Corretger Cruz v. Administración de Corrección
Opinion
emitió la opi-nión del Tribunal.
Tenemos la ocasión para precisar el alcance de la limi-tación al Programa de Supervisión Electrónica impuesta por la Ley Núm. 49 de 26 de mayo de 1995 (4 L.P.R.A. see. 1112 et seq.).
I
Henock Corretger Cruz fue sentenciado el 14 de enero de 1996 a cumplir una pena de prisión de 99 años por ha-[322] ber sido encontrado culpable de cometer los delitos de ase-sinato en primer grado, conspiración e infracciones a los Arts. 6 y 8 de la Ley de Armas de Puerto Rico, 25 L.P.R.A. sees. 416 y 418, todo ello por hechos ocurridos el 13 de enero de 1988. Luego de haber cumplido varios años de reclusión, en enero de 2005 el convicto fue evaluado para determinar si cualificaba para beneficiarse del llamado Programa de Supervisión Electrónica. Dicho programa fue establecido en virtud de la autorización conferida a la Ad-ministración de Corrección por su Ley Orgánica, Ley Núm. 116 de 22 de julio de 1974 (4 L.P.R.A. sec. 1112(e)). El pro-grama referido, según había sido creado el 15 de abril de 1992, no excluía a las personas convictas de asesinato.
Footnotes
172 P.R. 320 (Corretger Cruz v. Administración de Corrección) — published by Counsel Stack Legal Research, free access to 12M+ legal documents.