El Pueblo De Puerto Rico v. Quiles Lopez, Pedro Antonio

CourtTribunal De Apelaciones De Puerto Rico/Court of Appeals of Puerto Rico
DecidedFebruary 28, 2023
DocketKLCE202300087
StatusPublished

This text of El Pueblo De Puerto Rico v. Quiles Lopez, Pedro Antonio (El Pueblo De Puerto Rico v. Quiles Lopez, Pedro Antonio) is published on Counsel Stack Legal Research, covering Tribunal De Apelaciones De Puerto Rico/Court of Appeals of Puerto Rico primary law. Counsel Stack provides free access to over 12 million legal documents including statutes, case law, regulations, and constitutions.

Bluebook
El Pueblo De Puerto Rico v. Quiles Lopez, Pedro Antonio, (prapp 2023).

Opinion

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE APELACIONES PANEL VIII

EL PUEBLO DE Recurso de certiorari PUERTO RICO procedente del Recurrida Tribunal de Primera Instancia, Sala v. KLCE202300087 Superior de Mayagüez

Caso Núm. PEDRO ANTONIO ISCR200601377 QUILES LÓPEZ Peticionario Sobre: Art. 198/Robo

Panel integrado por su presidenta, la Jueza Domínguez Irizarry, la Jueza Rivera Marchand y la Jueza Aldebol Mora

Rivera Marchand, Jueza Ponente

RESOLUCIÓN

En San Juan, Puerto Rico, a 28 de febrero de 2023.

Comparece ante nos, Pedro A. Quiles López (peticionario o

Quiles López), y solicita que revoquemos la Resolución emitida por

el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Mayagüez (TPI o foro

primario), el 18 de octubre de 2022, notificada el 22 de noviembre

de 2022. Mediante su dictamen, el foro primario, en lo atinente,

mantuvo en efecto la pena por reincidencia habitual dictada en la

Sentencia de epígrafe.

Por los fundamentos que exponemos a continuación, procede

denegar la expedición del auto de certiorari. Veamos.

I.

En mayo de 2006, Quiles López fue acusado por infracciones

a los delitos de robo, tentativa de robo y robo agravado, Artículos

198 y 199 del entonces vigente Código Penal de 2004, Ley Núm. 149-

2004, 33 LPRA secs. 4826 y 4827, y por infracción al delito de

portación ilegal de armas, Artículo 5.04 de la hoy derogada Ley Núm.

404-2000, conocida como la Ley de Armas de Puerto Rico, 25 LPRA

Número Identificador:

RES2023________ KLCE202300087 2

sec. 458c.1 En el pliego acusatorio presentado por el Ministerio

Público (recurrido), Quiles López hizo alegación de reincidencia

habitual por los siguientes casos:

Núm. Delito Fecha Sentencia Fecha de Caso Hechos Disp. Fin. ISC02G0315 Art. 4 de octubre de 2001 3 años 1 de mayo de 2002 404-A SC ISC02G0316 Art. 4 de octubre de 2001 3 años 1 de mayo de 2002 404-A SC ISC02G0654 Art. 22 de junio de 2002 2 años 29 de agosto de 2002 404 SC

Así las cosas, el 25 de agosto de 2006, el TPI dictó Sentencia

en la cual impuso una pena global de ciento cincuenta y ocho (158)

años de cárcel, de los cuales noventa y nueve (99) años fueron por

reincidencia habitual.2

Inconforme, Quiles López radicó una Apelación ante esta

Curia y mediante Sentencia emitida el 23 de abril de 2007, con

designación alfanumérica KLAN200601214, un panel hermano

confirmó la referida sentencia condenatoria.3

Tiempo después, el 28 de diciembre de 2021, el peticionario

instó una Moción Urgente Solicitada al Amparo de la Regla 192.1 de

Procedimiento Criminal para Modificar la Sentencia Impuesta.4 En lo

pertinente, arguyó que, para sustentar la alegación de reincidencia

habitual, el Ministerio Público no alegó una convicción previa que

fuera por la infracción de los Arts. 401, 405, 411 y 411(a) de la Ley

de Sustancias Controladas de Puerto Rico, 24 LPRA secs. 2401,

2405, 2411 y 2411a, según dispone el Art. 81(c) del Código Penal de

2004, 33 LPRA sec. 4709. En específico, argumentó que el Art. 404

1 Anejo III, págs. 3-4. 2 Anejo IV, pág. 5. 3 Cabe destacar que Quiles López acudió ante esta Curia mediante Petición de

Certiorari impugnando la denegatoria de una moción sobre su cuestionamiento a la reincidencia habitual, entre otros asuntos, ante el foro primario para que se corrigiera su Sentencia, al amparo de la Regla 185 de Procedimiento Criminal, 34 LPRA Ap. II, R. 185. Evaluado el petitorio, mediante Resolución emitida el 5 de febrero de 2019, con designación alfanumérica KLCE201801744, un panel hermano acogió la petición al amparo de la Regla 192.1 de Procedimiento Criminal y denegó la expedición del auto solicitado. 4 Anejo V, págs. 6-24. KLCE202300087 3

de la Ley de Sustancias Controladas, supra, estaba excluido de ser

utilizado para justificar la alegación de reincidencia habitual del Art.

81(c) del Código Penal de 2004, supra. Según adujo, el Art. 81(c) del

Código Penal de 2004, supra, expresamente disponía que, para

poder aplicar la reincidencia habitual, la persona tenía que resultar

culpable por un nuevo delito por violación a los Arts. 401, 405, 411

o 411(a) de la Ley de Sustancias Controladas, supra. Asimismo,

sostuvo que la Asamblea Legislativa dejó fuera de la aplicación de la

reincidencia habitual cualquier comisión de delito en violación al

restante de los artículos de la Ley de Sustancias Controladas, supra,

incluyendo su Art. 404. Basado en lo anterior, planteó que la

Sentencia con reincidencia habitual impuesta en el caso de autos

fue en violación a nuestro ordenamiento jurídico.

En respuesta, el Ministerio Público se opuso.5 Alegó que, del

tracto procesal surgía que luego de ser sentenciado, Quiles López

utilizó los mecanismos disponibles para apelar la Sentencia que le

fue impuesta. Expuso que, lo propuesto por Quiles López, en

particular los cuestionamientos sobre la aplicación de la

reincidencia habitual aceptada por este, fueron debidamente

evaluados y adjudicados, por lo que constituían cosa juzgada. Por lo

anterior, sostuvo que no procedía lo solicitado.

Evaluado lo anterior, el TPI emitió la Resolución recurrida,

mediante la cual y pertinente al recurso ante nos, mantuvo en efecto

la pena por reincidencia habitual dictada en la Sentencia de

epígrafe.6 Expresó que, a los fines de determinar la aplicación de la

reincidencia habitual, el Ministerio Público debía probar que Quiles

López había cometido uno de los delitos comprendidos en el Art.

81(c) del Código Penal de 2004, supra. Sobre ello, particularizó que,

en el caso de autos, entre los delitos por los cuales fue acusado y

5 Anejo VII, págs. 26-30. 6 Anejo VIII, págs. 31-36; Anejo IX, pág. 37. KLCE202300087 4

convicto Quiles López se encontraba el robo agravado, clasificado

como un delito grave de segundo grado, y, además, que este había

sido convicto y sentenciado por dos (2) delitos graves por violaciones

a la Ley de Sustancias Controladas, supra. Razonó que los Arts. 401,

405, 411 o 411(a) de la Ley de Sustancias Controladas, supra, eran

los únicos por los cuales, de resultar convicto en un procedimiento

posterior, permitirían aplicar la reincidencia habitual por la

convicción de delitos graves en tiempos diversos e independientes.

No obstante, concluyó que los citados artículos eran adicionales al

delito grave de primer grado o un delito grave de segundo grado o

cualquier delito grave en violación a la Ley de Explosivos de Puerto

Rico, Ley Núm. 134 de 28 de junio de 1969, 25 LPRA sec. 561 et

seq., y a la Ley Contra el Crimen Organizado, Ley Núm. 33 de 13 de

junio de 1978, 25 LPRA sec. 971 et seq. Además, añadió que Quiles

López aceptó la alegación de reincidencia habitual, previo a

comenzar el juicio, relevando así al Ministerio Público de presentar

prueba sobre ello durante el juicio.

En desacuerdo, el 6 de diciembre de 2022, Quiles López

presentó una solicitud de reconsideración.7 Por su parte, el

Ministerio Público se opuso.8

Tras la denegatoria del petitorio de reconsideración,9 y en

desacuerdo aún, el peticionario acudió ante esta Curia mediante

recurso de certiorari, el 27 de enero de 2023, y le imputó al foro

primario la comisión del siguiente error:

Free access — add to your briefcase to read the full text and ask questions with AI

Related

El Pueblo de Puerto Rico v. Reyes Morán
123 P.R. Dec. 786 (Supreme Court of Puerto Rico, 1989)
El Pueblo de Puerto Rico v. Rivera Crespo
167 P.R. Dec. 812 (Supreme Court of Puerto Rico, 2006)

Cite This Page — Counsel Stack

Bluebook (online)
El Pueblo De Puerto Rico v. Quiles Lopez, Pedro Antonio, Counsel Stack Legal Research, https://law.counselstack.com/opinion/el-pueblo-de-puerto-rico-v-quiles-lopez-pedro-antonio-prapp-2023.