Sucesión de Vega v. Municipio de San Juan
37 P.R. Dec. 989
Opinion
Apareciendo que la apelación se interpuso el día 21 de septiembre, 1927, y desde el día 10 de diciembre de 1927, en que venció la última prórroga concedida a la apelante para radicar la exposición del caso, ba dejado de practicar gestión alguna en el mismo, se declara con lugar la moción ' y se desestima el recufs'o.
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Sucesión de Vega v. Municipio de San Juan, 37 P.R. Dec. 989 (prsupreme 1928).
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