Texas Co. of Porto Rico, Inc. v. Becerra
Opinion
Vista la moción que antecede sobre desestimación de la presente apelación y apareciendo que el apelante no ha radicado en la corte de distrito exposición del caso o trans-cripción de evidencia alguna, a pesar de haber vencido la última prórroga concedida con tal fin ni ha radicado en la secretaría de este tribunal la transcripción de autos, no obs-tante haber transcurrido con exceso el tiempo fijado para ello, se declara con lugar la referida moción, y se desestima la apelación interpuesta contra la sentencia dictada por la Corte de Distrito de Humacao con fecha 27 de marzo de 1928, en el caso arriba expresado.
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39 P.R. Dec. 1002 (Texas Co. of Porto Rico, Inc. v. Becerra) — published by Counsel Stack Legal Research, free access to 12M+ legal documents.