Dunamis Construction, Corp. v. Municipio De Corozal; Junta De Subastas Del Municipio De Corozal

Tribunal De Apelaciones De Puerto Rico/Court of Appeals of Puerto Rico·Decided November 21, 2025·No. TA2025RA00212·Published

Opinion

Estado Libre Asociado de Puerto Rico TRIBUNAL DE APELACIONES

PANEL VIII

DUNAMIS REVISIÓN CONSTRUCTION, CORP. JUDICIAL Procedente de la

Recurrente Junta de Subasta del Municipio de

v. Corozal TA2025RA00212

MUNICIPIO DE COROZAL; Caso Núm.: JUNTA DE SUBASTAS 008-2025-2025 DEL MUNICIPIO DE COROZAL Sobre:

Impugnación de

Recurridos Adjudicación y de Notificación de

ENVIRO-TAB, INC. Adjudicación de Licitador Agraciado Subasta Núm.

008-2025-2025,

para las Mejoras

a Facilidades del

Polideportivo de

Corozal

Panel integrado por su presidenta, la jueza Lebrón Nieves, el juez Pagán Ocasio y la jueza Álvarez Esnard.

Álvarez Esnard, jueza ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 21 de noviembre de 2025.

Comparece ante nos Dunamis Construction, Corp.

(“Recurrente” o “Dunamis”) mediante Recurso de Revisión recibido el 2 de septiembre de 2025. Nos solicita la revisión de una determinación emitida por la Junta de Subastas del Municipio de Corozal (“la Junta”) el 20 de agosto de 2025 y notificada el 23 de agosto de 2025. Por virtud del aludido dictamen, la Junta adjudicó la buena pro de la subasta 008-2024-20251, sobre mejoras a las facilidades del Polideportivo de Corozal, a Enviro-Tab, Inc. (“Enviro- Tab” o “licitador agraciado”).

1 Contrario al número de subasta consignado en el epígrafe, surge del expediente recibido por esta Curia que el número correcto de la subasta es el 008-2024-2025.

Por los fundamentos que expondremos a continuación, confirmamos el dictamen recurrido.

I.

Conforme surge del expediente , el 30 de abril de 2025, la Junta publicó Aviso de Subasta Núm. 008-2024-2025 para la contratación de servicios de construcción dirigidos a la revitalización de la ciudad, particularmente para realizar mejoras a las facilidades del Polideportivo del Municipio de Corozal.2 En lo que concierne, el aviso incluía las fechas importantes del proceso de subasta. Entre ellas, señalaba que la reunión pre-subasta se llevaría a cabo el 16 de mayo de 2025, y las ofertas debían ser sometidas en o antes del 5 de junio de 2025. Cabe señalar que, el aviso indicaba que la asistencia a la reunión pre-subasta no era compulsoria, aunque sí recomendada.3 Así pues, el 16 de mayo de 2025, se celebró la reunión pre-

subasta, cuyas incidencias quedaron recogidas en el Acta Núm. 033.4 Según surge de esta, a la reunión comparecieron un total de nueve (9) licitadores, entre ellos, Dunamis. Durante la reunión, se explicaron los detalles del proyecto y los requisitos mandatorios para participar del proceso de subasta, así como el alcance de la oferta y la forma de ofertar. En ese contexto, y en lo pertinente, el Presidente de la Junta, señor Juan E. Díaz Rivera (“Presidente”), indicó lo siguiente:

El presidente informa que este es un proyecto importante para el Municipio, esta instalación es legendaria en nuestro pueblo y queremos reabrir el espacio. El corazón de este proyecto es la piscina, y tiene sus detalles en lo que es el proyecto. Los planos y especificaciones explican que hay que realizar una prueba de presión a los [sic] que es la tubería existente para determinar si pasa o no la prueba. A la hora de presentar la oferta tienen que presentar las dos opciones, una con la prueba de presión pasando y otra con la prueba de presión fallando, cual sería el plan y el

2 Véase, Sistema Uniforme de Manejo y Administración de Casos del Tribunal de Apelaciones (SUMAC-TA), Entrada 1, Apéndice 3, pág. 006.

3 Íd. 4 Véase, Expediente de Subasta Núm. 008 2024-2025, págs. 830-836.

costo por los dos escenarios. Es importante que tengamos los dos. (Énfasis nuestro).5

Posteriormente, el 2 de julio de 2025, la Junta llevó a cabo la apertura de las ofertas recibidas. Según se desprende del Acta Núm. 0016, se detallaron y aceptaron tres (3) propuestas, presentadas individualmente por Enviro-Tab, Dunamis y Rebuilders PR, LLC. Conviene señalar que, luego de concluida la apertura, el representante de Enviro-Tab, el señor Edwin Peña, indicó que Dunamis y Rebuilders PR, LLC no presentaron ofertas para la alterna, según requerido. Ante ello, la Secretaria de la Junta hizo constar que “de un examen del Exhibit C “Cost Form” no se logra identificar. No obstante, las ofertas serán evaluadas al detalle para determinar si fueron incluidas en alguno de los documentos adicionales”.7 Posteriormente, el 19 de agosto de 2025, la Junta realizó otra reunión para dar paso a la adjudicación de la subasta.8 En ese contexto, se hizo constar que las propuestas recibidas fueron evaluadas por la firma Applied Engineering Group, PSC. Tras su análisis, la firma hizo varias recomendaciones, a saber: (1) solicitar aclaraciones o revisiones a los licitadores en las sumas totales de las cuantías declarados en los formularios de costos y las sumatorias reales de las partidas; (2) aclarar el manejo de alternas y, (3) evaluar posibles reducciones al alcance del diseño.

Ante ello, el Presidente de la Junta informó que se había realizado una consulta con el Departamento de la Vivienda de Puerto Rico, toda vez que los costos propuestos excedían el presupuesto estimado, y era dicha agencia quien manejaba los fondos disponibles para llevar a cabo el proyecto. De conformidad al Acta Núm. 006, la Junta realizó la siguiente consulta:

5 Íd., pág. 834. 6 Íd., págs. 1756-1758. 7 Íd., pág. 1757. 8 Íd., págs. 1760-1764.

[…]

Municipio de Corozal realizó una segunda subasta pública para la cual se recibieron tres ofertas. Nuevamente todas sobre el presupuesto estimado. Se realizó el análisis por parte del diseñador y todas cumplen con los requisitos de la subasta. Estamos en posición de retirar ítems para alcanzar el presupuesto y solicitamos que Vivienda nos autorice a continuar el proceso y nos indique la manera correcta para cumplir con el programa.9

Evaluada la consulta, el Departamento de Vivienda expuso que el Municipio de Corozal había informado “desde el inicio sobre la posibilidad de adjudicar la subasta por renglón y se explicó el proceso que se llevaría a cabo.”10 Así pues, consideró que adjudicar la subasta de conformidad “a los parámetros establecidos cumpliría con el procedimiento.”11 A tenor de dicha sugerencia, la Junta eliminó varias partidas y se concentró en la alterna para el Sistema Hidráulico de la Piscina.

Por otra parte, y en atención a las recomendaciones de la firma evaluadora, la Junta examinó lo correspondiente a la alterna y concluyó que Dunamis y Rebuilders PR, LLC “no cumplieron con el requisito de presentar una alterna y poner en posición al Municipio de conocer el costo adicional para realizar el nuevo sistema hidráulico de la piscina en el escenario del sistema existente no pasar la prueba de presión”.12 Detalló que ambas compañías presentaron el documento identificado como Cost Form con un “N/A”.13 A esos efectos, la Junta eliminó las partidas identificadas de la propuesta de Enviro-Tab, y razonó que, con la reducción, su oferta se mantenía dentro del presupuesto. Así pues, los miembros de la Junta acordaron adjudicar el proyecto.

Consecuentemente, el 20 de agosto de 2025, notificada el día 23 del mismo mes y año, la Junta emitió su determinación y

9 Íd., pág. 1762. 10 Íd. 11 Íd., págs. 1762-1763. 12 Íd., pág. 1764. 13 Íd., pág. 1763.

adjudicó la buena pro a Enviro-Tab.14 A través de la notificación correspondiente, la Junta hizo constar que su determinación estuvo basada en lo siguiente:

1. Requisito de Oferta y Alterna:

a. Las Ofertas presentadas por las compañías Rebuilders PR, LLC y Dunamis Construction, Corp. no cumplen con las especificaciones y condiciones de la Subasta. Según establecido, en el Exhibit C “Cost Form” las compañías tenían que presentar costo por una alterna al proyecto para el Sistema Hidráulico de la Piscina, lo cual no fue presentado.

b. Durante el proceso de Pre-Subasta la Junta fue enfática en que todos los documentos debían ser completados en su totalidad, Attachment y Exhibits, ya que el no completar alguno de los documentos sería causa para determinar que no se cumple con lo requerido.

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Dunamis Construction, Corp. v. Municipio De Corozal; Junta De Subastas Del Municipio De Corozal, (prapp 2025).

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