Rodríguez Rivera v. Colón
39 P.R. Dec. 1002
Opinion
Estando vencida desde el 4 de octubre de 1928 la segunda prórroga de treinta días concedida a los apelantes para pre-sentar su alegato sin que hayan obtenido nueva prórroga y sin que hasta ahora lo hayan presentado, se desestima esta apelación, como solicita el apelado.
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Rodríguez Rivera v. Colón, 39 P.R. Dec. 1002 (prsupreme 1929).
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