Rivera v. Carrasquillo

41 P.R. Dec. 356
Supreme Court of Puerto Rico·Decided July 18, 1930·No. No. 5380·Published

Opinion

En Juez Asociado Señor Texidor,

emitió la opinión del tribunal.

A la moción de desestimación en este caso, que encon-tramos confusa y difícil de entender s© ha unido una copia de la resolución dictada por la Corte de distrito de San Juan, [357] que, si fuera admisible, sería suficiente para resolver, ya que aparece perfectamente claro el caso en ella. Pero la forma de presentar estos documentos es. la de una certifica-ción y no creemos que deba variarse.

Por esa razón, sin perjuicio de que se presente de nuevo, y en forma aceptable, la moción de desestimación, se declara sin lugar, por no aparecer de la misma, en sí, la alegada frivolidad.

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Rivera v. Carrasquillo, 41 P.R. Dec. 356 (prsupreme 1930).

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