Sucesores de Gilet & Arce, S. en C. v. Vázquez
32 P.R. Dec. 953
Opinion
Habiéndose archivado la trans-cripción de los autos en la Secretaría de este Tribunal en sep. 20, 1923 y apareciendo que las apelantes nó han ra-dicado alegato alguno dentro del término reglamentario ni solicitado prórroga, se declaró con lugar la moción y se de-sestimó el recurso.
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Sucesores de Gilet & Arce, S. en C. v. Vázquez, 32 P.R. Dec. 953 (prsupreme 1923).
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