Coca-Cola Co. v. Municipio de Carolina
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RESOLUCIÓN
Reevaluada la solicitud de revisión a la luz de la Moción de Reconsideración presentada por The Coca-Cola Co., con-cluimos que en el apéndice dicha parte acreditó nuestra jurisdicción apelativa.
Habiendo decidido el Tribunal revisar la sentencia dic-tada por el Tribunal Superior, Sala de San Juan, en el caso The Coca-Cola Co. v. Municipio de Carolina y otros, Civil Núm. KCO-89-0029 (907), expida el Secretario manda-miento de revisión dirigido a dicha sala para que, una vez cumplidos los trámites de rigor, eleve a este Tribunal el expediente de revisión correspondiente.
Lo acordó el Tribunal y certifica el señor Secretario General. El Juez Asociado Señor Negrón García emitió un voto concurrente. El Juez Asociado Señor Rebollo López emitió un voto particular de conformidad. La Juez Aso-ciada Señora Naveira de Rodón y el Juez Asociado Señor Hernández Denton disintieron por estimar que el Tribunal carece de jurisdicción para entender en el recurso. El Juez Asociado Señor Fuster Berlingeri no intervino.
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130 P.R. Dec. 213, Counsel Stack Legal Research, https://law.counselstack.com/opinion/coca-cola-co-v-municipio-de-carolina-prsupreme-1992.