R/O Rental Equipment, Inc. v. Municipio De Juana Diaz

CourtTribunal De Apelaciones De Puerto Rico/Court of Appeals of Puerto Rico
DecidedMay 31, 2023
DocketKLAN202300229
StatusPublished

This text of R/O Rental Equipment, Inc. v. Municipio De Juana Diaz (R/O Rental Equipment, Inc. v. Municipio De Juana Diaz) is published on Counsel Stack Legal Research, covering Tribunal De Apelaciones De Puerto Rico/Court of Appeals of Puerto Rico primary law. Counsel Stack provides free access to over 12 million legal documents including statutes, case law, regulations, and constitutions.

Bluebook
R/O Rental Equipment, Inc. v. Municipio De Juana Diaz, (prapp 2023).

Opinion

Estado Libre Asociado de Puerto Rico TRIBUNAL DE APELACIONES PANEL III

R/O RENTAL EQUIPMENT, Apelación INC. procedente del Tribunal de Demandante-Apelada Primera Instancia, Sala Superior de V. Ponce KLAN202300229 MUNICIPIO AUTÓNOMO DE Caso Núm. JUANA DÍAZ POR JD2019CV00651 CONDUCTO DE SU (602) ALCALDE HON. RAMÓN A. HERNÁNDEZ TORRES Sobre: Cobro de Dinero Demandado-Apelante

Panel integrado por su presidente, el Juez Figueroa Cabán, la Jueza Grana Martínez y el Juez Rodríguez Flores.

Grana Martínez, Jueza Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 31 de mayo de 2023.

El apelante, Municipio de Juana Díaz, solicita que revoquemos

una sentencia de cobro de dinero dictada por el Tribunal de Primera

Instancia.

La apelada, R/O Rental Equipment, Inc., presentó su oposición

al recurso.

I.

Los hechos procesales pertinentes para atender y resolver la

controversia planteada son los siguientes.

R/O Rental presentó una demanda por cobro de dinero contra

el apelante en la que hizo las alegaciones siguientes. El 14 de abril de

2015, el Municipio adjudicó a favor de R/O la subasta para la

construcción del Estadio de Beisbol del Bo. Canas Abajo de Juana

Díaz. El 13 de enero de 2016, ambas partes suscribieron el Contrato

de Construcción número 2016-000493. Las partes acordaron que la

apelada iba a cobrar el precio alzado de $1,999,916.10 y que los

trabajos se iban a realizar en dos fases. Para la primera fase se

Número Identificador

SEN2023_______________ KLAN202300229 2

certificaron fondos por la cantidad de $1,456,010.39. La primera fase

tenía que concluirse en 273 días, contados a partir de la Orden de

Compra y la Carta de Comienzo emitida por la Oficina de Planificación

del Municipio. El contrato se enmendó para incluir la segunda fase y

los cambios ocurridos en el desarrollo del proyecto. Las enmiendas

ocasionaron la extensión del contrato hasta el 30 de septiembre de

2017. La vigencia del contrato se extendió hasta el 31 de diciembre de

2017. No obstante, el paso del huracán María ocasionó la paralización

del proyecto. El 20 de abril de 2018, el Municipio firmó el Acta de

Reinicio, en la que ordenó a la apelada reiniciar los trabajos que debía

completar en treinta días. El término concedido venció el 20 de mayo

de 2018. Véase, pág. 1 del apéndice.

La apelada también hizo las alegaciones siguientes. El 18 de

mayo de 2018, el Municipio otorgó la Carta de Aceptación Final del

proyecto en donde reconoció que el costo final del proyecto era

$1,701,816.83. El Municipio informó a la apelada los documentos que

debía proveer para recibir la devolución del 10% de los fondos

retenidos. La apelada cumplió con lo requerido. El 22 de mayo de

2018, la apelada envió al Municipio la Certificación, en la que solicitó

la devolución de $170,181.68. El 26 de febrero de 2019, el Municipio

pagó a la apelada $114,431.71 correspondientes al dinero retenido.

No obstante, le adeuda $55,749.91. La deuda está vencida, líquida y

exigible. El Municipio se niega a pagar, a pesar de todas las gestiones

realizadas. Véase, pág. 1 del apéndice.

El Municipio de Juana Díaz alegó que no podía pagar los

trabajos que la apelada realizó entre el 20 de abril y 20 de mayo de

2018, porque para esas fechas no existía un contrato vigente.

Además, adujo que la apelada tenía que devolverle $145,267.27 ya

pagados, porque el pago era ilegal.

El apelante presentó una Reconvención Enmendada en la que

alegó que el contrato venció el 31 de diciembre de 2017. Aunque KLAN202300229 3

reconoció que el 20 de abril de 2018, el Ingeniero Moisés Torres

Méndez otorgó una Acta de Reinicio, alegó que para esa fecha no

existía un contrato vigente. Según el Municipio, los trabajos

realizados entre el 20 de abril de 2018 y el 20 de mayo de 2018

estaban valorados en $161,408.07 de los que pagó a la apelada,

$145,267.27. El Municipio admitió que el 18 de mayo de 2018 aceptó

el proyecto y que el 26 de febrero de 2017 pagó a la apelada

$114.431.77 como pago parcial al 10% del dinero retenido. No

obstante, alegó que se percató de la inexistencia de un contrato, luego

de que le hizo el pago a la apelada. El apelante reconoció la existencia

de un balance de $55,755.91, de los que la apelada tenía que recibir

$49,349.24. Sin embargo, se negó a pagar el balance pendiente,

debido a la inexistencia de un contrato. Véase, pág. 18 del apéndice.

La Reconvención Enmendada incluyó las causas de acción

siguientes. El Municipio solicitó en la primera causa de acción una

Sentencia Declaratoria reconociendo que el contrato venció el 31 de

diciembre de 2017, que la apelada no tiene derecho a cobrar por el

trabajo que realizó luego de esa fecha y que tiene que devolverle al

Municipio $145,267.27. La segunda causa de acción es por el cobro

de esa cantidad, porque el pago era improcedente en derecho. El

Municipio reclamó en la tercera causa de acción el pago realizado de

$13,519.41 por los arbitrios de construcción y patente municipal de

la fase 2 A del proyecto. El apelante solicitó en la cuarta causa de

acción la aplicación de la figura de compensación, porque ambas

partes son acreedores y deudores recíprocos. El Municipio adujo que

le adeuda a la apelada es $39,495.11, pero esta le adeuda al

Municipio $158,786.68. Por lo que luego de aplicada la

compensación, la apelada todavía le debe $119,291.57. Véase, pág. 38

del apéndice.

La parte apelada alegó que los contratos de construcción

terminan con la finalización de la obra y el cierre administrativo del KLAN202300229 4

proyecto. R/O adujo que el Municipio incumplió con su obligación de

desembolsar la totalidad de los fondos del proyecto y que actúa contra

sus propios actos debido a los pagos ya realizados.

Las partes estipularon en el Informe de Conferencia Con

Antelación al Juicio los hechos siguientes:

… 8. El 13 de enero de 2016 fue suscrito entre R/O y el Municipio Autónomo de Juana Díaz, Contrato de Construcción número 2016–000493, para la realización del proyecto de construcción de la subasta número 2014- 2015-004.

9. El contrato número 2016-000493 fue presentado y registrado en la Oficina del Contralor de Puerto Rico.

… 11. Como parte del Contrato, el Municipio y R/O acordaron que el Municipio retendría el 10% de todas las facturas que le pagará a R/O y que dicho dinero se le pagaría al finalizar la obra y luego de que R/O entregara la Solicitud de Permiso de Uso firmada y notariada, certifique no tener deudas con suplidores y obtenga los relevos de la Corporación del Fondo del Seguro del Estado y de la compañía que emitió la fianza de ejecución de pago.

12. El 20 de septiembre de 2017, Puerto Rico sufrió el paso del huracán María, el que afectó severamente al Municipio. En cuanto al Proyecto, el paso del huracán María provocó la suspensión de los trabajos de construcción.

13. El 20 de abril de 2018, el Sr. Ricardo Ortega (a nombre de R/O) y el Ing. Moisés Torres Méndez (a nombre del Municipio) otorgaron un documento titulado Acta de Reinicio en el que indicaron que el Proyecto reiniciaría ese día y R/O tendría 30 días para culminarlo, o sea, hasta el 20 de mayo de 2018.

14. El 18 de mayo de 2018, el Municipio aceptó el Proyecto y le solicitó a R/O que cumpliera con lo acordado en el Contrato para pagarle el 10% retenido.

15.

Free access — add to your briefcase to read the full text and ask questions with AI

Related

Bobé v. UBS Financial Services Inc.
198 P.R. Dec. 6 (Supreme Court of Puerto Rico, 2017)

Cite This Page — Counsel Stack

Bluebook (online)
R/O Rental Equipment, Inc. v. Municipio De Juana Diaz, Counsel Stack Legal Research, https://law.counselstack.com/opinion/ro-rental-equipment-inc-v-municipio-de-juana-diaz-prapp-2023.