Rodríguez v. La Sociedad Civil "Miró y Correa"
39 P.R. Dec. 1010
Opinion
Apareciendo que el apelante no ha radicado en la secretaría de este tribunal ninguna transcripción de autos, a pesar de haber transcurrido con exceso el tiempo fijado para ello, se declara con lugar la moción y se deses-tima la apelación interpuesta en contra de la sentencia dic-tada por la corte inferior con fecha 15 de junio de 1927 en el caso arriba expresado.
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Rodríguez v. La Sociedad Civil "Miró y Correa", 39 P.R. Dec. 1010 (prsupreme 1929).
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