Banco Popular v. López
Opinion
(Por la Corte, a propuesta del
Vista la moción de la apelada solicitando la desestimación de este recurso, la que fué debidamente notificada a la apelante;
Por Cuanto, a la vista celebrada no compareció ninguna de las partes a pesar de haber sido notificadas del señalamiento;
Por cuanto, de la certificación expedida por el Secretario de la corte inferior aparece que desde el día 4 de junio de 1941, fecha en que la demandada radicó su escrito de apelación, no ha solicitado la transcripción de evidencia ni ha hecho gestión alguna para perfec-cionar su apelación,
Por tanto, visto el artículo 59 del reglamento de esta corte, se desestima el recurso por abandono.
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59 P.R. Dec. 987 (Banco Popular v. López) — published by Counsel Stack Legal Research, free access to 12M+ legal documents.