Hernández Montero v. Cuevas Viret
Opinion
emitió la opinión del Tribunal.
Se debate ante nos la constitucionalidad del procedimiento para la determinación de la incapacidad o inutilidad física del empleado público miembro de la institución pública “Asocia-ción de Empleados del Gobierno de Puerto Rico”, dispuesto por la Sec. 20 de la Ley Núm. 52 de 1921, según regía a la fecha en que surgió la inutilidad envuelta en el recurso.
Expongamos los hechos de autos que dieron lugar a la sentencia apelada: El 9 de agosto de 1955, el Jefe Interino de la Policía Estatal solicitó el retiro por incapacidad no ocupa-cional del policía apelante Félix C. Hernández Montero. Éste presentó dos días después ante la Oficina de Personal una solicitud de pensión por incapacidad no ocupacional. El 7 de septiembre del mismo año fue examinado por el médico del Sistema, Dr. Agustín M. Andino, quien recomendó se le con-cediera pensión por incapacidad no ocupacional y aconsejó se le sometiera a nuevo reconocimiento médico dentro de un año a fin de determinar si la incapacidad era permanente.
Footnotes
88 P.R. Dec. 785 (Hernández Montero v. Cuevas Viret) — published by Counsel Stack Legal Research, free access to 12M+ legal documents.