Salomons v. Leon
6 P.R. 180, 6 P.R. Dec. 89, 1904 PR Sup. LEXIS 170
Opinion
después de exponer los hechos anteriores, emitió la opinión del Tribunal.
Aceptando los fundamentos de hecho y de derecho de la sentencia apelada.
Vistas las disposiciones legales que en ella se citan.
Fallamos: que debemos confirmar y confirmamos en todas sus partes la sentencia que en 22 de Julio de 1902 dictó el Tribunal de Distrito de Ponce, con las costas del recurso á cargo de la parte apelante; y devuélvanse los autos á dicho Tribunal con la certificación correspondiente.
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Salomons v. Leon, 6 P.R. 180, 6 P.R. Dec. 89, 1904 PR Sup. LEXIS 170 (prsupreme 1904).
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