Banco Popular v. López

59 P.R. Dec. 990
Supreme Court of Puerto Rico·Decided July 21, 1941·No. Núm. 8393·Published

Opinion

(Por la Corte, a propuesta del

Juez Presidente Sr. Del Toro.)

Por cuaNto,° el demandante apelado presentó una moción solici-tando la desestimación del recurso interpuesto en este caso, por ser frívolo, acompañando a su moción uña certificación contentiva de parte del récord; y

Por cuanto, según ha resuelto repetidamente esta corte, en casos en que la sentencia apelada se dicta a base de alegaciones y pruebas, es necesario conocer la prueba para resolver la cuestión de frivo-lidad ; . ¡

Por tanto, se resuelve no haber lugar a la desestimación soli-citada.

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Banco Popular v. López, 59 P.R. Dec. 990 (prsupreme 1941).

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