In Re: Reglamento De Subastas De La Rama Judicial

2014 TSPR 135
CourtSupreme Court of Puerto Rico
DecidedNovember 12, 2014
DocketER-2014-3
StatusPublished

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In Re: Reglamento De Subastas De La Rama Judicial, 2014 TSPR 135 (prsupreme 2014).

Opinion

EN EL TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO

In re: 2014 TSPR 135

Reglamento de Subastas de la Rama 192 DPR ____ Judicial

Número del Caso: ER-2014-3

Fecha: 12 de noviembre de 2014

Materia: Reglamentos

Este documento constituye un documento oficial del Tribunal Supremo que está sujeto a los cambios y correcciones del proceso de compilación y publicación oficial de las decisiones del Tribunal. Su distribución electrónica se hace como un servicio público a la comunidad. EN EL TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO

In re:

Reglamento de Subastas de la ER-2014-03 Rama Judicial

RESOLUCIÓN

En San Juan, Puerto Rico, a 12 de noviembre de 2014.

Informes recientes de la Oficina del Contralor de Puerto Rico han revelado una serie de irregularidades en los procesos de subastas de la Rama Judicial que hacen necesario ejercer nuestro poder constitucional de reglamentación. Al respecto, la Oficina del Contralor de Puerto Rico emitió el Informe de Auditoría DA-12-52 de 19 de marzo de 2012 (Informe I) en el que detalló varios hallazgos relacionados a un contrato otorgado entre la Oficina de Administración de los Tribunales (OAT) y una corporación privada para el arrendamiento de los edificios donde ubican las oficinas de la OAT y del Tribunal de Apelaciones (TA). Los cinco hallazgos, clasificados como principales, resultan alarmantes. Según el Informe I, un hallazgo se clasifica como principal cuando incluye “desviaciones de disposiciones sobre las operaciones de la unidad auditada que tienen un efecto material, tanto en el aspecto cuantitativo como en el cualitativo”. Informe de Auditoría DA-12-52 de 19 de marzo de 2012, pág. 11.

Los cinco hallazgos principales que menciona el Informe I son los siguientes: ER-2014-03 2

Hallazgo 1 - Precontrato de arrendamiento de locales para el uso de la Rama Judicial otorgado a una corporación privada sin cumplir con el proceso de subasta, según requerido por reglamento, y contrato relacionado con dicho arrendamiento otorgado sin proteger los intereses de la OAT

Hallazgo 2 - Cánones estipulados en el contrato de arrendamiento de los edificios de la OAT y del TA que exceden las cantidades razonables que se pagan en el mercado1

Hallazgo 3 - Penalidades no impuestas a la Corporación por la entrega tardía del edificio para uso de la OAT2

Hallazgo 4 - Posibles conflictos de intereses de un funcionario de la Rama Judicial y un empleado de la firma de ingenieros a cargo de la Oficina de Inspección que representaba a la OAT en la construcción de los edificios3

Hallazgo 5 - Incumplimiento de disposiciones de la Ley Núm. 18 y del Reglamento Núm. 33 relacionadas con el registro de los contratos en la Oficina del Contralor de Puerto Rico4

Por su parte, en el Informe de Auditoría DA-12-53 de 19 de marzo de 2012 emitido por la Oficina del Contralor de Puerto Rico (Informe II) se identificaron varios hallazgos relacionados a un contrato de arrendamiento de los edificios para las salas de Relaciones de Familia y de Asuntos de Menores de Bayamón (SRFM) con una corporación

1 “La situación comentada ocasionó que a la fecha de nuestro examen, 31 de octubre de 2009, la OAT incurriera en un gasto de $33,552,451 en exceso de renta razonable por los edificios de la OAT y del TA, y de prevalecer la situación, al cabo de los primeros 10 años se pagarían $30,810,358 adicionales, para un total de $64,362,809. En el segundo término de 10 años la OAT desembolsaría en exceso $74,027,649 y en el tercero $79,941,669. Esto representaría un total de $218,332,127 aproximadamente, pagados en exceso del canon de una renta razonable durante el término de 30 años del contrato”. Informe de Auditoría DA- 12-52, pág. 28. 2 La tardanza en la entrega del edificio luego de construido fue de 45 días. Ante ello, correspondía imponer a la corporación una multa ascendente a $45,000, lo cual la OAT no hizo. Informe de Auditoría DA- 12-52, pág. 31. 3 La firma de ingenieros que representó a la OAT como Oficina de Inspección fue presidida por el esposo de la sobrina de un funcionario de la Rama Judicial. Informe de Auditoría DA-12-52, pág. 32. 4 Los precontratos no se registraron en el Registro de Contratos de la OAT y tampoco se remitieron a la Oficina del Contralor. Además, las enmiendas A y B al contrato tampoco se remitieron a esa oficina dentro del término establecido. Informe de Auditoría DA-12-52, pág. 36. ER-2014-03 3

privada. Los seis hallazgos clasificados como principales en el Informe II son los que se enumeran a continuación:

Hallazgo 1 - Posibles situaciones irregulares en el arrendamiento de los edificios de las salas de Relaciones de Familia y de Asuntos de Menores de Bayamón, y de estacionamientos5

Hallazgo 2 - Cánones estipulados en el contrato de arrendamiento del edificio de estacionamientos de las SRFM que exceden cantidades razonables que se pagan en el mercado6

Hallazgo 3 - Deficiencias relacionadas con el Contrato de Arrendamiento en el Registro de la Propiedad y la inscripción de este7

Hallazgo 4 - Deficiencias relacionadas con la construcción y el arrendamiento de un edificio para el Departamento de Justicia dentro de los terrenos cedidos en arrendamiento a la OAT

Hallazgo 5 - Posible conflicto de intereses del Ingeniero a cargo de la Oficina de Inspección que representaba a la OAT en la construcción de los edificios de las SRFM y de estacionamientos

Hallazgo 6 - Deficiencias relacionadas con las actas de las reuniones realizadas durante el proceso de construcción de los edificios de las SRFM y de estacionamientos

De los Informes I y II se desprende que la entonces Directora Administrativa de los Tribunales hizo unos comentarios en contestación a los hallazgos contenidos en ellos. No obstante, luego de evaluar todos los comentarios

5 La entonces Directora Administrativa de los Tribunales formalizó dos contratos (en los años 2003 y 2004) con una corporación, a pesar de que una Jueza Superior asignada a la SRFM “participó en la toma de decisiones que culminó en el otorgamiento de los referidos contratos, a la vez que era representante, codueña de la propiedad y hermana del Presidente de la Corporación A. Para subsanar esta situación, la Directora Administrativa aceptó un fideicomiso que representaría los intereses de la Jueza Superior”. Informe de Auditoría DA-12-53, págs. 17-18. Ese fideicomiso falló en proteger los intereses de la Rama Judicial, según surge del propio informe. Íd., pág. 26. 6 Para octubre de 2009, cuando se realizó el estudio, la OAT había incurrido en un gasto de $6,343,210 en exceso de la renta razonable por el edificio de estacionamientos de las SRFM. Eso se traduciría a un total de $68,099,875 aproximadamente, pagados en exceso de una renta razonable durante el término de 30 años del contrato. Informe de Auditoría DA-12-53, pág. 32. 7 El Contrato de Arrendamiento no se elevó a escritura pública para ser inscrito en el Registro de la Propiedad de Puerto Rico. Informe de Auditoría DA-12-53, pág. 33. ER-2014-03 4

y explicaciones al efecto, la Oficina del Contralor sostuvo cada uno de los hallazgos vertidos en los informes.

Ambos informes revelan que las operaciones investigadas no se realizaron de acuerdo con la ley y la reglamentación aplicables. Informe de Auditoría DA-12-52, pág. 6; Informe de Auditoría DA-12-53, pág. 7. Por ello, los informes se refirieron al Secretario de Justicia para que este considerara los hallazgos allí descritos y tomara las medidas correspondientes. En atención a los hallazgos y observaciones que señalan los Informes de la Oficina del Contralor, es necesario aprobar un nuevo reglamento para dirigir los procesos de subastas en los tribunales.

La Constitución de Puerto Rico establece que el Poder Judicial se ejercerá por el Tribunal Supremo. Const. PR, Art. V, Sec. 1, LPRA, Tomo I.

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192 P.R. Dec. 56 (Supreme Court of Puerto Rico, 2014)

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