Picón v. Mercado Martínez
Opinion
emitió la opinión del tribunal.
Beyes Picón y su esposo radicaron un pleito en la corte de distrito contra Merciader Mercado Martínez y otros para recobrar la posesión de cierta finca de 40 cuerdas, solici-tando se les prohibiera a los demandados que los molesta-ran en la posesión de la misma. Se alegó que la finca en cuestión había sido adquirida por los demandantes en una subasta. En un procedimiento anterior de desahucio en pre-[488]*488cario radicado ante la misma corte, los demandantes obtu-vieron nn auto de lanzamiento contra los demandados. Con-trario a lo resuelto por esta Corte en Borges v. Janer, Juez, 59 D.P.R. 953, se dictó un nuevo auto de lanzamiento al vol-ver a ocupar los demandados ciertas casas radicadas en la finca. Después de notificárseles el segundo auto de lanza-miento, los demandados, sin embargo, volvieron a ocupar otra vez las mismas casas, que incidentalmente, admiten los demandantes pertenecen a los demandados. Entonces los demandantes radicaron el presente recurso de injunction. El caso se encuentra ante esta Corte en apelación contra sentencia de la corte de distrito a favor de los demandantes.
Ambas partes levantan un número de cuestiones, pero es suficiente resolver un punto fundamental para disponer de esta apelación. La alegación esencial de que los apelados estaban en posesión de la finca aquí envuelta dentro del año inmediatamente anterior a la radicación de la demanda, está predicada en la alegada posesión qite los demandantes obtu-vieron del márshal al ejecutarse el último auto de lanza-miento. Sin embargo, la declaración del márshal, cuyas par-tes pertinentes se copian al margen 1 claramente demuestra [489]*489que hubo bastante confusión en cuanto a las colindancias de la finca en controversia, que ésta nunca se identificó debida-mente y que el márshal, por tanto, de hecho nunca le dió a los demandantes la posesión material de la finca.
Esto .surge aun más claro al indicarse que la corte de distrito sugirió se nombrara a un agrimensor para que loca-lizara el terreno.2 Si era imprescindible antes de decidir este injunction localizar el terreno mediante una mensura, es obvio que el márshal no había puesto a los demandantes en posesión efectiva de la finca de acuerdo con el último auto de lanzamiento. Toda vez que el recurso de los deman-dantes estaba predicado en la alegada posesión obtenida del márshal, no podemos permitir que subsista una sentencia favorable a los demandantes.
La sentencia de la corte de distrito será revocada y se dictará una nueva a favor de los demandados.
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63 P.R. Dec. 487 (Picón v. Mercado Martínez) — published by Counsel Stack Legal Research, free access to 12M+ legal documents.