Valentin, Ramon v. Doctors Center Hospital-San Juan Inc

CourtTribunal De Apelaciones De Puerto Rico/Court of Appeals of Puerto Rico
DecidedFebruary 14, 2024
DocketKLAN202301094
StatusPublished

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Valentin, Ramon v. Doctors Center Hospital-San Juan Inc, (prapp 2024).

Opinion

Estado Libre Asociado de Puerto Rico TRIBUNAL DE APELACIONES PANEL V

APELACIÓN RAMÓN VALENTÍN Y procedente del OTROS Tribunal de Primera Apelante Instancia, Sala KLAN202301094 Superior de San Juan V. CONS. Civil. Núm. KLCE202301382 SJ2022CV05110 DOCTOR´S CENTER HOSPITAL SAN JUAN, Sobre: INC., Y OTROS DAÑOS Y Apelado PERJUICIOS Panel integrado por su presidente, el Juez Hernández Sánchez, la Jueza Romero García y la Jueza Martínez Cordero.

Hernández Sánchez, Juez Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 14 de febrero de 2024.

El 6 de diciembre de 2023, el Sr. Ramón Valentín (señor

Valentín), el Sr. Samuel de Mota, el Sr. Diomedis de Mota Santana,

la Sra. María Esther de Mota Santana, y el Sr. Melvín Santana por

sí y como miembros de la Sucesión de Victorina Santana (en

conjunto, hijos de la señora Santana) y la Sra. Ana Martínez (señora

Martínez) (en conjunto, los apelantes), comparecieron ante nos

mediante una Apelación en el caso núm. KLAN202301094.

Por otro lado, el 7 de diciembre de 2023, el Dr. Fernando

Rivera Cruz (doctor Rivera) y Puerto Rico Medical Defense Insurance

Company (PRMDIC) comparecieron ante nos mediante un recurso

de Certiorari1 en el caso núm. KLCE202301382. En ambos recursos,

las partes solicitaron la revisión de una Sentencia Parcial que se

dictó el 3 de noviembre de 2023 y se notificó el 7 de noviembre de

2023 por el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de San

Juan (TPI). Mediante el aludido dictamen, el TPI desestimó las

1 Acogemos el certiorari de epígrafe como una apelación por ser el recurso adecuado para la revisión de la determinación recurrida. Sin embargo, para fines administrativos, mantenemos la codificación alfanumérica que la Secretaría de este foro le asignó al caso.

Número Identificador SEN2024 _____________________ KLAN202301094 CONS. KLCE202301382 2

siguientes causas de acción: (1) la acción por daños heredados que

instó el señor Valentín y la señora Martínez; (2) la acción por daños

especiales y lucro cesante que instó el señor Valentín por sí y en

representación de la Sociedad Legal de Gananciales compuesta

junto a la Sra. Victorina Santana (señora Santana); y, por último;

(3) las causas de acción de los apelantes por sí y como miembros de

la sucesión de la señora Santana. Además, denegó la solicitud de

desestimación que presentó el doctor Rivera, PRMDIC, The Medical

Protective Company y Triple S.

A tenor con la Orden Administrativa Núm. DJ 2019-316,

según enmendada por la Orden Administrativa Núm. DJ 2019-316A

que emitió la Jueza Presidenta del Tribunal Supremo, la Hon. Maite

Oronoz Rodríguez, y a tenor con la Orden Administrativa Núm. TA

2021-092 que emitió el Juez Administrador del Tribunal de

Apelaciones, Hon. Roberto Sánchez Ramos, se ordenó la

consolidación del caso KLCE202301382, con el de mayor

antigüedad, el caso KLAN202301094.

Por los fundamentos que expondremos a continuación,

confirmamos el dictamen recurrido.

I.

I. KLAN202301094

El 11 de junio de 2022, los apelantes presentaron una

Demanda sobre impericia médica y daños y perjuicios contra

Doctor’s Center Hospital San Juan Inc.; el Dr. Xavier Colón Rivera

(doctor Colón), su esposa Fulana de Tal y la Sociedad Legal de

Gananciales compuesta por ambos; el doctor Rivera, su esposa

Sutana de Tal y la Sociedad Legal de Gananciales compuesta por

ambos; el Sindicato de Aseguradores para la Suscripción conjunta

de Seguros de Responsabilidad Medico Hospitalaria (SIMED); Puerto

Rico Medical Defense; Medpro Group Insurance Company;

Continental Insurance Company; Compañía de Seguros XYZ; el Dr. KLAN202301094 CONS. KLCE202301382 3

Jose del Pueblo y Juana del Pueblo y la Sociedad Legal de

Gananciales compuesta por ambos; la Dra. Juanita de la Plaza y

Perencejo y la Sociedad Legal de Gananciales compuesta por ambos;

Fulano de Tal y Sutano más Cual; Entidades XYZ; y, por último,

Corporaciones XYZ (en conjunto, los demandados).2

En esta Demanda, los apelantes alegaron que el 25 de abril de

2020, la señora Santana acudió a la sala de emergencias del

Hospital Doctor’s Center de San Juan para recibir atención médica

por dolor abdominal asociado con náuseas, vómitos y tres (3)

semanas de evolución. Indicaron que luego de que esta última fue

evaluada mediante varios estudios, le diagnosticaron

coledocolitiasis (presencia de piedras en la vesícula bilar) y esta fue

admitida al hospital y se recomendó que se consultara al servicio de

cirugía. Sostuvieron que no fue hasta el 27 de abril de 2020, que el

cirujano, a saber, el doctor Rivera, evaluó a la señora Santana.

Esbozaron que este último indicó que no era necesario un manejo

quirúrgico.

Alegaron que posteriormente, un gastroenterólogo evaluó a la

señora Santana y le recomendó una evaluación quirúrgica. Sin

embargo, según ellos, el doctor Rivera se negó nuevamente a operar

a la señora Santana a pesar de que esta continuó con dolor severo

y dolor a la palpación del abdomen. Indicaron que este último

documentó que la seguiría atendiendo en su consultorio fuera del

hospital una vez le dieran de alta. Plantearon que a pesar de que el

3 de mayo de 2020, el médico de cabecera de la señora Santana, a

saber, el doctor Colón, documentó que la paciente todavía se

encontraba agudamente enferma, el 4 de mayo de 2020 le dio de

alta a pesar de la condición en la que se encontraba.

2 Véase, págs. 34-65 del apéndice del recurso KLAN202301094. KLAN202301094 CONS. KLCE202301382 4

Según los apelantes, el 10 de mayo de 2020, la señora

Santana tuvo que regresar a la sala de emergencias del Doctor’s

Center Hospital por dolor y distención abdominal que tenía desde la

primera admisión y esta última fue hospitalizada nuevamente con

un diagnóstico de sepsis. Sostuvieron que la paciente fue

posteriormente evaluada por una infectóloga y esta le reiteró el

diagnostico de colelitiasis (piedras en la vesícula) y le indicó que

necesitaba una evaluación del doctor Rivera. Plantearon que el

doctor Rivera la evaluó y nuevamente e insistió que no había que

operar a la señora Santana.

Afirmaron que a pesar de que el internista, a saber, el doctor

Colón, y la infectóloga continuaban documentando que había una

tendencia a la elevación de glóbulos blancos y que se evidencio un

engrosamiento de la vesícula bilar sugestivo de colecistitis, e incluso

a pesar de que insistieron en que la señora Santana necesitaba una

intervención quirúrgica, el doctor Rivera se negaba a operarla a

pesar de haberla evaluado múltiples veces. Expresaron que, aunque

la señora Santana seguía empeorando, el 6 de junio de 2020, el

doctor Colón la dio de alta nuevamente.

Adujeron que, el 8 de junio de 2020, la señora Santana tuvo

de acudir a la sala de emergencias del Hospital Municipal de San

Juan, en el Centro Médico de Puerto Rico ya que le persistía el dolor

abdominal. Sostuvieron que admitieron a esta última por un

diagnóstico de sepsis severa y estado de shock séptico. Además,

indicaron que se le presentó el caso a un cirujano y este le realizó

una intervención quirúrgica a la señora Santana. Sin embargo,

expresaron que esta última no recuperó debido a su estado crítico

avanzado y falleció el 13 de junio de 2020.

Como consecuencia de las presuntas actuaciones y omisiones

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