

ANDRÉS SANTIAGO OYOLA E EC2024G0001

Apelante Sobre:

Art. 127.C C.P.

Grave (2012)

Panel integrado por su presidenta, la Jueza Cintrón Cintrón, la Jueza Rivera Marchand y la Juez Barresi Ramos

Rivera Marchand, Jueza Ponente SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 24 de julio de 2025.

Comparece ante esta Curia, por derecho propio y de forma pauperis,1 el señor Andrés Santiago Oyola (señor Santiago Oyola o Apelante). Implora en su recurso que revoquemos un dictamen que emitió el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Caguas (TPI o foro primario), mediante el cual, lo condenó a dos (2) años de prisión por cometer el delito de explotación financiera en contra de la señora Rosa Ivette Aponte Rodríguez (señora Aponte Rodríguez), persona de edad avanzada.

Por los fundamentos que expondremos a continuación, confirmamos el dictamen apelado.

I.

Por hechos acaecidos el 10 de junio de 2022,2 el Ministerio Público presentó una acusación en contra del señor Santiago Oyola

1 Mediante una Resolución, emitida el 30 de octubre de 2024, declaramos Ha Lugar la Solicitud y Declaración para que se exima de pago de arancel por razón de indigencia que instó el señor Santiago Oyola, por lo cual, se le eximió de cancelar los aranceles correspondientes. 2 Cabe señalar que, surge de la acusación que los hechos objeto de este pleito

ocurrieron el 16 de junio de 2022. Sin embargo, la señora Aponte Rodríguez aclaró durante el contrainterrogatorio que, acudió al banco a realizar el retiro el 10 de

Número Identificador SEN2025 ________________

por infringir el Artículo 127-C del Código Penal de Puerto Rico de 2012 (explotación financiera a personas de edad avanzada), Ley Núm. 146-2012, 33 LPRA sec. 5186c. Durante el juicio por tribunal de derecho,3 el Ministerio Público presentó los siguientes documentos estipulados por las partes: Exhibit 1-Certificado de nacimiento de la señora Rosa Ivette Aponte Rodríguez; Exhibit 2- Mensajes a través de WhatsApp; Exhibit 3-Advertencias Miranda; Exhibit 4-orden o subpoena dirigida al Banco Popular de Puerto Rico en solicitud de información relacionada al retiro de $80,000.00, realizado el 16 de junio de 2022, contra la cuenta #785200022; Exhibit 5-Informe de incidentes (PPR 621.2), fechado el 13 de diciembre de 2023.4 Por su parte, la defensa presentó como prueba documental otro Informe de incidentes (PPR 621.1), con fecha de 8 de junio de 2023, identificado como Exhibit 1 de la defensa, sin objeción del Ministerio Público.5 Como prueba oral, el Ministerio Público presentó los testimonios de la señora Aponte Rodríguez y del Agente Ángel Ramos Torres (Agente Ramos Torres), los cuales resumimos a continuación.

Señora Aponte Rodríguez:

Comenzó su testimonio expresando que nació, el 26 de diciembre de 1959, en el Bronx, Nueva York.6 Declaró que conoció al señor Santiago Oyola un sábado durante el mes de marzo de 2022, mientras almorzaba con su hija en un food truck llamado Emma’s Pizza, cuando este se les acercó y preguntó si se podía sentar en la misma mesa que ellas, a lo cual accedieron.7 A su vez relató que, sostuvieron una conversación sobre su interés de vender

junio de 2022 aunque dicha transacción se reflejó en su estado de cuenta el 16 de junio de 2022. Transcripción de la Prueba Oral (TPO), pág. 53, líneas 23-30. 3 El juicio se celebró el 9 de abril de 2024, y los días 14, 17 y 20 de mayo de 2024. 4 TPO, pág. 86, línea 30. 5 Íd., pág. 96, línea 30. 6 Íd., pág. 13, líneas 6-25. A esos efectos, y por estipulación, el certificado de

nacimiento se marcó como Exhibit 1. 7 Íd., pág. 14, líneas 19-31; pág. 15, líneas 1-5.

una guagua marca Honda modelo Pilot, luego de que el señor Santiago Oyola les comentó que se dedicaba a la compra y venta de vehículos.8 Añadió que, mantuvieron comunicación a diario por WhatsApp o personalmente porque comenzó a visitarla.9 Sostuvo que, luego de que el señor Santiago Oyola la ayudó a vender su guagua, comenzaron una relación consensual para mayo del año 2022.10 Detalló que, el señor Santiago Oyola le ofreció una relación seria, seguridad y estabilidad,11 durante los cuatro (4) meses que mantuvieron su relación.12 Atestó que, el señor Santiago Oyola le ofreció matrimonio y una casa bella, de lo cual se convenció que era real por su trato hacia ella, el cual describió como: “siempre estaba bien pendiente […] a mis hijos y a mí, siempre estaba preguntándome cómo estaba, qué necesitaba, qué podía hacer por mí, en qué forma podía ayudarme. Siempre me decía que cada día más se enamoraba de mí, que yo era su princesa, que mis hijos iban a ser sus hijos…que todo lo que tenía iba a ser mío, e…que íbamos a levantar un hogar juntos.”13 A preguntas del Ministerio Público expresó que, cada vez que hablaban sobre los planes del futuro, el señor Santiago Oyola le preguntaba si contaba con dinero guardado para comprar otra guagua y para planificar el matrimonio.14 Narró que, el 16 de junio de 2022, fue al Banco Popular con el señor Santiago Oyola a retirar $80,000.00.15 Añadió que, el señor Santiago Oyola le representó que podía invertir y triplicar ese dinero porque “pertenecía a una sociedad de personas de cuello blanco, policías, gente del gobierno, etc. [. . .] que se dedicaban a la compra y venta de autos, etc. pero

8 Íd., pág. 15, líneas 12-16. 9 Íd., pág. 15, líneas 26-31. 10 Íd., pág. 19, líneas 28-31. 11 Íd., pág. 17, líneas 6-13. 12 Íd., pág. 19, línea 4. 13 Íd., pág. 20, líneas 8-10; pág. 21, líneas 10-15. 14 Íd., pág. 23, líneas 8-12, 22-24. 15 Íd., págs. 23 y 24, líneas 30 y 14, 15 y 20.

que nadie podía entrar ni salir. Pero que como él era socio, él podía [. . .] meter el dinero a esa sociedad y tripicarlo”.16 Agregó que, previo a efectuar el retiro, continuaba con dudas de si debía hacerlo porque dentro de esa cantidad había $35,000.00 del préstamo estudiantil de su hija.17 Detalló que, el señor Santiago Oyola le prometió que con ese dinero, su hija no tendría que volver a coger otro préstamo estudiantil, su hijo podría comprar una casa y estos podrían construir la casa que este le había mostrado por WhatsApp.18 Atestó que, la noche antes de ir al banco, el señor Santiago Oyola la convenció de retirar el dinero cuando le dijo, de manera insistente, que la mesa de su casa estaba verde, debido a que todos ya habían dado el dinero, que solo faltaba ella y que si no invertía su dinero se quedaría fuera del negocio.19 Informó que, el señor Santiago Oyola le mencionó que pondría $20,000.00 para que la cantidad aumentara a $100,000.00 de manera que la ganancia fuera más.20 Añadió que, el señor Santiago Oyola volvió a insistirle que invirtiera y le dijo que pensara en sus hijos y en todo lo que ellos no tendrán que pagar.21 Sostuvo que sintió miedo, que se sintió presionada y, como resultado, le dijo que pasara por ella al día siguiente para ir a retirar el dinero.22 Continuó relatando que, al otro día, el señor Santiago Oyola llegó a la casa a recogerla y le dijo que vaciara la cartera y se llevara solamente su identificación.23 Añadió que, a su llegada al banco, estaba bien nerviosa, en duda de si lo estaba haciendo bien o mal, y expresó no haber consultado lo antes con su hija para darle la sorpresa.24 Testificó que, al entregar la hoja de retiro a la “teller”,

16 Íd., pág. 24, líneas 23-31. 17 Íd., pág. 25, en las líneas 19-20. 18 Íd., pág. 26, en las líneas 17-21. 19 Íd., pág. 26, líneas 29-31 y pág. 27, líneas 1-4. 20 Íd., pág. 27, líneas 6-13. 21 Íd., pág. 27, líneas 8-10. 22 Íd., pág. 27, líneas 15-16. 23 Íd., pág. 27, líneas 18-21. 24 Íd., pág. 28, líneas 1-4.

Free access — add to your briefcase to read the full text and ask questions with AI

El Pueblo De Puerto Rico v. Santiago Oyola, Andres, (prapp 2025).

El Pueblo De Puerto Rico v. Santiago Oyola, Andres (El Pueblo De Puerto Rico v. Santiago Oyola, Andres) — published by Counsel Stack Legal Research, free access to 12M+ legal documents.

Related

Pueblo v. Cabán Torres
117 P.R. Dec. 645 (Supreme Court of Puerto Rico, 1986)
El Pueblo de Puerto Rico v. Pagán Santiago
130 P.R. Dec. 470 (Supreme Court of Puerto Rico, 1992)
Pueblo v. Torres Rivera
137 P.R. Dec. 630 (Supreme Court of Puerto Rico, 1994)
Pueblo v. Chévere Heredia
139 P.R. Dec. 1 (Supreme Court of Puerto Rico, 1995)