Ex parte Colón

8 P.R. Dec. 344
Supreme Court of Puerto Rico·Decided April 10, 1905·No. No. 50·Published·Cited by 1 cases

Opinion

OPINIÓN DLL TRIBUNAL.

• Teniendo tioy los Jueces Municipales las funciones que antes tenían los Jueces de Paz respecto á delitos de “felonies” y “misdemeanors”, y visto el artículo 37 del Códi-go de Enjuiciamiento Criminal que exige que el manda-miento de detención esté firmado por el Juez, con su títu-lo. oficial, y careciendo de ese requisito esencial el manda-[345]*345miento que lia servido para la prisión del peticionario y que original se lia presentado por el Alcaide del Deposito Municipal, se accede á la solicitud de' excarcelación, y en su virtud se ordena que se ponga al peticionario José Co-lón Marquez inmediatamente en libertad.

Con lugar.

Jueces concurrentes: Sres. Presidente Quiñones y Asociados, Hernández, Higueras, MacLeary y Wolf.

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Ex parte Colón, 8 P.R. Dec. 344 (prsupreme 1905).

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