Sucn. Franceschi v. González

43 P.R. Dec. 1023
Supreme Court of Puerto Rico·Decided January 19, 1932·No. No. 5168·Published

Opinion

Vista la moción para suspender la ejecución de la sentencia pre-sentada por la parte apelante en este caso, habiéndose admitido el recurso de apelación interpuesto para ante la Corte de Circuito y estando pendiente de resolverse la solicitud de supersedeas formulada: la Corte, en apoyo de su jurisdicción, ordena a las partes que se abs-tengan de realizar acto alguno tendente a la ejecución de la senten-cia, debiendo esta orden comunicarse también por telégrafo a la Corte de Distrito de Ponce y al Registrador de la Propiedad de Utuado a fin de que preserven el status quo en el momento de recibirla.

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Sucn. Franceschi v. González, 43 P.R. Dec. 1023 (prsupreme 1932).

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