Torres Maldonado v. Fernández Méndez
Opinion
emitió la opinión del tribunal.
Marcia Torres Maldonado compró una finca rústica a Higinio Pastoriza y su esposa por escritura núm. 68 de 15 de mayo de 1929 ante el notario Damián Monserrat Simó. En la escritura se consignó que eP precio era de $6,500, de los cuales la compradora pagó $500 y se reservó los $6,000 restantes para atender al pago de la hipoteca a que se ha-llaba afecta la finca a favor de Antonio Fernández Méndez. Dicha hipoteca la constituyó Pastoriza en garantía de un préstamo que recibió de Fernández Méndez por la cantidad de $6,000, con intereses a razón de 1 por ciento mensual hasta que fuese totalmente satisfecho y se formalizó por escritura núm. 24 de 26 de julio de 1928 ante el notario Eduardo Ló-pez Tizol. .Se estipularon, entre otras, las siguientes condi-ciones :
“Segundo: Que el capital prestado devengará intereses hasta que sea totalmente satisfecho a razón del uno por ciento mensual pagaderos por meses vencidos en el domicilio del acreedor con la condición de que vencidos tres meses corridos sin ser satisfechos, se entenderá vencida toda esta obligación y estará el acreedor en ap-titud para proceder judicialmente al cobro del capital e intereses.
“Plazo
“Tercero: Que el capital prestado será devuelto al acreedor en el término de dos años contados desde esta fecha. [26 de julio-de 1930],
[625] “Crédito adicional.
“Cuarto: De común acuerdo se asigna un crédito adicional de quinientos dollars para intereses, costas, gastos, desembolsos y ho-norarios de abogado en caso de reclamación judicial así: trescien-tos dollars para intereses y doscientos dollars, para costas, gastos, desembolsos y honorarios de abogado.
“Garantía.
“Quinto: En garantía de los seis mil dollars y de los quinientos dollars de crédito adicional, los cónyuges deudores, Pastoriza-Cruz, constituyen hipoteca voluntaria a favor de don Antonio Fernández-Méndez sobre la siguiente finca:”
El citado Fernández Méndez instó en la Corte de Distrito-de San Juan el 12 de julio do 1933 un procedimiento suma-rio ejecutivo contra Marcia Torres Maldonado en cobro de su hipoteca. Alegó en el escrito inicial que la hipoteca ha-bía vencido el 26 de julio de 1930 y que desde esa fecha Marcia Torres Maldonado había dejado de pagar intereses, los que calculados por el acreedor ejecutante a razón de 6 por ciento anual montaban a la cantidad de $1,050.
Footnotes
65 P.R. Dec. 622 (Torres Maldonado v. Fernández Méndez) — published by Counsel Stack Legal Research, free access to 12M+ legal documents.