Ex parte Gandía
6 P.R. 228, 6 P.R. Dec. 111
Opinion
después de exponer los hechos anteriores, emitió la opinión del Tribunal.
Aceptando los fundamentos de hecho y de derecho de la sentencia apelada.
Vistos los artículos 778 á 794 y el artículo 1081 del Código Civil.
[232]*232Fallamos que debemos confirmar y confírmanos la senten-cia apelada, con las costas á la apelante.
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Ex parte Gandía, 6 P.R. 228, 6 P.R. Dec. 111 (prsupreme 1904).
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