Atiles Moreu v. Comisión Industrial
Opinion
emitió la opinión del Tribunal.
El obrero Eusebio Santiago Gutiérrez falleció como con-secuencia de un accidente del trabajo y el Fondo del Seguro del Estado otorgó a su hermana Juanita Santiago y a su hermano Francisco Santiago Gutiérrez, por ser personas in-capacitadas para el trabajo, una compensación de $2,920 ya que de la investigación practicada éstas eran las únicas per-sonas que dependían del salario del obrero para su subsisten-cia. En esa declaración de beneficiarios se excluyó a María Dolores Santiago Hernández, hija legítima del obrero falle-cido por no depender de éste para su subsistencia.
[846] Apeló la hija legítima para ante la Comisión Industrial y después de celebrarse la correspondiente vista, dicho orga-nismo dictó una resolución que en su parte dispositiva lee:
“Por lo antes expuesto a la luz de los hechos y del derecho, somos de opinión y resolvemos que María Dolores Santiago, hija del obrero occiso, dependía parcialmente para su subsis-tencia de lo que ganaba su padre Eusebio Santiago Gutiérrez al día de su muerte, por lo tanto tiene derecho a un 30 por ciento de la compensación que le corresponda de acuerdo con la ley, y Juanita Santiago, hermana de dicho fenecido, dependía total-mente para su subsistencia de lo que ganaba su hermano al día de su muerte y por su incapacidad para el trabajo, tiene de-recho a un 70 por ciento de la compensación que por la Ley le corresponda.”Footnotes
79 P.R. Dec. 844 (Atiles Moreu v. Comisión Industrial) — published by Counsel Stack Legal Research, free access to 12M+ legal documents.