Frente Unido Pro Defensa del Valle de Lajas v. Secretario de Justicia

151 P.R. Dec. 117
CourtSupreme Court of Puerto Rico
DecidedMay 25, 2000
DocketNúmero: CC-1999-84
StatusPublished
Cited by1 cases

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Frente Unido Pro Defensa del Valle de Lajas v. Secretario de Justicia, 151 P.R. Dec. 117 (prsupreme 2000).

Opinion

El Juez Asociado Señor Negrón García

emitió la opinión del Tribunal.

r — i

En mayo de 1994, Altavista S.E. solicitó a la Junta de Planificación variación o dispensa para desarrollar una ur-[120]*120banización de cerca de cuatrocientas veinticuatro (424) re-sidencias denominada Brisas de Lajas. Dicho proyecto se construiría en la Finca Núm. 484, predio de 50.49 cuerdas ubicado en el Km. 3.5 de la Carr. Estatal 116 del Bo. Sa-bana Yeguas, Lajas, dentro del área denominada Distrito de Regadío del Valle de Lajas.

Esta propiedad perteneció a la Corporación de Renova-ción Urbana y Vivienda (C.R.U.V.) desde diciembre de 1979, cuando la adquirió por compra a la West Land Development, Inc., con la finalidad de dedicarla a vivienda pública. No obstante, dicho objetivo no se materializó, por lo que, al dejar de existir la C.R.U.V. —Ley Núm. 55 de 9 de agosto de 1991 (17 L.RR.A. ant. see. 27 et seq.)— pasó a formar parte de los activos de su Oficina de Liquidación de Cuentas. El 19 de septiembre de 1994, esta oficina conce-dió una opción de compra a Altavista S.E. (Altavista) para el desarrollo de un proyecto de vivienda, calificado como de interés social. El Director de la Oficina de Liquidación dio su endoso para una consulta de ubicación a los fines de que Altavista iniciara los trámites ante la Junta de Planificación.

Altavista acompañó a su solicitud de variación o dis-pensa, una “Memoria Descriptiva” en la que informaba que: proponía desarrollar una primera etapa de doscientas sesenta y cuatro (264) unidades de vivienda en solares de trescientos (300) metros cuadrados y una segunda etapa de ciento cincuenta (150) viviendas adicionales; los terrenos no estaban zonificados y proponía un uso correspondiente a un Distrito Residencia R-3; el proyecto no tendría im-pacto ambiental significativo ni crearía impacto en la in-fraestructura existente, y se desarrollaría al amparo del Nuevo Programa de Viviendas a bajo costo, por lo que ca-talogó como de interés social.

[121]*121Acogida por la Junta de Planificación la solicitud de va-riación como una consulta de ubicación

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