Sobrinos de Izquierdo & Cía. v. Gutiérrez

36 P.R. Dec. 977
Supreme Court of Puerto Rico·Decided April 28, 1927·No. No. 4167·Published

Opinion

C. D. Guayama. Cumplimiento de contrato y daños y perjuicios.

Por cuanto archivada la transcripción de los autos el [978]*97825 de febrero último la parte apelante, solicitó y obtuvo dos prórrogas para la presentación de su alegato sin que lle-gara a hacerlo dentro del término prorrogado;

Pob cuanto basándose en tal becbo la parte apelada so-licitó la desestimación del recurso;

Pos cuanto la parte apelante archivó entonces su ale-gato pidiendo a la corte que ejercitara su discreción en su favor, de acuerdo con la jurisprudencia establecida en Dávila v. Del Campo, 33 D.P.R. 130, ya que su apelación era meritoria;

Pon cuanto las razones alegadas no convencen al tribunal de que se trate de un caso verdaderamente meritorio;

Por tanto, visto el artículo 42 del Reglamento de este tribunal, se desestima el recurso. Desestimado.

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Sobrinos de Izquierdo & Cía. v. Gutiérrez, 36 P.R. Dec. 977 (prsupreme 1927).

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