Solla v. Sucn. Maisonet

61 P.R. Dec. 961
Supreme Court of Puerto Rico·Decided March 4, 1943·No. Núm. 8528·Published

Opinion

C. D. Bayamón. Cobro de hipoteca.

(Por la Corte, a propuesta del

Juez Asociado Sr. Travieso.)

Vista la moción del demandante y apelado, por la que solicita la desestimación del presente recurso;

Por cuanto, de la certificación anexa a dicha moción aparece que la sentencia apelada fué dictada por la Corte de Distrito de Bayamón el 16 de enero de 1942; que el escrito de apelación fué radicado el 10 de marzo de 1942; y que desde esa fecha hasta el presente los [962] apelantes no han solicitado la transcripción de la evidencia ni hanB hecho,gestión alguna para perfeccionar la apelación; fl

POR íanto, se declara con lugar la moción y se desestima porl abandono el recurso. I

El Juez Asociado Sr. De Jesús no intervino. 1

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Solla v. Sucn. Maisonet, 61 P.R. Dec. 961 (prsupreme 1943).

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