Pueblo v. Estrada

32 P.R. Dec. 854, 1924 PR Sup. LEXIS 51
CourtSupreme Court of Puerto Rico
DecidedFebruary 29, 1924
DocketNo. 2232
StatusPublished

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Bluebook
Pueblo v. Estrada, 32 P.R. Dec. 854, 1924 PR Sup. LEXIS 51 (prsupreme 1924).

Opinion

El Juez Asociado Sr. Wole,

emitió la opinión del tribunal.

El apelante en este caso está deseoso de demostrar la actuación de la corte en respuesta a una moción para ar-chivar la causa fundada en que no se celebró el juicio den-tro de 120 días de presentada la acusación. Manifestando que el secretario omitió incluir la resolución en la transcrip-ción, dicho apelante acompaña un certificado del taquígrafo conteniendo la orden de la corte. Hemos resuelto frecuen-temente que el taquígrafo carece de facultad para certifi-[855]*855car un procedimiento a esta corte. Debe ser la corte, el se-cretario o los abogados, según la materia qne ba de ser cer-tificada. Véase especialmente el artículo 356 del Código de Enjuiciamiento Criminal.

Si una materia no aparece del récord en la corte interior debe hacerse que así aparezca mediante la correspon-diente solicitud.

La moción de corrección debe ser desestimada.

Denegada.

Jueces concurrentes: Sres. Presidente del Toro y Aso-ciados Aldrey y Hutchison. El Juez Asociado Sr. Franco Soto no intervino en la re-solución de este caso.

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