Mari Pesquera, Juan R. v. Salaberry, Vanessa Mabel

CourtTribunal De Apelaciones De Puerto Rico/Court of Appeals of Puerto Rico
DecidedMarch 26, 2025
DocketKLAN202300700
StatusPublished

This text of Mari Pesquera, Juan R. v. Salaberry, Vanessa Mabel (Mari Pesquera, Juan R. v. Salaberry, Vanessa Mabel) is published on Counsel Stack Legal Research, covering Tribunal De Apelaciones De Puerto Rico/Court of Appeals of Puerto Rico primary law. Counsel Stack provides free access to over 12 million legal documents including statutes, case law, regulations, and constitutions.

Bluebook
Mari Pesquera, Juan R. v. Salaberry, Vanessa Mabel, (prapp 2025).

Opinion

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO EN EL TRIBUNAL DE APELACIONES PANEL ESPECIAL

JUAN RAÚL MARI Apelación PESQUERA procedente del Tribunal de Primera Apelante Instancia Sala Superior de v. KLAN202300700 Aguadilla

VANESSA MABEL Civil Núm. RAFOLS SALABERRY Y AU2019CV00551 OTROS Sobre: Apelada Daños y Perjuicios Incumplimiento Contractual

Panel integrado por su presidente, el Juez Bonilla Ortiz, el Juez Pagán Ocasio y el Juez Salgado Schwarz.1

Bonilla Ortiz, Juez Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 26 de marzo de 2025.

Comparece ante este foro el Lcdo. Juan Raúl Mari

Pesquera (Lcdo. Mari Pesquera) y el Bufete Juan Raúl

Mari Pesquera, CSP (el Bufete; en conjunto, “parte

apelante”), y nos solicitan que revisemos

la Sentencia emitida por el Tribunal de Primera

Instancia, Sala Superior de Aguada, notificada el 12 de

julio de 2023. Mediante el referido dictamen, el foro

primario declaró Ha Lugar dos solicitudes de sentencia

sumaria instadas por Luna Commercial II, LLC (Luna

Commercial o “parte apelada”). En consecuencia,

concluyó que no existe una reclamación que justificara

la concesión de un remedio en contra de la parte apelada.

A su vez, determinó que la deuda reclamada estaba

vencida, era líquida y exigible.

1 En virtud de la Orden Administrativa OATA-2023-142, se designa al Hon. Carlos G. Salgado Schwarz, en sustitución de la Hon. Olga Birriel Cardona.

Número Identificador SEN2025 ______________ KLAN202300700 2

Por los fundamentos que se exponen a continuación,

REVOCAMOS el dictamen recurrido.

I.

El 20 de septiembre de 2019, el Lcdo. Mari Pesquera

presentó una Demanda sobre incumplimiento de contrato y

daños y perjuicios en contra de Scotiabank de Puerto

Rico (Banco o Scotiabank).2 En esta, alegó que el Bufete

solicitó una línea de crédito, la cual garantizó con una

propiedad del Lcdo. Mari Pesquera. Indicó que, para el

año 2011, el Bufete comenzó un procedimiento de Quiebras

que incluía dicha línea de crédito. No obstante, sostuvo

que, el Bufete desistió del proceso de Quiebras al llegar

a un acuerdo transaccional con Scotiabank. En

particular, señaló que el acuerdo se llevó a cabo con el

Sr. Víctor García (señor García), quien fungía como

oficial del Banco a cargo de “Cuentas Especiales”.

Sostuvo que, como parte del acuerdo, el Bufete se

comprometió a pagar un mínimo de $750.00 mensuales los

cuales cubriría los intereses de la deuda. No obstante,

señaló que cualquier exceso sería abonado al principal.

Finalmente, adujo que el número de cuenta del préstamo

era el 159700861.

De otra parte, el Lcdo. Mari Pesquera alegó que

Scotiabank radicó una Demanda sobre cobro de dinero, en

el caso núm. NICI201500195, sin embargo, este fue

transado. Añadió que, Scotiabank se comprometió a

2 Demanda, anejo I, págs. 1-4 del apéndice del recurso. El 28 de julio de 2020, el Lcdo. Mari Pesquera presentó una Moción Enmienda a la Demanda para incluir al Bufete como parte codemandante en la Demanda. Véase, Moción Enmienda a la Demanda, anejo IV, pág. 11 del apéndice del recurso. El 14 de febrero de 2022, el Lcdo. Mari Pesquera presentó una Segunda Demanda Enmendada, en la cual incluyó a Luna Commercial como parte demandada. Véase, Segunda Demanda Enmendada, anejo XLII, págs. 177-182 del apéndice del recurso. KLAN202300700 3

reducir la cantidad reclamada y continuar acreditando

los abonos mensuales a la deuda restante.

Así las cosas, el Lcdo. Mari Pesquera esbozó que,

por más de cinco (5) años, Scotiabank aceptó los pagos

mensuales que realizó al préstamo hipotecario. Indicó

que, los pagos los dirigió al señor García al PO Box

362394, San Juan, PR 00936-2394, bajo el número de cuenta

159700861. Sin embargo, alegó que el 24 de diciembre de

2016, el Bufete recibió una carta del Banco con fecha

del 9 de abril de 2012 y sin la firma de algún

funcionario, donde le informaban que le devolvían el

cheque #2338 por la cantidad de $1,000.00, debido a que,

“no se logró identificar la cuenta”. Ante esto, sostuvo

que le envió una misiva a Scotiabank por su

incumplimiento contractual, sin embargo, no obtuvo

respuesta.

Por otra parte, el Lcdo. Mari Pesquera indicó que

para el año 2017, el Banco le cursó una carta cobrándole

una deuda bajo el número de cuenta 8660700861. Sin

embargo, reiteró que dicha deuda no procedía, debido al

acuerdo transaccional del caso núm. NICI201500195.

Asimismo, indicó que Scotiabank no acreditó los pagos

efectuados por el Bufete desde el año 2011.

Como consecuencia, solicitó la suma de $150,000.00,

en concepto de daños y perjuicios por incumplimiento

contractual a favor del Bufete; $150,000.00 en concepto

de daños y perjuicios por incumplimiento contractual a

favor de éste; que se eliminaran los intereses

acumulados de la deuda desde que el Banco incumplió el

acuerdo alcanzado con el Bufete para el año 2011, hasta

el momento de la culminación del pleito; que se

adjudicara a la deuda los pagos realizados desde el año KLAN202300700 4

2011 hasta que el Banco incumplió el contrato; se

redujera de la deuda la cantidad que se alcanzó a transar

en el pleito del año 2015; más las costas, gastos,

honorarios de abogado e intereses del litigio.

El 12 de febrero de 2020, Scotiabank presentó una

Solicitud de Sustitución de Parte Demandada. Esbozó

que, el Banco se fusionó con Oriental Bank (Oriental),

resultando Oriental Bank como la entidad subsistente.3

Así las cosas, el 31 de agosto de 2020, Oriental

presentó su Contestación a Demanda Enmendada y

Reconvención.4 En esencia, negó la mayoría de las

alegaciones de la Demanda. A su vez, señaló que la línea

de crédito otorgada por Scotiabank por la suma de

$150,000.00 originalmente tenía el número de cuenta

159700861, sin embargo, fue cambiado al número de cuenta

8660700861.

Con respecto a la Reconvención, Oriental sostuvo

que, la parte apelante y Scotiabank suscribieron un

Scotiabusiness Customer Agreement. Mediante este,

Scotiabank le concedió una línea de crédito al Lcdo.

Mari Pesquera por la suma de $150,000.00. Sin embargo,

indicó que el apelante dejó de pagar dicho préstamo,

incurriendo en incumplimiento contractual. Así pues,

señaló que, para el 22 de agosto de 2020, el Lcdo. Mari

Pesquera adeudaba $112,024.34 por el principal, más

$22,178.06 por concepto de intereses acumulados, más la

suma pactada de $15,000.00 para costas, gastos y

honorarios de abogado.

3 Solicitud de Sustitución de Parte Demandada, entrada núm. 12 en el Sistema Unificado de manejo y Administración de Casos (SUMAC). 4 Contestación a Demanda Enmendada y Reconvención, anejo IX, págs.

16-21 del apéndice del recurso. KLAN202300700 5

El 31 de agosto de 2020, Oriental presentó una

Demanda contra Tercera en contra de la Sra. Vanessa Mabel

Rafols Salaberry (señora Rafols).5 En esta, le imputó

las mismas actuaciones y deudas acumuladas que al

apelante.

El 9 de septiembre de 2020, el Lcdo. Mari Pesquera

presentó su Contestación a Reconvención.6 En lo

pertinente, aceptó que suscribió el Scotiabusiness

Customer Agreement, sin embargo, negó las condiciones y

los términos allí detallados.

El 4 de enero de 2022, Oriental presentó su

Reconvención y Demanda contra Terceros Enmendada.7 Alegó

Free access — add to your briefcase to read the full text and ask questions with AI

Related

Vera Morales v. Bravo
161 P.R. Dec. 308 (Supreme Court of Puerto Rico, 2004)
Rodríguez Méndez v. Laser Eye Surgery Management
195 P.R. Dec. 769 (Supreme Court of Puerto Rico, 2016)

Cite This Page — Counsel Stack

Bluebook (online)
Mari Pesquera, Juan R. v. Salaberry, Vanessa Mabel, Counsel Stack Legal Research, https://law.counselstack.com/opinion/mari-pesquera-juan-r-v-salaberry-vanessa-mabel-prapp-2025.