Varela Padilla v. Fuentes Rolón
Opinion
emitió la opinión del tribunal.
La acción de daños y perjuicios objeto del presente re-curso fue originalmente radicada contra Ramón Fnentes Rolón, mas al morir éste trágicamente con anterioridad al juicio, se solicitó que su sucesión fuera sustituida en su lugar. El tribunal inferior así lo ordenó. El nervio de la acción es que allá para el 10 de julio de 1945 Fuentes Rolón era dueño de una finca rústica en el barrio Palos Blancos, de Corozal, [880] en la cual tenía establecida una vaquería; qne en los instantes en qne el menor Medardo Varela Negrón, hijo del deman-dante, quien a la sazón tan sólo contaba once años de edad, se-dirigía de regreso al hogar de sus padres por un camino próximo a la indicada vaquería y sin que existiera contrato para realizar labor alguna, fué llamado por Fuentes y recibió' órdenes de limpiar la boca de una máquina de picar yerba que éste utilizaba en su negocio, en momentos en que la má-quina era movida por un motor y se encontraba atascada por la yerba ya picada; que el menor introdujo su brazo derecho en el sitio indicado, cercenándole las cuchillas de la máquina su brazo derecho por el tercio superior del antebrazo y su-friendo el niño allí y entonces otras lesiones y heridas; y que la causa próxima y directa del accidente lo fué la culpa, ne-gligencia y falta de cuidado de Fuentes al ordenar al menor que realizara la indicada labor en momentos en que la má-quina se hallaba caminando, constituyendo ésta de por sí “un peligro atrayente para cualquier menor ’’-
Footnotes
70 P.R. Dec. 879 (Varela Padilla v. Fuentes Rolón) — published by Counsel Stack Legal Research, free access to 12M+ legal documents.