Valentin Caban, Efrain v. Cogan, Juan

CourtTribunal De Apelaciones De Puerto Rico/Court of Appeals of Puerto Rico
DecidedApril 30, 2024
DocketKLAN202400034
StatusPublished

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Valentin Caban, Efrain v. Cogan, Juan, (prapp 2024).

Opinion

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE APELACIONES PANEL IV

EFRAÍN VALENTÍN APELACIÓN CABÁN y otros procedente del Tribunal de Demandante-Apelante Primera Instancia, Sala Superior de v. KLAN202400034 Arecibo JUAN COGAN y otros Demandada-Apelada Civil Núm.: CFAC2009-0011

Sobre: Recisión de Contratos Panel integrado por su presidenta, la Jueza Cintrón Cintrón, la Jueza Rivera Marchand y el Juez Rodríguez Flores.

Cintrón Cintrón, Jueza Ponente.

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 30 de abril de 2024.

El señor Efraín Valentín Cabán y otros (en adelante, señor

Valentín Cabán o parte apelante) acude ante nos y solicita que

revoquemos la Sentencia dictada por el Tribunal de Primera

Instancia, Sala Superior de Arecibo (en adelante, TPI) el 1 de agosto

de 2023. Mediante la misma, el TPI declaró No Ha Lugar la demanda

de referencia y ordenó la desestimación con perjuicio, al palio de la

Regla 39.2 de Procedimiento Civil, infra.

De otra parte, el TPI declaró Ha Lugar la reconvención

presentada por los demandados Cruz B. Cartagena, Yolanda

Martínez Cobarrubias, y la Sociedad Legal de Gananciales

compuesta por ambos (matrimonio Cartagena Martínez).

Consecuentemente, condenó al señor Valentín Cabán y la señora

María Meléndez Rodríguez (matrimonio Valentín Meléndez) al pago

de $30,000.00, más otras partidas pactadas entre las partes.

Por los fundamentos que expondremos a continuación, se

confirma la Sentencia apelada. KLAN202400034 2

I.

Según surge del expediente, los hechos que originan la

presente causa se remontan al 15 de mayo de 2008, cuando el

matrimonio Valentín Meléndez incoó una demanda sobre recisión de

contrato y daños y perjuicios contractuales en contra del

matrimonio Cartagena Martínez y otros.

En la demanda, el matrimonio Valentín Meléndez alegó que el

señor Valentín Cabán adquirió de la señora Martínez Cobarrubias el

negocio “Classic Cuts Design Corp”, localizado dentro de un área

que ocupaba Pueblo International LLC (en adelante, Pueblo

International), entidad que a su vez le subarrendaba dicho espacio.1

Además, en la demanda se adujo que Pueblo International cesó

operaciones meses después de perfeccionarse el contrato de

compraventa. De acuerdo con la demanda, alegadamente, la señora

Martínez Cobarrubias y demás demandados conocían del cierre de

operaciones de Pueblo International y ocultaron esa información con

la intención de defraudar. Asimismo, el matrimonio Valentín

Meléndez sostuvo que los estados financieros presentados por la

señora Martínez Cobarrubias se prepararon para presentar una

situación económica irreal del negocio a ser adquirido.

Por su parte, el 21 de noviembre de 2008, la señora Martínez

Cobarrubias contestó la demanda y, el 30 de diciembre de 2008,

instó una reconvención, en la cual reclamó un pagaré de

$30,000.00, suscrito a su favor por el señor Valentín Cabán.

Luego de varios trámites procesales, el 10 de julio de 2019 se

llevó a cabo el juicio en su fondo. Sometido el caso por la parte

demandante, la parte demandada solicitó la desestimación

(“nonsuit”), bajo las disposiciones de la Regla 39.2 (c) de

1 La compraventa fue por cantidad de $300,000.00 y compareció el señor Cruz

Cartagena quien es el esposo de la señora Martínez Cobarrubia con un poder, porque la señora se encontraba en Estados Unidos. KLAN202400034 3

Procedimiento Civil, 32 LPRA Ap. V, R. 39.2 (c). También requirió

que declarara ha lugar su reconvención.

Tras evaluar la prueba presentada, el 1 de agosto de 2023, el

TPI emitió la Sentencia que hoy revisamos. En su dictamen, el TPI

formuló las siguientes determinaciones de hechos:2

1) La señora Yolanda Martinez Cobarrubias era dueña original del negocio “Classic Cuts”. […] […] 8) La señora Martínez Cobarrubias le vendió el negocio “Classic Cuts” a la parte demandante por la suma de $300,000.00. ` […] 10) Entre los documentos solicitados por el BDEPR para otorgar el préstamo se encontraba los estados financieros del negocio “Classic Cuts Design Corp.” (Exhibit #1 de la parte demandante). […] 20) El Supermercado, Pueblo Xtra, cerró operaciones el 15 de mayo de 2007. […] 26) Para el préstamo que se estaba solicitando en el BDEPR, para la compra del negocio no se solicitaron las Planillas de Contribución sobre Ingresos de la vendedora. [...]

31) Además, informan los demandantes que los estados financieros preparados por el señor Reynaldo Adorno Valentín, indicaron que éste y la señora Martínez Cobarrubias se “confabularon” para engañar a los demandantes y presentar situación económica irreal del negocio “Classic Cuts”. Valga mencionar que por esta misma alegación se incluyó al señor Adorno Valentín como codemandado. Dicha alegación fue adjudicada en los méritos por el Tribunal emitiéndose Sentencia Parcial el 31 de julio de 2013 de desestimación contra Adorno Valentín concluyendo expresamente que tales circunstancias no ocurrieron. 32) Aun así, los demandantes anunciaron al señor Adorno Valentín como testigo de éstos, sin embargo, a la fecha de la vista dicho testigo no fue producido por los demandantes. 33) Llegada la fecha de vista, la parte demandante confrontó a la demandada con los estados financieros considerados por el BDEPR para otorgar el préstamo (Exhibit #1 parte demandante). De esta forma, en cuanto al año 2003, según el estado

2 Solo se incluyen aquellas determinaciones de hechos que son pertinentes a los

errores presentados por la parte apelante. KLAN202400034 4

financiero, los ingresos fueron de $233,721.00 y una ganancia neta de $83,559.00; mientras que para el año 2004, se desprende ingresos ascendentes a $246,023.00 y una ganancia neta de $85,992.00. Para el año 2005, al 30 de septiembre de 2005, según el estado financiero correspondiente (Exhibit #2 parte demandante), se desprende ingresos por $190,761.00 y ganancias netas de $68,997.00. 34) Al intentar confrontarlos con las planillas de Contribución sobre Ingresos de la señora Martínez Cobarrubias la representación legal de ésta los objetó. 35) La representación legal de la demandada levantó la objeción sobre autoincriminación debido a la diferencia entre las Planillas de Contribución sobre Ingresos y los Estados Financieros. […] 37) La representación legal de la demandada indicó que la señora Martínez Cobarrubias no era la persona idónea para declarar sobre las mismas, […] Que habiendo adjudicado el Tribunal que entre la señora Martínez Cobarrubias y el señor Adorno Valentín no hubo conducta dirigida a defraudar a los demandantes no procedía el interrogatorio de la demandada en cuanto a sus Planillas de Contribución sobre Ingresos. 38) Así mismo, el representante legal dice que en la demanda se alega dolo grave entre los demandados y el contable. Ahora bien, la Resolución del 14 de noviembre de 2018 reconoció que mediante Sentencia Parcial se determinó que no hubo tal confabulación. […] 39) Escuchado los argumentos de ambas partes, se declaró con lugar la objeción de la representación legal de la demandada y no permitió las Planillas de Contribución sobre Ingresos. […] 40) Ante la determinación del Tribunal, la parte demandante dio por sometido su caso, indicando que era en esta evidencia que se sustentaba su caso. 41) La parte demandada solicitó la desestimación (“nonsuit”) de la demanda, así como se declarara con lugar su reconvención basada en la deuda de $30,000.00 evidenciada mediante pagaré […].

En su pronunciamiento, el foro de instancia expresó que la

alegación del matrimonio Valentín Meléndez sobre confabulación o

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