Asociación de Doctores en Medicina al Cuidado de la Salud Visual, Inc. v. Morales
Opinion
RESOLUCIÓN
Se trata de una solicitud de prórroga para presentar un certiorari, fundamentada en los contratiempos confrontados por el peticionario como resultado del huracán Hugo. To-mamos conocimiento judicial de los daños causados por dicho siniestro, particularmente sus efectos sobre el servicio de energía eléctrica, agua y alcantarillado en toda la isla.
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Por trascender los efectos del huracán más allá de la si-tuación particular del caso de autos, no haberse provisto un [592]*592procedimiento específico en las leyes o reglas procesales per-tinentes, y al tomar en consideración los requisitos del de-bido proceso de ley, el Tribunal estima necesario hacer un pronunciamiento respecto a la forma de computar los tér-minos vigentes y plazos acaecidos para comparecer y pre-sentar distintos escritos y argumentos ante los tribunales del país.
A tal efecto, al amparo de nuestra facultad inherente de reglamentar los procedimientos, se dispone para que en el cómputo de los términos dispuestos en las distintas leyes y reglas aplicables a los procedimientos en los trámites judi-ciales, se excluyan los días comprendidos entre el 18 de sep-tiembre y el 2 de octubre de 1989.
Se ordena la inmediata difusión de esta resolución y, además, su publicación por la Oficina de la Compiladora y Publicista de Jurisprudencia, la Oficina de la Administración de los Tribunales, el Colegio de Abogados de Puerto Rico y Publicaciones J.T.S.
Notifíquese por la vía telefónica y por escrito.
Lo acordó el Tribunal y certifica el señor Secretario General.
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124 P.R. Dec. 591 (Asociación de Doctores en Medicina al Cuidado de la Salud Visual, Inc. v. Morales) — published by Counsel Stack Legal Research, free access to 12M+ legal documents.