Consejo Tit Cond Terrazas De San Juan v. Unlimited Construction, Inc.

CourtTribunal De Apelaciones De Puerto Rico/Court of Appeals of Puerto Rico
DecidedSeptember 28, 2023
DocketKLRA202300332
StatusPublished

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Consejo Tit Cond Terrazas De San Juan v. Unlimited Construction, Inc., (prapp 2023).

Opinion

Estado Libre Asociado de Puerto Rico TRIBUNAL DE APELACIONES PANEL X

CONSEJO TITULARES Revisión Judicial DEL CONDOMINIO Procedente del TERRAZAS DE SAN Departamento de Asuntos JUAN; SR. PEDRO del Consumidor MONTALVO, KLRA202300332 PRESIDENTE Caso Núm.: Recurrida SAN-2022-0010612

v. Sobre: UNLIMITED Ley Núm. 5 de 23 de abril CONSTRUCTION, INC.; de 1973 (Ley Orgánica de UNIVERSAL DACO) INSURANCE COMPANY

Recurrente

Panel integrado por su presidente el Juez Rodríguez Casillas, la Jueza Mateu Meléndez y el Juez Marrero Guerrero.

Mateu Meléndez, Jueza Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 28 de septiembre de 2023.

El 5 de julio de 2023, Unlimited Construction, Inc. (en adelante,

Unlimited o recurrente) sometió ante la consideración de este Tribunal de

Apelaciones una Revisión judicial de decisión administrativa en la que nos

solicita la revocación de la Resolución administrativa emitida el 28 de abril de

2023 y notificada el 4 de mayo de 2023 por el Departamento de Asuntos del

Consumidor (en adelante, DACo). Por virtud del aludido dictamen, el

DACo declaró Con Lugar la Querella instada por el Consejo de Titulares del

Condominio Terrazas de San Juan (en adelante, parte recurrida).

Examinado el legajo apelativo, resolvemos confirmar la decisión

recurrida.

I

Según demuestra el expediente, el 3 de enero de 2022 la parte

recurrida instó ante el DACo y contra la recurrente una Querella en la que,

Número Identificador

SEN2023 _________________ KLRA202300332 2

en síntesis, alegó haber suscrito un contrato con Unlimited para unos

trabajos relacionadas a las tejas de 13 edificios y que la recurrente no ejecutó

el contrato adecuadamente. Así, solicita el cumplimiento específico del

contrato y el pago de una compensación por daños, así como costas y

honorarios de abogado. En la alternativa, se solicita que se obligue a

Universal Insurance Company- aseguradora con la que Unlimited contrató

el correspondiente Performance Bond, al desembolso de la fianza, de manera

que pueda culminarse los trabajos y reparar las filtraciones que algunos

residentes del condominio sufren.

Tras los trámites de rigor, la vista administrativa fue celebrada los

días 23 de enero de 2023 y el 16 de marzo de 2023. Recibida la prueba, el 28

de abril de 2023, el DACo emitió su Resolución. En esta, formuló 33

determinaciones de hechos en virtud de las que determinó como a

continuación se transcribe:

En el presente caso la parte querellada, tenía la obligación de prestar los servicios para los cuales fue [contratada] según se había estipulado entre las partes, construcción en la residencia de la parte querellante. La prueba que obra en el expediente administrativo demostró que la parte querellada incumplió su obligación al no realizar un trabajo satisfactorio, veamos.

En la querella de epígrafe, la Querellada fue contratada para realizar unos trabajos de construcción en los edificios de la Querellante, específicamente, debía remover 7,840 pies cuadrados de tejas que habían sufrido daños tras los embates de los huracanes Irma y María. Además, debían trabajar el área de las rejas removidas para poder instalar nuevas tejas en dichas áreas. Es decir, debía limpiar y trabajar en el techo para sellar el área e instalar las nuevas tejas. En cuanto a costos relevantes a esta resolución, las tejas tenían un costo de $38,240.00 y el sellador de techo tenía un costo de $33,600.00. La prueba demostró que la Querellante tuvo que contratar un nuevo contratista para trabajar filtraciones persistentes, las cuales se subsanan mediante la instalación de sabaletas en 34 áreas a un costo lump sum de $300 por área trabajada. Esto, toda vez que los trabajos realizados por Unlimited resultaron insuficientes para sellar las filtraciones en esas áreas.

Según el propio contrato entre las partes, el sellado de las áreas a trabajarse era cuantificablemente equivalente al costo de las tejas, por lo cual este Departamento entiende que el sellado de las áreas era una condición esencial de ese contrato y dicha condición fue incumplida o defectuosamente ejecutada causando que la Querellante incurriera en costos adicionales de flashing para subsanar las filtraciones persistentes. Sin embargo, la prueba también demostró que la Querellada no trabajó sobre toda la superficie de los techos, razón por la cual el DACO está tomando como medida de costos, excluyendo KLRA202300332 3

bajo el derecho abajo aplicado el costo estimado por el Sr. Amador y sustituyéndolo por el Sr. Morales, la cantidad de $300 x 34= $10,200.00.

Se utiliza la medida de costos presentada por la Querellante, toda vez que la parte Querellada, correctamente alegó que la Regla 14.4 del Reglamento de Procedimientos Adjudicativos del DACO, que dispone que:

“La persona encargada de la investigación o inspección, luego de culminada, preparará en forma detallada un informe que cubra toda la investigación. El informe deberá ser claro y conciso conteniendo un estimado de costos detallado de las piezas, artículos, materiales y la cantidad global de costos de los servicios necesarios para un remedio adecuado.”

Fue incumplida por el Departamento, al no contener det[a]lladamente su informe un estimado de las piezas, artículos, materiales y la cantidad de costos de los servicios necesarios para proveer un remedio adecuado. Es decir, un informe de inspección realizado bajo la Regla 14.4 del Reglamento, debe contener un estimado de costos detallados de las piezas, artículos, materiales y la cantidad global de costos de los servicios necesarios para proveer un remedio adecuado. No puede descansar meramente en un estimado global de dichos costos.

Por todo lo anterior y conforme las facultades delegadas bajo la Ley Núm. 5 del 23 de abril de 1973, según enmendada, este Departamento emite la siguiente:

ORDEN

Por los fundamentos que anteceden se declara CON LUGAR la querella de epígrafe y, en consecuencia, se ordena a la parte querellada, Unlimited Construction, Inc., a pagar a la parte querellante, Consejo de Titulares del Condominio Terrazas de San Juan, la cantidad ajustada de $10,200.00 en concepto de daños y/o reembolso por los trabajos de construcción defectuosos bajo el contrato de obras. Dicha obligación deberá cumplirla en un término de treinta (30) días calendarios desde el archivo en autos de la presente [resolución].

La misma acumulará los intereses legales vigentes para las sentencias judiciales y estará sujeta a la imposición de multas reglamentarias por incumplimiento de hasta diez mil dólares ($10,000.00).

En desacuerdo con lo resuelto en el caso, Unlimited sometió una

Moción de reconsideración con fecha del 20 de mayo de 2023. El DACo no

atendió dicho escrito dentro del término que la ley establece debe hacerlo,

por lo que la recurrente instó el recurso de revisión administrativa de

epígrafe. En este, señaló que el DACo se equivocó al:

[…] concluir que las áreas de las tejas trabajadas por Unilimited Construction[,] Inc[.] sufrían de filtraciones, pese a la ausencia total de prueba para ello. KLRA202300332 4

[…] no tomar en consideración el único testimonio pericial en el caso, el del Ingeniero Antonio Echevarría Velázquez, quien concluyó que los trabajos fueron realizados según contratados y que los problemas de filtración no están relacionados a las tejas instaladas por Unlimited Construction[,] Inc[.]

[…] sustituir el costo estimado preparado por el inspector del DACO, Edgardo Amador, por el del comerciante contratado por la recurrida, Héctor Morales Méndez.

Atendido el recurso, el 11 de julio de 2023, emitimos Resolución

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