Riverside Resorts, Inc. v. Universal Insurance Company
This text of Riverside Resorts, Inc. v. Universal Insurance Company (Riverside Resorts, Inc. v. Universal Insurance Company) is published on Counsel Stack Legal Research, covering Tribunal De Apelaciones De Puerto Rico/Court of Appeals of Puerto Rico primary law. Counsel Stack provides free access to over 12 million legal documents including statutes, case law, regulations, and constitutions.
Opinion
ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE APELACIONES PANEL VI
RIVERSIDE Certiorari procedente RESORTS, INC. del Tribunal de Primera Instancia, Sala RECURRIDOS Superior de Carolina
Caso Número: v. KLCE202300914 SJ2022CV2754
Sobre: Daños, UNIVERSAL incumplimiento de INSURANCE CO. contrato, seguros- Y OTROS incumplimiento aseguradoras PETICIONARIO huracanes Irma/María Panel integrado por su presidenta, la Jueza Ortiz Flores, el Juez Rivera Torres y la Jueza Rivera Pérez
Ortiz Flores, Jueza Ponente
RESOLUCIÓN
En San Juan, Puerto Rico, a 31 de agosto de 2023.
Comparece la parte peticionaria, Universal Insurance Company
(Universal), ante este Tribunal de Apelaciones, mediante un recurso de
certiorari. Universal recurre de una Resolución emitida el 16 de julio de
2022, y notificada el 17 de julio de 2022, por el Tribunal de Primera
Instancia, Sala Superior de San Juan (TPI),1 en el caso del título, que
dispuso lo siguiente:
No ha lugar a la SOLICITUD DE ORDEN BAJO LA REGLA 23.1(c)(3) DE PROCEDIMIENTO CIVIL RESPECTO A HONORARIOS DEL PERITO DE LA PARTE DEMANDANTE. Universal no ha demostrado que carezca de los medios económicos para sufragar los honorarios solicitados. Se confirman los honorarios del Sr. Mario Muñoz por la cantidad de $3,000.00 por concepto de la deposición que se llevara a cabo al perito anunciado por la parte demandante. Se advierte que la demandada no se queda desprovista [;] los gastos en que incurrirá Universal para obtener deposiciones también son recobrables como costas si el Tribunal estima que fueron necesarios. Maderas Tratadas v. Sun Alliance, [185 DPR 880]; Pereira v. IBEC., 95 DPR 28, 78 (1967).
Se extiende el cierre del descubrimiento de prueba treinta (30) días adicionales, contados a partir de la notificación. No ha lugar la imposición de sanciones a la parte demandada Universal por la interrupción improcedente al descubrimiento de prueba.2
1 Apéndice del recurso, pág. 119. 2 Apéndice del recurso, pág. 120.
Número Identificador RES2023_______________ KLCE202300914 2
También se recurre de una Orden emitida el 16 de julio de 2022, y
notificada el 17 de julio de 2022, por el TPI,3 que dispuso lo siguiente:
No ha lugar a solicitud de que se autorice la presentación de la Réplica de Universal a la Oposición de la parte demandante respecto a la Solicitud de orden bajo la Regla 23.1 de Procedimiento Civil. Véase Resolución de Honorarios de perito emitida hoy.4
Evaluado el recurso de certiorari presentado el 16 de agosto de
2023, así como los documentos adjuntados al mismo, y con el beneficio
del escrito titulado Oposición a expedición de auto de certiorari
presentado el 30 de agosto de 2023 por la parte recurrida, Riverside
Resorts, Inc., somos del criterio que no se justifica nuestra intervención.5
Asimismo, conforme a lo dispuesto en la Regla 40 del Reglamento
del Tribunal de Apelaciones, 4 LPRA Ap. XXII-B, R. 40, no vemos que, en
el manejo del caso ante el TPI, se haya incurrido en un abuso de
discreción o que este haya actuado bajo prejuicio o parcialidad. Tampoco
se demostró que, el foro recurrido se haya equivocado en la interpretación
o aplicación de una norma procesal y que, intervenir en esta etapa,
evitaría un perjuicio sustancial contra la parte peticionaria. Por
consiguiente, no se nos persuadió sobre la deseabilidad de intervenir en
esta etapa de los procedimientos.6
Por lo antes expuesto, este Tribunal deniega la expedición del
auto de certiorari.
Notifíquese.
Lo acordó el Tribunal, y lo certifica la Secretaria del Tribunal de
Apelaciones.
La Jueza Rivera Pérez concurre sin opinión escrita.
Lcda. Lilia M. Oquendo Solís Secretaria del Tribunal de Apelaciones
3 Apéndice del recurso, pág. 123. 4 Id. 5 Véase: Regla 52.1 de Procedimiento Civil de 2009, 32 LPRA Ap. V, R. 52.1; IG Builders
v. BBVAPR, 185 DPR 307, 338 (2012) que cita a Rivera Figueroa v. Joe’s European Shop, 183 DPR 580, 596 (2011). 6 Lluch v. España Service Sta., 117 DPR 729, 745 (1986); Torres Martínez v. Torres
Ghigliotty, 175 DPR 83, 97 (2008).
Free access — add to your briefcase to read the full text and ask questions with AI
Related
Cite This Page — Counsel Stack
Riverside Resorts, Inc. v. Universal Insurance Company, Counsel Stack Legal Research, https://law.counselstack.com/opinion/riverside-resorts-inc-v-universal-insurance-company-prapp-2023.