Aponte Ramos, Nitza M v. Humacao Maintenance & Roofing Service

CourtTribunal De Apelaciones De Puerto Rico/Court of Appeals of Puerto Rico
DecidedAugust 27, 2024
DocketKLAN202400507
StatusPublished

This text of Aponte Ramos, Nitza M v. Humacao Maintenance & Roofing Service (Aponte Ramos, Nitza M v. Humacao Maintenance & Roofing Service) is published on Counsel Stack Legal Research, covering Tribunal De Apelaciones De Puerto Rico/Court of Appeals of Puerto Rico primary law. Counsel Stack provides free access to over 12 million legal documents including statutes, case law, regulations, and constitutions.

Bluebook
Aponte Ramos, Nitza M v. Humacao Maintenance & Roofing Service, (prapp 2024).

Opinion

Estado Libre Asociado de Puerto Rico TRIBUNAL DE APELACIONES PANEL VII

NITZA M. APONTE RAMOS; Apelación CORPORACIÓN DEL procedente del FONDO DEL SEGURO Tribunal de DEL ESTADO Primera Instancia, KLAN202400507 Sala de Fajardo Apelantes

v. Sobre: Daños y Perjuicios; ASOCIACIÓN DE Subrogación GARANTÍA DE SEGUROS MISCELÁNEOS DE PUERTO RICO Y OTROS Caso Núm.: RG2023CV00423 Apelados Panel integrado por su presidenta, la Juez Domínguez Irizarry, la Juez Grana Martínez y el Juez Pérez Ocasio

Domínguez Irizarry, Juez Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 27 de agosto de 2024.

La parte apelante, la Corporación del Fondo del Seguro del

Estado (Fondo), en subrogación de los derechos de la señora Nitza

M. Aponte Ramos, comparece ante nos para que revoquemos la

Sentencia Parcial emitida por el Tribunal de Primera Instancia, Sala

de Fajardo, el 23 de abril de 2024, notificada el 24 de abril de 2024.

Mediante la misma, el foro primario declaró Ha Lugar una Moción de

Sentencia Sumaria presentada por la aquí apelada, Asociación de

Garantía de Seguros Misceláneos, ello dentro de una acción civil

sobre subrogación y daños y perjuicios promovida por la parte

apelante. En consecuencia, se desestimó la acción de epígrafe en

contra a la Asociación de Garantía de Seguros Misceláneos.

Por los fundamentos que expondremos a continuación, se

confirma la Sentencia Parcial apelada.

Número Identificador SEN2024 ________________ KLAN202400507 2

I

El 24 de agosto de 2023, se presentó la demanda de epígrafe.

En la misma se alegó que, para el 2 de agosto de 2013, la señora

Aponte Ramos se encontraba laborando en el CDI Head Start

Chiquitines (Head Start) del municipio de Río Grande. Conforme se

adujo, en dicha fecha, la compañía codemandada, Humacao

Maintenance & Roofing Service, Inc., realizaba ciertos trabajos de

sellado de techo en el lugar, produciéndose una emanación de gases

tóxicos que se trasladaron hasta el área de trabajo de la señora

Aponte Ramos. Como resultado de ello, esta los inhaló.

Según se indicó en la demanda, dado lo anterior, y toda vez la

alegada negligencia de la codemandada Humacao Maintenance &

Roofing Service, Inc., la señora Aponte Ramos sufrió serios daños y

angustias mentales, así como incapacidad e impedimentos

permanentes. En particular, la demanda expuso que esta desarrolló

problemas respiratorios y dolores de cabeza que precisaron de un

“extenso tratamiento médico a través de la [Corporación del Fondo

de Seguro del Estado]”1, consistente en evaluaciones médicas,

tratamiento rehabilitador, estudios neumológicos y visitas a médicos

especializados, todo estimado en una suma de $300,000.00. A tenor

con ello, la parte apelante sostuvo que, luego de múltiples trámites

ante la Comisión Industrial y el Fondo, la última decisión del

Administrador fue notificada el 30 de junio de 2023. De este modo,

la parte apelante solicitó al tribunal primario que proveyera para el

pago de la suma antes aludida por concepto de los daños sufridos

por la señora Aponte Ramos, así como una suma adicional de

$9,209.56, por razón de los gastos por ella incurridos por el Fondo

en el tratamiento pertinente, ello a tenor con lo dispuesto en la Ley

1 Véase: Apéndice, Anejo 3: Demanda, pág. 19. KLAN202400507 3

del Sistema de Compensaciones por Accidentes en el Trabajo, Ley

Núm. 45 de 18 de abril de 1935, 11 LPRA sec. 1, et seq.

E 5 de febrero de 2024, la parte apelada presentó una Moción

en Solicitud de Sentencia Sumaria. En el pliego, planteó que la

reclamación de la parte apelante era una tardía, por haber

transcurrido el término de noventa (90) días dispuesto para radicar

el formulario de reclamación competente, todo de conformidad con

la Orden de Liquidación de Integrand Assurance Company

(Integrand), compañía aseguradora de Humacao Maintenance &

Roofing Service, Inc. Sobre este particular destacó que la referida

Orden de Liquidación se emitió mediante Sentencia del 25 de

septiembre de 2019 en el caso Civil Núm. SJ2019CV05525, por lo

que, afirmó, el término en cuestión venció el 24 de diciembre de

2019. A su vez, la parte apelada indicó que, de los archivos del

trámite de liquidación de Integrand, no surgía la póliza expedida a

favor de Humacao Maintenance & Roofing Service, Inc., para el

periodo en el que se produjo el accidente de trabajo alegado. De este

modo, afirmó que, ni Integrand, como aseguradora en liquidación,

ni ella, podían proveer cubierta alguna por los daños reclamados.

A los fines de apoyar dicha afirmación, la parte apelada

expuso que, mediante carta del 8 de enero de 2024, el liquidador de

Integrand ratificó el hecho de que, en efecto, de los archivos

electrónicos y físicos de la referida entidad, no surgía la póliza en

beneficio de Humacao Maintenance & Roofing Service, Inc. Añadió

que, si bien, el 10 de enero de 2024, esta solicitó la reconsideración

de dicha determinación, ello bajo la afirmación de que sí poseía una

cubierta de seguro para el término en el cual se produjo el accidente

en controversia, el 15 de enero de 2024, la Oficina de Liquidaciones

de Integrand denegó la misma. Así, al amparo de lo antes expuesto,

la parte apelada sostuvo que no existía controversia de hechos

alguna en cuanto a que, ni la señora Aponte Ramos, ni el Fondo, ni KLAN202400507 4

Humacao Maintenance & Roofing Service, Inc., presentaron el

correspondiente formulario de reclamación dentro del periodo de

noventa (90) días en cuestión, ello a los efectos de ser acreedores de

cubierta alguna. De esta forma, solicitó al tribunal primario que

desestimara sumariamente la demanda de epígrafe en cuanto a su

persona.2

El 5 de marzo de 2024, la codemandada Humacao

Maintenance & Roofing Service, Inc. presentó su Oposición a

Sentencia Sumaria. En esencia, planteó que existía una genuina

controversia de hechos en cuanto a la efectiva existencia, o no, de

una póliza vigente expedida a su favor para cubrir los daños

alegados en su contra en el pleito de autos. Sobre ello, indicó que,

dado a que el accidente de trabajo en litigio ocurrió a más de diez

(10) años previo a la presentación de la demanda, resultaba

meritorio proveer para un descubrimiento de prueba amplio para

corroborar si, en efecto, no existía constancia en los archivos de

Integrand sobre la existencia de la póliza en controversia. Con

relación a ello, afirmó que existía evidencia sobre su condición de

asegurada de Integrand durante, al menos, los quince (15) años

previos a su liquidación. Específicamente, sostuvo que la póliza de

seguro número CP028061432 expedida a su favor, se mantuvo

vigente desde el 6 de marzo de 2013 al 6 de marzo de 2014, siendo

renovada posteriormente. De este modo, indicó que no resultaba

procedente disponer sumariamente del asunto, toda vez que se

2 La parte apelada acompañó su Moción en Solicitud de Sentencia Sumaria con la

Free access — add to your briefcase to read the full text and ask questions with AI

Related

Camaleglo Corp. v. Dorado Wings, Inc.
118 P.R. Dec. 20 (Supreme Court of Puerto Rico, 1986)
Roig Commercial Bank v. Rosario Cirino
126 P.R. Dec. 613 (Supreme Court of Puerto Rico, 1990)
PFZ Properties, Inc. v. General Accident Insurance
136 P.R. Dec. 881 (Supreme Court of Puerto Rico, 1994)
Management Administration Services Corp. v. Estado Libre Asociado de Puerto Rico
152 P.R. Dec. 599 (Supreme Court of Puerto Rico, 2000)
Luan Investment Corp. v. Rexach Construction Co.
152 P.R. Dec. 652 (Supreme Court of Puerto Rico, 2000)
Vera Morales v. Bravo
161 P.R. Dec. 308 (Supreme Court of Puerto Rico, 2004)
Cruz Cruz y otra v. Casa Bella Corp. y otros
2024 TSPR 47 (Supreme Court of Puerto Rico, 2024)

Cite This Page — Counsel Stack

Bluebook (online)
Aponte Ramos, Nitza M v. Humacao Maintenance & Roofing Service, Counsel Stack Legal Research, https://law.counselstack.com/opinion/aponte-ramos-nitza-m-v-humacao-maintenance-roofing-service-prapp-2024.