Sucesión Rodriguez v. Korber
Opinion
OPINIÓN DEL TRIBUNAL.
Considerando: que el entredicho decretado por auto de 12' de Abril último, era provisional y sólo podía producir efectos legales mientras se resolviera sobre el injunction solicitador por lo que, habiendo recaído resolución en dos de Mayo de sestimándolo, y dejando sin efecto el entredicho anteriormente' ordenado, es obvio que ya no puede tener eficacia legal ese' entredicho, por más que se haya interpuesto y admitido apela-ción contra la expresada resolución de dos de Mayo.
[332] Se declara: no haber lugar al auto de Mandarras solici-tado con las costas al peticionario.
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7 P.R. Dec. 329 (Sucesión Rodriguez v. Korber) — published by Counsel Stack Legal Research, free access to 12M+ legal documents.