T-Mobile Puerto Rico, LLC v. Negociado De Telecomunicaciones De Puerto Rico

Tribunal De Apelaciones De Puerto Rico/Court of Appeals of Puerto Rico·Decided December 15, 2025·No. TA2025RA00236·Published

Opinion

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE APELACIONES

PANEL V

T-MOBILE Revisión PUERTO RICO, LLC Administrativa procedente del

Recurrente Negociado de Telecomunicaciones

v. TA2025RA00195 Núm. Caso Net:

NEGOCIADO DE JRT-CMRS-0108 TELECOMUNICACIONES DE PUERTO RICO Sobre:

Sobrepago de Cargos

Recurrido Reglamentarios -

____________________________ CONSOLIDADO 2021

CON: Revisión

T-MOBILE Administrativa PUERTO RICO, LLC procedente del Negociado de

Recurrente Telecomunicaciones TA2025RA00235

v. Núm. Caso Net:

JRT-CMRS-0108

NEGOCIADO DE TELECOMUNICACIONES Sobre:

DE PUERTO RICO Sobrepago de Cargos Reglamentarios -

Recurrido 2022

Revisión

T-MOBILE Administrativa PUERTO RICO, LLC procedente del Negociado de

Recurrente TA2025RA00236 Telecomunicaciones

v. Núm. Caso Net:

JRT-CMRS-0108

NEGOCIADO DE TELECOMUNICACIONES Sobre:

DE PUERTO RICO Sobrepago de Cargos Reglamentarios -

Recurrido 2023

Panel integrado por su presidenta, la Juez Domínguez Irizarry, el Juez Cruz Hiraldo y el Juez Sánchez Báez

Sánchez Báez, Juez Ponente SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 15 de diciembre de 2025.

Compareció T-Mobile Puerto Rico, LLC (en adelante, “T-Mobile” o “recurrente”) mediante tres (3) recursos de revisión administrativa con los siguientes alfanumérico: TA2025RA00195,

TA2025RA00235 y TA2025RA00236. En síntesis, nos solicitó la revocación de tres (3) determinaciones emitidas por el Negociado de Telecomunicaciones de la Junta Reglamentadora de Servicio Público (en adelante, “NET” o “recurrida”). En esos dictámenes, el NET denegó las solicitudes de T-Mobile para utilizar unos alegados sobrepagos —correspondiente a los años 2021, 2022 y 2023— como crédito a cargos reglamentarios futuros.

Por los fundamentos que expondremos a continuación, se confirman las resoluciones recurridas.

-I-

El 26 de octubre de 2022, T-Mobile presentó ante el NET una Moción solicitando crédito por sobrepago de cargos reglamentarios del año 2021.1 Allí indicó que, en cumplimento con la reglamentación aplicable, había radicado los siguientes documentos correspondiente al año 2021: (i) el Annual Gross Income Statement of Telecommunications Company, (ii) los estados financieros auditados y (iii) la certificación del auditor. No obstante, alegó que erróneamente habían estado considerando “los servicios de data y/o servicios de información” como un cómputo trimestral de cargos reglamentarios, ya que estos no son un servicio de telecomunicación intraestatal y pertenecen a la jurisdiccion exclusiva de la Comisión Federal de Telecomunicaciones. Por consiguiente, solicitó autorización para utilizar el sobrepago de $666,985.00 como un crédito para cargo reglamentarios futuros.

Luego de varios trámites que resultan innecesario pormenorizar, el 9 de agosto de 2023, el NET emitió Resolución y Orden, notificada el 18 de agosto de 2023, en la que se reservó su determinación sobre la solicitud de crédito por cargo reglamentario

1 Apéndice del recurso TA2025RA00195, anejo 6.

del año 2021 hasta tanto T-Mobile acreditara en treinta (30) días lo siguiente:

(1) Certificación interestatal detallada con un desglose de los ingresos identificados como ingresos excluidos, acompañada de una opinión de la firma de auditores certificando que se auditó y evaluó la información de dicha certificación;

(2) La Peticionaria deberá aclarar la naturaleza o proveniencia de los ingresos de $123,604.00 denominados como "Universal Service Fund Revenues Subject to Regulatory Charge";

(3) Copia del Informe FCC Form 499-A para el año 2021 acompañado de evidencia de presentación del mismo;

(4) Informar al NET, si la Peticionaria recobra el cargo reglamentario de los clientes y en caso de que en efecto recobran estos cargos de los clientes, deberán informar la cantidad recobrada para el año 2021 y deberá informar cómo acreditarían a sus clientes la cantidad solicitada, en la eventualidad que el NET así lo autorice;

(5) La Peticionaria deberá presentar un estudio de tráfico identificando qué porciento de su tráfico de telecomunicaciones origina y termina en Puerto Rico;

(6) La Peticionaria deberá demostrar cómo distingue en sus planes combinados (bundled) la partida sujeta a cargos reglamentarios y qué medidas de control interno en sus libros de contabilidad están establecidos para asegurar que dicha partida está correctamente identificada;

(7) La Peticionaria deberá enumerar todos los servicios auxiliares que facturan a sus clientes de Puerto Rico, una descripción de la naturaleza de los servicios y el tipo de cargo según se facture, es decir, si es un cargo fijo mensual, o a base de algún porciento determinado de la renta del servicio y/o consumo;

(8) La Peticionaria deberá proveer un desglose de los ingresos brutos correspondientes al año 2021, donde se puedan examinar todos los componentes incluyendo:

a. Cuáles ingresos provienen de servicios de telecomunicaciones en planes de servicios combinados (bundled);

b. Cuáles ingresos provienen de tráfico por servicios al viajero (roaming), incluyendo un desglose de cuáles de estos se originan y terminan en Puerto Rico;

c. Cuáles ingresos provienen de servicios auxiliares facturados a clientes Puerto Rico; en d. Cuáles ingresos provienen de la reventa de servicios de telecomunicaciones;

e. Cuáles son los servicios que están siendo incluidos en el total de $687,163,582.00 de ingresos denominados como "other revenues not subject to regulatory charge".

Por último, en el tercer informe trimestral de 2021, presentado el 28 de octubre de 2021, la Peticionaria aplicó un crédito de $25,493.38 al cargo reglamentario correspondiente de ese trimestre el cual totalizó $206,198.49, resultando en un pago de cargo reglamentario

de $180,704.51. No surge que la Peticionara incluyera una explicación de la procedencia o justificación del crédito aplicado, razón por la cual estamos solicitándole a la Peticionaria que nos indique la procedencia del crédito aplicado en el tercer trimestre de 2021 por la cantidad de $25,493.38 y si el mismo fue previamente autorizado por el NET. Si el crédito no fue previamente autorizado por el NET deberá enmendar el tercer informe trimestral de 2021, eliminando dicho crédito.2

Tras la autorización de una prórroga, el 15 de diciembre de 2023, T-Mobile instó Moción de cumplimiento de resolución y orden para evaluación de solicitud.3 En esta, argumentó que la información requerida por el NET se excedía de los poderes delegados por ley y, además, sostuvo que la Resolución y Orden no proveyó la definición de lo solicitado como “planes combinados” o “servicios auxiliares”. En cuanto al crédito aplicado al tercer trimestre del año 2021, T- Mobile explicó que corresponde al sobrepago de $25,493.38 según la Certificación Anual del periodo calendario del año 2020. Indicó que, a esa fecha, el Reglamento 9359 no era aplicable y, por tanto, no tenía que solicitar autorización para utilizar el sobrepago como crédito para cargos reglamentarios futuros.

Por otro lado, el 5 de agosto de 2024, T-Mobile instó una Moción solicitando cr[é]dito de sobrepago de cargos reglamentarios del año 20224 en la cual indicó que presentó los siguientes documentos correspondiente al año 2022: (i) Declaración de Ingresos Anuales de Compañías de Telecomunicaciones, (ii) los estados financieros auditados y (iii) la certificación del auditor. Sin embargo, alegó que por razón de ajustes posteriores contables — resultantes de una auditoría externa— había un sobrepago total de cargos reglamentarios por la cantidad de $18,251.00. Por consiguiente, solicitó autorización para utilizar el sobrepago de $18,251.00 como un crédito para cargo reglamentarios futuros.

2 Apéndice del recurso TA2025RA00195, anejo 7, pág. 2. 3 Apéndice del recurso TA2025RA00195, anejo 9. 4 Apéndice del recurso TA2025RA00235, anejo 4.

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T-Mobile Puerto Rico, LLC v. Negociado De Telecomunicaciones De Puerto Rico, (prapp 2025).

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