Ubarri Blanes v. Junta Hípica

96 P.R. Dec. 803
Supreme Court of Puerto Rico·Decided December 17, 1968·No. Número: O-67-67·Published·Cited by 2 cases

Opinion

El Juez Asociado Señor Torres Rigual

emitió la opinión del Tribunal.

El Administrador Hípico de Puerto Rico impuso una multa de $500.00 al peticionario y le retiró la aprobación que le diera a la designación para actuar como apoderado de Enrique Ubarri Acosta. La acción del Administrador Hípico se fundó en que el peticionario incurrió en una prác-tica indeseable al agredir al Veterinario Oficial por haber éste suspendido un ejemplar propiedad de Ubarri Acosta.

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Ubarri Blanes v. Junta Hípica, 96 P.R. Dec. 803 (prsupreme 1968).

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